La Junta de Andalucía abre la puerta a que el personal de sus agencias haga tareas de funcionarios
- El proyecto de decreto de los estatutos de la agencia IDEA, ahora en trámite, prevé que el personal laboral fijo mantenga estas funciones
El personal laboral fijo de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA) realizará tareas administrativas propias de los funcionarios, es decir, las mismas funciones reservadas a quienes han accedido a la Administración autonómica tras aprobar unas oposiciones. Por primera vez la Junta de Andalucía lo recoge de manera expresa en un texto normativo, el proyecto de decreto por el que se modifican los Estatutos de la agencia IDEA que ha elaborado y está tramitando la Secretaría General de Empresa, Innovación y Emprendimiento, dependiente de la Consejería de Economía.
LA ADMINISTRACIÓN PARALELA
El
cambio, introducido a través de una disposición adicional que había pasado
inadvertida dentro de una reforma más amplia a la que se va a someter IDEA, abre el camino para que el
modelo sea replicado por otras agencias públicas empresariales y entes
instrumentales que integran la denominada «administración paralela de la
Junta». La situación más acuciante es la del Servicio Andaluz de Empleo (SAE)
en la que dos tercios de sus 3.400 trabajadores no pueden desempeñar tareas
administrativas. Cerca de un millar son empleados procedentes de la extinta Fundación Andaluza Fondo de
Formación y Empleo, la Faffe.
Los
laborales no
pueden conceder y tramitar subvenciones, abrir expedientes de reintegro
para exigir la devolución de ayudas o hacer inspecciones, tareas reservadas por
ley a los funcionarios, aunque se desarrollen en agencias públicas como IDEA.
Desde
la consejería que pilota Rogelio
Velasco (Ciudadanos) advierten a ABC de que el proyecto se encuentra en
estos momentos en fase de información pública, un trámite por el que pasan
todas las normas con el objetivo de recabar la opinión de «los ciudadanos
titulares de derechos e intereses legítimos afectados», directamente o a través
de las organizaciones o asociaciones que los representen. El recorrido
burocrático que tiene por delante incluye los dictámenes del Consejo Consultivo
y del Gabinete Jurídico de la Junta, que «garantizarán que el nuevo estatuto se
ajustará a la legislación que le es de aplicación», puntualizan.
El Sindicato Andaluz de Funcionarios rechaza
la medida y la Consejería insiste en que se ajustará a la legislación
De
entrada, el proyecto nace con el rechazo frontal del Sindicato Andaluz de
Funcionarios (SAF) a la disposición adicional quinta que señala que este
personal laboral fijo ya está ejerciendo «de facto» tareas de funcionarios y
que continuará haciéndolas. «El
personal laboral fijo de la agencia, en funciones directivas u ordinarias,
que desde la entrada en vigor de la Ley 7/2007, de 12 de abril estuviera
desempeñando funciones de personal funcionario, podrá seguir desempeñándolas
mientras mantengan las referidas funciones», reza el proyecto de decreto.
El
SAF, sindicato mayoritario entre los funcionarios de la Administración General
de la Junta, ha presentado una alegación contra la polémica disposición. En el
caso de aprobarse en los términos que recoge el texto, avisa de que «estaríamos
ante un supuesto típico de ilícito
penal de prevaricación por parte de la autoridad o funcionario que
atribuyera al personal laboral dichas funciones funcionariales a título de
autor principal» y también incurriría en un supuesto «delito de usurpación de funciones a título de
cooperador necesario», máxime cuando «ni siquiera son personal laboral
de la Administración General».
En
su alegación, a la que ha accedido ABC, pide que se retire «inmediatamente»
dicha disposición quinta. Argumenta que «únicamente» el personal laboral fijo
que desde antes del 1 de enero de 1993 realizaba tareas funcionariales «puede
seguir desempeñándolas en la actualidad». Se trata de un «supuesto bastante
residual que apenas se da ya a fecha actual, y nunca en una agencia pública empresarial, donde
no existe dicho personal laboral fijo», especifica.
