viernes, 22 de octubre de 2021

Comparecencia parlamentaria SAF en relación a la creación de las Agencias TRADE y ACCUA =El mundo al revés: mas de lo mismo  ¿Empleo Público y Agencias de acogida para la clientela política de los partidos?. ¿EL PP y Ciudadanos  ahora realizan un blanqueo de la Administración paralela de los “psociolistos” con un  cambio de nombres? ¿El ciudadano para obtener y desempeñar un empleo  público tiene que superar un proceso de acceso de concurrencia competitiva de base constitucional -arts. 23.2 CE en relación con el 14, 103.3 y 149.1.18 de la CE- 23 CE en relación con el 14, 103 y 149.1.18 de la CE- y los protegidos de los políticos no? Esta es el dilema ¿empleo publico para los profesionales con acceso por oposición libre o empleo público digital para los protegidos de los partidos políticos? ¿Que colectivo defenderá a los ciudadanos, la legalidad y el interés general, el profesional de acceso al empleo público por oposición libre -Admon. Gral. JA- o el personal de acceso digital al empleo público, por subrogación laboral - acceso por decisión discrecional  y política; Admón instrumental-? ¿Porque los políticos prefieren  a sus protegidos -clientelas- y no quieren funcionarios neutrales e imparciales sometidos unicamente al imperio de la ley...? 

           PP+Ciudadanos = ¿Cambio o cambiazo? 

SAF: Comparecencia parlamentaria en relación a la creación de las Agencias TRADE y ACCUA





Esta es la realidad, el funcionario,  para desempeñar un empleo público, tiene que seguir un proceso constitucional y pese a tener acreditada de manera pública su capacitación profesional, gana menos que el personal laboral subrogado.

El personal laboral subrogado, es digital, entra al empleo público por decisión política, los protegen y ganan mas que los funcionarios,  pese a que los funcionarios: 

   1. Para realizar y desempeñar su trabajo,  cumple previamente la legalidad constitucional;  desempeño de un empleo público una vez superado un proceso selectivo de concurrencia competitiva de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, merito y capacidad, con publicidad. (art. 23 CE en relación con el art. 14 y 103.· CE).

    2. Aplican la legalidad independiente de los criterios partidistas del político de turno.

    3. Trabajan para los ciudadanos; para el interés general.

    4. Están obligados a aplicar la legalidad y garantizan la  neutralidad e imparcialidad en el ejercicio de sus funciones (potestades públicas). 

    5. Están sometidos a responsabilidad; delitos agravados y específicos.

  6. Por su condición de funcionario, las actuaciones que realizan gozan de seguridad jurídica (presunción de legalidad y certeza).  

    7. El ordenamiento jurídico administrativo le confiere por su condición de autoridad, una serie de prerrogativas a sus actuaciones al haber acreditado previamente al desempeño del empleo público su capacitación profesional-.

    8. Se ejerce un cargo público (nombramiento); desempeño de puesto de trabajo una vez se presta el juramento de cumplir con la constitución y las leyes, en entonces cuando se han cumplido todos los requisitos exigidos legalmente, cuando se tiene y ostenta la condición de autoridad.

Comparecencia parlamentaria SAF en relación a la creación de las Agencias TRADE y ACCUA: preguntas sin respuesta 

    • ¿De nuevo Empleo público digital y subrogación laboral? ¿Se quiebra una vez más del ordenamiento jurídico constitucional?

    • ¿Todos para adentro en el empleo público, a costa del trabajo y carreras de los funcionarios públicos?

    • ¿Se deja sin contenido el derecho de acceso al empleo público de los ciudadanos; no hay ofertas de empleo publico? 

    • ¿Se protege y blinda a Extenda; con un personal que no se sabe como ha accedido al empleo público – consta en el Informe Cámara de Cuentas-? ¿Criterio político de acceso?

    • ¿Blanqueo y aumento del empleo público ilegal  en la administración paralela, mientras los funcionarios disminuyen? 

    • ¿Fraude del empleo público constitucional y lesión del art. 23 CE, derecho de acceso al empleo público de todos los ciudadanos en condiciones de igualdad, art. 14 CE.?

    • ¿Se entregar al personal subrogado (sin acceso constitucional al empleo público) funciones reservadas legalmente a los funcionarios públicos -art. 149.1.18 CE-?

    • ¿Fraude de ley? ¿Se permite el desempeño de las funciones reservadas a personal funcionario -autoridad- por personal no habilitado para ello?

    • ¿Retribuciones de IDEA, superiores a la de los funcionarios? IDEA 165 técnicos de un total de 299 trabajadores, con unas retribuciones de hasta 48.000 euros y donde los jefes de departamento ganan entre  50.000 y 55.000 euros,  de  5.000 a 10.000 euros mas que un funcionario Jefe de Sección. 

    • ¿Se beneficia,  económica y profesionalmente a los protegidos de los políticos  y se perjudica a los funcionarios y ciudadanos? 

    • ¿Es legal que se desempeñe y ocupe un empleo público por decisión política y discrecional?

    • ¿Este desempeño ilegal  quiebra la inseguridad jurídica de los ciudadanos; los actos en que este personal participa están viciados de “nulidad absoluta” ?

