sábado, 19 de mayo de 2012

La Junta y sus Agencias = ¿delitos institucionales junteros....?

Administración Paralela = quiebra irreversible del Ordenamiento jurídico administrativo.

    


  • Imputado el primer cargo político por la aplicación de la "ley del enchufismo" de Griñan; la delegada de Igualdad fue denunciada por desviar competencias a enchufados. El MUNDO.
  • El TSJA declara "ilegal" el traspaso de funciones de la Junta a una fundación; Empleo delego competencias a la Faffe, cuyos trabajadores no son funcionarios. El MUNDO.
  • El TSJA tumba la delegación de funciones de los externos en el SAE. Considera ilegal que el personal de la Faffe realice tareas propias de empleados públicos. ABC.
  • El TSJA constata que la Junta delega en sus empresas de manera ilegal. Señala que se encomiendan "potestades administrativas." LA RAZON.








Ver enlace documento pdf.

Imputado el primer cargo politico por la aplicación de la Ley del enchufismo +TSJA declara ilegal el traspaso de funciones de la junta a no funcionarios.pdf (application/pdf) 1218 kb





El TSJA tumba la delegación de funciones de los externos en el SAE.

Considera ilegal que personal de la Faffe realice tareas propias de empleados públicos

A. R. VEGLA / SEVILLA

Cada día que pasa se hace más insostenible desde el punto de vista legal la situación en el Servicio Andaluz de Empleo (SAE) de los 1.550 empleados que trabajan en sus oficinas procedentes de la extintaFundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo (Faffe). El Gobierno andaluz ha recibido un nuevo varapalo judicial a su polémica reordenación del sector público. La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía(TSJA), en una sentencia firme dictada el 23 de abril, declara ilegal la delegación de funciones públicas a externos de la Faffe tras un recurso presentado por el Sindicato Andaluz de Funcionarios de la Junta (Safja).
La resolución judicial se ha producido tras impugnar una orden de laConsejería de Empleo, que ahora está bajo el control de Antonio Ávila, por la que se formalizó una encomienda de gestión a la citada fundación en materia de formación para el empleo.
La reforma del sector público, que desató una doble ofensiva de los sindicatos mayoritarios en la Administración con protestas en la calle y un aluvión de denuncias en los tribunales, supuso integrar «de facto» en nuevas agencias —el SAE es una de ellas— a externos contratados, sin pasar ninguna oposición o concurso, por fundaciones y empresas que funcionaban como una administración paralela. Pasaron a tener la categoría de empleados públicos y, con posterioridad,la Junta los renombró como «personal subrogado» a medida que los juzgados emitían fallos en contra de sus intereses.
La sentencia advierte, en términos muy contundentes, de que «el personal de la fundación no forma parte de lo que llamamos empleados públicos», pues «es claro que vulnera el artículo 9.2 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, Estatuto Básico del Empleado Público». Alerta de que «se está encomendando el ejercicio de potestades administrativas para la realización de unas tareas que exceden el contenido legal que la Fundación pueda tener».
El alto tribunal señala, además, que la escasez de personal del servicio público de empleo «no puede constituir motivo admisible para encomendar determinadas gestiones a costa desacrificar principales esenciales».
Los externos de la antigua Faffe están realizando en la actualidad labores parecidas a asesores y promotores del SAE, como registrar las ofertas laborales que llegan a la oficina o baremar y seleccionar a parados que solicitan cursos de formación. Incluso en algunas oficinas el Servicio Andaluz de Empleo le ha facilitado claves personales para fichar y acceder a la red informática.

«Raya el desacato»


En un comunicado, en el que aplaude la nueva victoria en los tribunales, Safja considera «impresentable que el Gobierno andaluz se tome la justicia por su mano y se salte todos los fallos, la mayoría definitivos, para engordar la Administración pública con 30.000 personas que han entrado por la puerta de atrás, sin necesidad de pasar por procesos selectivos de cualquier tipo como sí que han hecho los funcionarios públicos, interinos y personal laboral fijo».
El sindicato mayoritario entre los funcionarios de la Junta critica que «la Junta de Andalucíaraya el desacato con esta actitud y que pretende mantener al personal externo de la "ley del enchufismo" a costa de las nóminas de los funcionarios públicos», que se reducirán como consecuencia de la eliminación de complementos en las pagas extraordinarias de junio y diciembre. Ésta es una de las medidas más controvertidas incluidas dentro del plan de ajustes elaborado por el Ejecutivo andaluz para cumplir con el objetivo de déficit del 1,5 por ciento del PIB para este año.

Señala que se encomiendan «potestades administrativas»

El TSJA constata que la Junta delega en sus empresas de manera ilegal


SEVILLA- El reiterado abuso de la figura de la encomienda de gestión por parte de la Junta de Andalucía ha sido constantemente denunciado por los sindicatos de funcionarios. En la práctica, esta posibilidad que permite la ley bajo determinadas circunstancias, ha permitido a la Administración autonómica trasladar competencias propias a empresas públicas, en la que el personal laboral de estas sociedades eran los que gestionaban lo que le ordenaba el Ejecutivo andaluz. Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía a la que ha tenido acceso este periódico señala que «se está encomendando el ejercicio de potestades administrativas para la realización de unas tareas que exceden del contenido legal que la Fundación pueda tener» 

La sentencia responde a un recurso interpuesto por el Sindicato Andaluz de Funcionarios de la Junta de Andalucía (Safja) contra una encomienda a la extinta Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo (Faffe), una de las empresas de la «administración paralela» más utilizada para este tipo de actuaciones. La Consejería de Empleo le encargó la gestión de un programa de formación para el empleo, que, para el sindicato recurrente, conllevaba el ejercicio de potestades administrativas por parte del personal de Faffe, que no son empleados públicos sino contratados «a dedo».

Tras analizar el contenido de las tareas encomendadas –desde la comprobación de los controles de seguimiento y pruebas que conlleve la enseñanza programada al grado de realización del plan–, el Alto Tribunal Andaluz concluye que los trabajadores de Faffe tendrán que ejercer potestades administrativas reservadas a los funcionarios: «No entendemos que esa verificación pueda ser meramente testimonial, para que comprobado el nivel de cumplimiento o incumplimiento las cosas sigan tal cual, sin consecuencias jurídicas». Entiende el TSJA que, de limitarse a una mera asistencia técnica, «la encomienda devendría en completamente inútil».
El fallo recalca que «se está encomendando el ejercicio de potestades administrativas para unas tareas que exceden del contenido legal que esta institución puede tener».

También recuerda a la Administración autonómica que «la suficiencia o insuficiencia del personal del Servicio Andaluz de Empleo no puede constituir motivo admisible para encomendar determinadas gestiones a costa de sacrificar principios esenciales».

Después de la polémica ley de reordenación del sector público empresarial, Faffe, como otros entes instrumentales de la Junta de Andalucía quedó extinguido. En su caso, forma parte ahora de la Agencia del Servicio Andaluz de Empleo. El personal laboral de este ente sigue trabajando en esta agencia administrativa. 
 





 

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Identifícate para poner comentarios.
Los comentarios solo se podrán poner durante unos días...