jueves, 30 de abril de 2015

En el Virgen del Rocío. Condenan al SAS por quitar sus funciones a un jefe de servicio y crear otra plaza similar = los junteros carecen de límites, hacen y deshacen lo que les da la gana; si no estas de acuerdo a los tribunales; ¿10 años de juicios?: lo que todos sabemos, con la Reordenación ya van cinco años; resulta evidente que no es admisible ni justificable, permitir la continuidad del “Régimen”

Tres jueces reconocen que destituyó a un jefe que ganó su plaza por oposición y debe pagarle 6.000 euros por daños morales


Condenan al SAS por quitar sus funciones a un jefe de servicio y crear otra plaza similar


Gracias EXPA, por el envío y comentario: De arbitrariedades junteras: Te quito a ti que estás de jefe por oposición y pongo a otro... Y me quedo tan pancho, como la Administración si fuese mi cortijo.





En el Virgen del Rocío

Condenan al SAS por quitar sus funciones a un jefe de servicio y crear otra plaza similar.
  • Tres jueces reconocen que destituyó a un jefe que ganó su plaza por oposición y debe pagarle 6.000 euros por daños morales

Condenan al SAS por quitar sus funciones a un jefe de servicio y crear otra plaza similar


No uno sino tres jueces han reconocido que el SAS actuó de forma arbitraria, cuando decidió quitarle sus funciones a un jefe de servicio y crear otra plaza del mismo rango.

Aunque lleva diez años jubilado, un prestigioso especialistas de Sevilla ha conocido ahora que ya es firme la sentencia que le da la razón desde que el 6 de noviembre de 2003 fue destituido como jefe de servicio de Neurología del hospital Virgen del Rocío de Sevilla, una plaza que ganó por oposición en 1974.

R.A.S. recibió ese día una nota del director gerente de dicho centro sobre la limitación de sus funciones y la creación de una nueva plaza de jefe de servicio de Neurología.

Según el letrado de los servicios jurídicos del Colegio de Médicos de Sevilla, Servando Meana, el facultativo recurrió y en 2011 obtuvo una sentencia favorable a sus pretensiones que anulaba el cese y declaraba la actuación arbitraria del SAS.

Pero, la Administración recurrió y llegó al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que en 2012 vuelve a darle la razón al especialista que ganó su plaza por oposición confirmando la sentencia de primera instancia.

Ahora, un nuevo tribunal, el juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 7 de Sevilla insiste en que el cese fue arbitrario y que no se enmarcaba dentro de las postestades discrecionales que tiene la Administración. Y lo hace como consecuencia de la demanda que interpuso el médico tras la desestimación por parte del SAS de una reclamación de responsabilidad patrimonial que formuló en su día basándose el gravísimo daño de difícil reparación por la pérdida de sus funciones. En el fallo también condena al SAS a que le pague 6.000 euros más intereses legales correspondientes en concepto de daños morales.

En esta sentencia, que además tiene la particularidad de que es firme, llama la atención cómo en el fundamento de derecho tercero el juez considera el daño moral y el desprestigio profesional y social que conllevó el cese.

Así, cita textualmente «el demérito que ello le supuso, teniendo en cuenta la localidad en la que se desarrollaba, así como la especialidad del recurrente» y no cree desorbitada», la cantidad dineraria solicitada por el facultativo.



No hay comentarios:

Publicar un comentario

Identifícate para poner comentarios.
Los comentarios solo se podrán poner durante unos días...