Denuncia Pública.
Desde hace pocos días,
el nuevo e incompleto portal de "transparencia" de la Junta de Andalucía
ofrece determinada información sobre
subvenciones y ayudas públicas. Entre las ¡71.103 ayudas! otorgadas por
la Junta de Andalucía desde el 1 de enero de 2014, aparecen las
subvenciones concedidas por la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional
para el Desarrollo (AACID) a las Organizaciones no Gubernamentales de
Desarrollo (ONGD).
En relación a la citada Agencia, he de informarles que
la modificación de sus Estatutos, aprobada por el Gobierno presidido por Susana
Díaz, ha sido recurrida ante el TSJA por la Asociación Defiendo Mi Derecho y la
Gestión Pública, entre otras razones, por ejercer la citada Agencia potestades
públicas administrativas vulnerando el ordenamiento jurídico.
En el presente
artículo se denuncia, una vez más, actuaciones de la Junta que infringen la
normas legales aplicables, siendo protagonista de nuevo la Administración
paralela de la Junta de Andalucía, y con varios millones de euros en juego. Les mostraré lo que ocurre cuando una agencia pública
empresarial (las antiguas empresas públicas) se dedica a conceder subvenciones,
una clara potestad administrativa, sin la participación de funcionarios y sin
la previa fiscalización por funcionarios interventores de la Administración
General de la Junta de Andalucía, modelo que el Gobierno del PSOE-A ha
diseñado intencionadamente para burlar los controles administrativos y que
Susana Díaz defiende con ahínco, aún conociendo que se vulnera el ordenamiento
jurídico.
¿Actuará urgentemente la Presidenta en funciones, Susana Díaz, ante
esta nueva denuncia pública? Si no lo hiciera, podríamos encontrarnos no sólo con una
Presidenta "en funciones", sino con una Presidenta paralela que actúa al margen del ordenamiento
jurídico por omisión, asumiendo estas torcidas
actuaciones de agencias, fundaciones, sociedades y demás chiringuitos que
constituyen la "Administración paralela" de la Junta de Andalucía.
La Presidente
paralela y la AACID
Desde hace pocos días,
el nuevo e incompleto portal de "transparencia" de la Junta de
Andalucía ofrece determinada información sobre
subvenciones y ayudas públicas. Entre las ¡71.103 ayudas! otorgadas por
la Junta de Andalucía desde el 1 de enero de 2014, aparecen las
subvenciones concedidas por la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional
para el Desarrollo (AACID) a las Organizaciones no Gubernamentales de
Desarrollo (ONGD).
En relación a la citada Agencia, he de informarles que
la modificación de sus Estatutos, aprobada por el Gobierno presidido por Susana
Díaz, ha sido recurrida ante el TSJA por la Asociación Defiendo Mi Derecho y la
Gestión Pública, entre otras razones, por ejercer la citada Agencia potestades
públicas administrativas vulnerando el ordenamiento jurídico.
En el presente
artículo se denuncia, una vez más, actuaciones de la Junta que infringen la
normas legales aplicables, siendo protagonista de nuevo la Administración
paralela de la Junta de Andalucía, y con varios millones de euros en juego. Les mostraré lo que ocurre cuando una agencia pública
empresarial (las antiguas empresas públicas) se dedica a conceder subvenciones,
una clara potestad administrativa, sin la participación de funcionarios y sin
la previa fiscalización por funcionarios interventores de la Administración
General de la Junta de Andalucía, modelo que el Gobierno del PSOE-A ha
diseñado intencionadamente para burlar los controles administrativos y que
Susana Díaz defiende con ahínco, aún conociendo que se vulnera el ordenamiento
jurídico.
¿Actuará urgentemente la
Presidenta en funciones, Susana Díaz, ante esta nueva denuncia pública? Si no lo hiciera, podríamos encontrarnos
no sólo con una Presidenta "en funciones", sino con una Presidenta paralela que actúa al margen del ordenamiento
jurídico por omisión, asumiendo estas torcidas
actuaciones de agencias, fundaciones, sociedades y demás chiringuitos que
constituyen la "Administración paralela" de la Junta de Andalucía.
Mediante la Orden de
7 de julio de 2010, de la
Consejería de Presidencia, se establecieron unas bases reguladoras para la
concesión de subvenciones por la AACID a las ONGD que realicen intervenciones
de cooperación internacional para el desarrollo, que fue derogada por
la vigente Orden de 20 de febrero de 2012, regulando de manera integral el procedimiento de concesión,
gestión y justificación de las intervenciones de cooperación al desarrollo
subvencionadas por la citada Agencia.