La
citada disposición contrasta con la jurisprudencia sobre el asunto. El propio
proyecto de decreto alude a ella en el preámbulo. Esgrime que la reforma de
determinados artículos persigue «agilizar» la gestión de IDEA, reforzar los
controles y la seguridad jurídica, «teniendo como objetivo responder a las
recomendaciones de la Intervención
General sobre las agencias públicas empresariales» y «atender a las
recientes consideraciones jurídicas del Tribunal Supremo sobre la reserva al
personal funcionario de las funciones relacionadas con el ejercicio de
potestades administrativas». ¿Pueden o no ejercerlas? ¿En qué quedamos?
La Agencia IDEA anuncia la incorporación de
17 funcionarios para controlar potestades administrativas
Dentro
del proceso de reestructuración de la agencia IDEA, el Consejo de Gobierno
aprobó hace una semana un decreto que recoge la modificación parcial de la
Relación de Puestos de Trabajo (RPT) de la Administración General de la Junta
que hará efectivo dicha ampliación, que se suma a las dos ya aprobadas recientemente.
La Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA), adscrita a la
Consejería de Economía, anunció la incorporación en su plantilla a 17 funcionarios de carrera para
conseguir «la máxima garantía y control» en el ejercicio de las
potestades administrativos que se llevan a cabo en este ente. Los nuevos
efectivos estarán adscritos orgánicamente a la Consejería de Economía, así como
a las delegaciones territoriales de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo,
Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad y desempeñarán sus funciones en
las sedes de la propia agencia, según informó la Junta.
Sentencia AGENCIA IDEA ver enlace:
https://sevilla.abc.es/andalucia/sevi-junta-andalucia-abre-puerta-personal-agencias-haga-tareas-funcionarios-202003032244_noticia.html
Recordatorio enlace:
Máxima difusión. Importante. El Supremo avisa: el personal de las agencias de la Junta no puede tramitar ayudas = Ver enlaces a documentos: Sentencia IDEA + Documento amarga victoria, dulce derrota” + Historia de la Ordenación del Sector Público de la Junta de Andalucía: 9 años y 35 impugnaciones judiciales (incluye acceso a enlaces). Nuestro trabajo, sirve y ha servido; tenemos que sentirnos orgullosos por ello....
"No dudes nunca de que un pequeño grupo de ciudadanos conscientes y comprometidos puede cambiar el mundo. De hecho, siempre ha sido así" Margaret Mead.
Sentencia AGENCIA IDEA ver enlace:
Como todo sabemos el personal laboral no
puede llevar a cabo el ejercicio de
potestades administrativas reservadas constitucional y legalmente a los
funcionarios públicos.
ESTA RESERVA FUNCIONARIAL INCLUYE :
• el ejercicio de la actividad
subvencionadora que comprende inspección, comprobación de la realización de la
actividad y del cumplimiento de la finalidad para la que se hubiese concedido
la subvención, así como el reintegro de las mismas, revisión de actos y
acuerdos, fe pública y certificación de actos y acuerdos, interpretación,
modificación y resolución de contratos…
• "actuaciones o funciones de
dación de fe pública y gestión de registros administrativos, asesoramiento
legal preceptivo, control y fiscalización interna de la gestión económica
financiera y presupuestaria, de evaluación, control, autorizatorias, de
vigilancia e inspección, propuestas de resolución etc., de naturaleza
indudablemente administrativa. "
Pero no sólo estas, sino que les
corresponden en general todas las funciones públicas, salvo las que
excepcionalmente puede realizar el personal laboral.
Esta
es la legalidad vigente, en nuestro ordenamiento jurídico Han de ser funcionarios independientes los
que lleven a cabo todas las funciones del Estatuto Básico, funciones que no se
pueden reducir a la mera firma de los expedientes ya tramitados, por cualquier
otra persona que no sea funcionario público.
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