Por tanto, se presupone que el otorgamiento de dichas
subvenciones realizado con arreglo a estas bases queda sujeto a los principios
de publicidad, libre concurrencia y objetividad, sin perjuicio de la ilegalidad que supone que el
procedimiento de concesión sea ejecutado por la AACID.
No obstante lo anterior, el ordenamiento jurídico permite
que la Junta de Andalucía, a través de sus órganos competentes, pueda conceder
subvenciones excepcionales por razones de interés público, social, económico,
humanitario u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria
pública, así como la inexistencia de bases reguladoras a las que puedan
acogerse. Esto está contemplado en el
art. 22.2. c) de la Ley General de Subvenciones, en el Art. 120 Texto Refundido
de la Ley de Hacienda Pública y art. 36 del Reglamento de los Procedimientos de
Concesión de Subvenciones de la
Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de
mayo. En lo que no pudiera contradecir a lo dispuesto en el mencionado
Reglamento, y teniendo en cuenta lo estipulado en los artículos 114 y
120 del Texto Refundido de la Ley General de la
Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, se tendrán en cuenta además las
reglas contenidas en la Instrucción 5 de la IGJA, de 6 de febrero de 1997 (BIJA N° 34, PAG. 41), modificada por la
Instrucción 1/2001 (BIJA N° 43, PAG.9).
Conforme a todas estas normas, la AACID no podría conceder subvenciones excepcionales
a ninguna persona física o jurídica si existiesen
unas bases reguladoras para ello o no existiesen dificultades para convocar las
ayudas a fin de cumplir los citados principios de publicidad, libre
concurrencia y objetividad.
Téngase en cuenta que el ordenamiento jurídico garantiza el
derecho a solicitar esas ayudas económicas por cualquier persona o entidad que
cumpla los requisitos necesarios. Si la Administración
eligiera arbitrariamente al beneficiario de la ayuda sin la publicidad
necesaria, sin posibilidad de que cualquiera que cumpla los requisitos pueda
solicitar la ayuda, y sin que se valoren todas las solicitudes con los mismos
criterios objetivos, estaría actuando de forma caprichosa si no se justificara
la excepcionalidad en la forma legalmente exigida.
Precisamente es lo que ha ocurrido con la AACID de la Junta. Su
Director, Enrique Pablo Centella Gómez, en el mes de diciembre de 2014, acordó
conceder a determinadas entidades 31 subvenciones excepcionales, no sujetas a ninguna base reguladora y al margen de la
convocatoria efectuada el mismo año con arreglo a la Orden de 20 de febrero de
2012 citada, la cual fue resuelta por varias Resoluciones de 1 de diciembre de
2014 del mismo Director.
La suma de dichas subvenciones excepcionales superan los 8
millones de euros (8.393.129,79 euros), repartidos "a dedo" por la
citada AACID, incumpliendo de forma patente la normativa aplicable
y las instrucciones de la Intervención General de la Junta de Andalucía,
violando los principios citados de publicidad, libre concurrencia y
objetividad. Por cierto, aparecen varias Universidades andaluzas
como beneficiarias de las subvenciones excepcionales, incluso alguna Alcaldía
de un país extranjero. ¿También son ONGD las Universidades y las Alcaldías? En el caso de las Universidades, ¿acaso nos encontramos con otro proceso más de tantos de
clientelismo del PSOE-A, comprando voluntades? Mantener silentes a profesores universitarios, sin críticas
al Régimen, o procurando contratos de personal para la ejecución de las
actuaciones subvencionadas, es otra forma de clientelismo y de corrupción.
Si esos expedientes se hubieran tramitado por un osado órgano gestor de
la Administración General de la Junta de Andalucía (una Dirección General, por
ejemplo), les aseguro que en la fase de fiscalización previa la Intervención
hubiera informado desfavorablemente, y no se hubieran podido conceder las
subvenciones.
Es obvio que existiendo una norma reguladora, no era posible
otorgar subvenciones excepcionales. Llama poderosamente la atención que la AACID ha publicado el
texto íntegro de todas las resoluciones de concesión de subvenciones sometidas
a las bases reguladoras, pero no ha
publicado ninguna de las resoluciones relativas a las subvenciones excepcionales,
en las que podamos constatar las poderosas razones de excepcionalidad que exige
la normativa legal. ¿En esto consiste la transparencia de la Junta de
Andalucía, en ocultar documentos cuando no interesa publicarlos?
¿Actuará de
inmediato la citada Intervención General? ¿Y la Inspección General de Servicios
de la Junta de Andalucía? Ambos
órganos dependen de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, María
Jesús Montero. ¿Amparará esta ilegalidad? ¿Se convertirá en la Consejera
paralela? ¿Habrá que esperar a que la Cámara de Cuentas lo denuncie pasados
varios años cuando tenga que fiscalizar las cuentas de dicha Agencia y no haya
manera de reintegrar estas subvenciones otorgadas ilegalmente?
Y los nuevos grupos
parlamentarios que van a constituir el Parlamento el próximo día 16 de abril,
¿pedirán la información necesaria y exigirán las correspondientes
responsabilidades? Bueno, salvo IU, dado que el Director de la AACID era miembro de ese
partido, aunque según algunos medios de
comunicación, estaba negociando integrarse en el partido Podemos.
El hecho de que sean ONGD –o no- las beneficiarias de esas
ayudas, y que en algunos casos pueda considerarse necesario actuar con urgencia
en determinados ámbitos de la cooperación internacional, no justifica actuar al
margen de la legalidad. ¿Por qué se ha de otorgar ayudas excepcionalmente
a determinadas entidades y no a otras que tenían el mismo derecho a
solicitarlas y a ser beneficiarias? ¿Por el capricho de un cargo público?
De hecho, en la convocatoria pública del año
pasado, a muchas entidades se les denegó las ayudas que habían solicitado.
Y para finalizar, no logro entender que las
Comunidades Autónomas, Ayuntamientos, Mancomunidades, etc., se dediquen a
otorgar ayudas de cooperación, cuando es el Estado el único nivel de Gobierno
que tiene competencias exclusivas en materia de relaciones internacionales y de
bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, con
arreglo a nuestra Constitución (art. 149.1 CE), y que cuenta con una Agencia de
Cooperación, la AECID. La propia Ley
2/2014 de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, distingue entre
Política Exterior y Acción Exterior del Estado. ¡Ganas de enredar de nuestros políticos! Ya se sabe, “a río
revuelto, ganancia de pescadores”.
A continuación les dejo con el listado de subvenciones
excepcionales concedidas por la AACID, publicadas en el
incompleto portal de "transparencia" de la Junta:
· SIN
CONVOCATORIA. Beneficiario: UNIVERSIDAD
DE MÁLAGA. Fecha de Concesión: 29/12/14. Importe: 300.000,00 €
· SIN CONVOCATORIA. Beneficiario:
UNIVERSIDAD DE SEVILLA. Fecha de Concesión: 29/12/14. Importe: 165.000,00 €
· SIN
CONVOCATORIA. Beneficiario: UNIVERSIDAD
DE SEVILLA. Fecha de Concesión: 29/12/14. Importe: 100.650,00 €
· SIN
CONVOCATORIA. Beneficiario: UNIVERSIDAD
DE JAÉN. Fecha de Concesión: 29/12/14. Importe: 41.788,25 €
· SIN
CONVOCATORIA. Beneficiario: UNIVERSIDAD
DE JAÉN. Fecha de Concesión: 29/12/14. Importe: 53.211,42 €
· SIN
CONVOCATORIA. Beneficiario: UNIVERSIDAD
DE GRANADA. Fecha de Concesión: 29/12/14. Importe: 69.293,76 €
· SIN
CONVOCATORIA. Beneficiario: UNIVERSIDAD
DE GRANADA. Fecha de Concesión: 29/12/14. Importe: 94.986,04 €
· SIN
CONVOCATORIA. Beneficiario: UNIVERSIDAD
DE GRANADA. Fecha de Concesión: 29/12/14. Importe: 134.878,40 €
· SIN
CONVOCATORIA. Beneficiario: ASOC. FONDO
ANDALUZ DE MUNICIPIOS PARA LA SOLIDARIDAD INTERNACIONAL. Fecha de Concesión:
29/12/14. Importe:
365.981,00 €
· SIN
CONVOCATORIA. Beneficiario: ORGANIZACION
INTERNACIONAL TRABAJO. Fecha de Concesión: 29/12/14. Importe: 300.000,00 €
· SIN
CONVOCATORIA. Beneficiario: ONU HABITAT.
Fecha de Concesión: 29/12/14. Importe: 300.000,00 €
· SIN
CONVOCATORIA. Beneficiario: UNIVERSIDAD
DE JAÉN. Fecha de Concesión: 29/12/14. Importe: 189.908,24 €
· SIN
CONVOCATORIA. Beneficiario: ASOC. FONDO
ANDALUZ DE MUNICIPIOS PARA LA SOLIDARIDAD INTERNACIONAL. Fecha de Concesión:
29/12/14. Importe:
336.584,60 €
· SIN
CONVOCATORIA. Beneficiario: ASOC. FONDO
ANDALUZ DE MUNICIPIOS PARA LA SOLIDARIDAD INTERNACIONAL. Fecha de Concesión:
29/12/14. Importe:
189.485,47 €
· SIN
CONVOCATORIA. Beneficiario: UNICEF
ORGANISMO INTERNACIONAL. Fecha de Concesión: 29/12/14. Importe: 900.000,00 €
· SIN CONVOCATORIA.
Beneficiario: ACNUR. ORGANISMOS INTERNACIONALES.
Fecha de Concesión: 29/12/14. Importe: 900.000,00 €
· SIN
CONVOCATORIA. Beneficiario: UNRWA
ORGANISMO INTERNACIONAL. Fecha de Concesión: 29/12/14. Importe: 900.000,00 €
· SIN CONVOCATORIA.
Beneficiario: DIRECCIÓN PROVINVIAL DE PLANIFICACIÓN
Y FINANZAS DEL GOBIERNO DE LA PROVINCIA. Fecha de Concesión: 29/12/14.
Importe: 250.000,00 €
· SIN
CONVOCATORIA. Beneficiario: AGENCIA
NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE ENERGÍAS RENOVABLES Y EFICACIA. Fecha de
Concesión: 29/12/14. Importe: 500.000,00 €
· SIN CONVOCATORIA.
Beneficiario: AGENCIA REGIONAL DE DESARROLLO SANT
LOUIS. Fecha de Concesión: 29/12/14. Importe: 350.000,00 €
· SIN
CONVOCATORIA. Beneficiario: SECRETARÍA
DISTRITAL DE METUGE. Fecha de Concesión: 29/12/14. Importe: 300.000,00 €
· SIN
CONVOCATORIA. Beneficiario: UNIVERSIDAD
DE CÓRDOBA. Fecha de Concesión: 26/12/14. Importe: 118.400,00 €
· SIN
CONVOCATORIA. Beneficiario: UNIVERSIDAD
DE CÓRDOBA. Fecha de Concesión: 26/12/14. Importe: 118.850,00 €
· SIN
CONVOCATORIA. Beneficiario: INSTITUTO
NICARAGÜENSE DE LA VIVIENDA URBANA Y RURAL. Fecha de Concesión: 26/12/14.
Importe: 289.112,90 €
· SIN CONVOCATORIA. Beneficiario:
ALCALDIA MUNICIPAL DE SUCHITOTO. Fecha de Concesión: 26/12/14. Importe: 325.000,00 €
· SIN CONVOCATORIA. Beneficiario: SECRETARIA
DE AGRICULTURA Y GANADERIA. Fecha de Concesión: 26/12/14. Importe: 300.000,00 €
· SIN
CONVOCATORIA. Beneficiario: SECRETARIA
TECNICA DEL CONSEJO DE MINISTRAS DE LA MUJER DE CENTROA. Fecha de Concesión:
26/12/14. Importe:
200.000,00 €
· SIN
CONVOCATORIA. Beneficiario: UNIVERSIDAD
DE HUELVA. Fecha de Concesión: 23/12/14. Importe: 90.422,64 €
· SIN
CONVOCATORIA. Beneficiario: UNIVERSIDAD
DE HUELVA. Fecha de Concesión: 23/12/14. Importe: 99.509,32 €
· SIN
CONVOCATORIA. Beneficiario: UNIVERSIDAD
DE HUELVA. Fecha de Concesión: 23/12/14. Importe: 48.192,10 €
· SIN
CONVOCATORIA. Beneficiario: UNIVERSIDAD DE HUELVA. Fecha de Concesión:
23/12/14. Importe:
61.875,65 €
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