    • ¿El empleo público es un derecho del ciudadano, o un instrumento partidista para controlar y someter a la administración no al interés de los ciudadanos, sino al interés de los partidos políticos de turno? 

    • ¿Los ciudadanos para el desempeño efectivo de un empleo público publico tienen que superar un proceso selectivo, procedimiento constitucional, mientras los “protegidos de los políticos”  no? 

    • ¿Perfil del personal subrogado? Agencia del conocimiento 75 trabajadores, quitando 5 administrativos 71 técnicos, en Andalucía emprende 925, https://www.elconfidencial.com/espana/andalucia/2015-05-02/la-exdelegada-que-obligaba-a-buscar-votos-para-el-psoe-sigue-trabajando-en-la-junta_786489/. (esta es la Administración que quiere el PP y Ciudadanos: transmitimos, que el dedo y el enchufismo clientelar y político es el camino para el acceso al Empleo Público ….

    • Otra reordenación y macroagencias para que el gobierno (PP y Ciudadanos)  de Andalucía mantengan al personal subrogado por los sociolistos; un personal que no ha superado ningún proceso de concurrencia competitiva constitucional de acceso al empleo público.

    • No se ha devuelto sus funciones al personal funcionario, sino que se quiere dictar una Ley de Función Pública para  seguir consolidando  a la Administración paralela, instrumental y digital; con ello no solo se “roba por criterios políticos”  el trabajo a los funcionarios públicos y se minan sus carreras, sino que “por discrecionalidad política” se eliminan el derecho de los ciudadanos a ocupar los puestos que ahora ocupan de manera “ilegal” todo los “protegidos de los políticos que están actualmente en la administración paralela; SUS PUESTOS NO SERÁN OCUPADOS POR CIUDADANOS DE A PIE, POR QUE LAS PLAZAS QUE ESTOS OCUPAN NO SALDRÁN NUNCA EN UNA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE ACCESO; SON LOS PROTEGIDOS DE LOS POLÍTICOS.

      

¿Ciudadano/funcionario, profesional al servicio del ciudadano o clientelas políticas, partidistas y digitales? 

¿Que es lo que quiere la ciudadanía, un funcionario (ciudadano de selección publica) o un laboral (de clientela partidista)?


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    En Andalucía, los laborales subrogados en la Administración paralela creada por los “sociolistos” (Ley del Enchufísmo)  han originado un grave perjuicio a la Admón pública constitucional, integrada por ciudadanos/funcionarios, al servicio del interés general, ademas de un ingente gasto innecesario destinado a mantener a este personal en sus chiringuitos.

    Hemos perdido todos los ciudadanos; pagamos los gastos de una administración paralela de acceso digital, clientelar y  partidista y donde se laxan los controles para que los políticos tengan mas margen de maniobra -discrecionalidad política en gastos del dinero público; compra de votos-.

    En Andalucía, con el partido socialista la colonización de las instituciones ha sido total; la corrupción ha sido el sistema; Se ha robado el trabajo a los funcionarios públicos (imparciales), y se contrata a un personal más dócil para ¿ejercer potestades publicas?. El problema es que estas funciones legalmente no las pueden hacer; sin embargo manejan  el dinero público - incluye la gestión de las subvenciones- Esto es  ilegal y ha supuesto el saqueo partidista de las arcas públicas.


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 ¿El PP y Ciudadanos, mantienen intacto el mismo sistema ?


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    El PP y Ciudadanos han iniciado la tramitación de un proyecto de ley de Función Pública, donde dan un paso mas en el desmantelamiento de la Administración Pública de base constitucional. A tal fin quieren blanquear al personal de la Administración instrumental digital dando cobertura jurídica a  las actuaciones ilegales, que de facto realiza este personal. Para ello en el proyecto de Función Pública andaluza  reinterpretan el concepto de potestades públicas ….

    Con ello se consolida el robo del trabajo a los funcionarios públicos -reinterpretan la reserva legal de sus funciones- y  eliminar el derecho de acceso al empleo público de los andaluces.

    El objetivo es blanquear el trabajo de  un personal cuyo integración en el empleo público, ha sido una decisión política, partidista y clientelar de los sociolistos andaluces -Ley- para mantenerse en el poder y controlar a la Administración pieza clave de uno de los poderes del Estado (Ejecutivo). Una Administración instrumental como ¿brazo ejecutor del Regimen andaluz, encargada de manejar los fondos públicos eliminando los controles, incluye prescindir de los funcionarios? ¿ El dinero público premite comprar voluntades; caso sabalete, Andalucia emprende, personal actua como los testigos de Jehova....?¿ Si no votas al PSOE, te quedas sin trabajo.....?   

Por sus hechos los conocerás:  



  •  ¿Por que  en Andalucía no se cumple le legalidad constitucional? 
  • ¿Por que  PP y Ciudadanos, no revierten el modelo de Administración “clientelar y partidista” implantando por los sociolistos en la “Ley del Enchufismo” (Ley de Reordenación del Sector Público, aún vigente) y se devuelve a la Administración general de la Junta y a sus funcionarios las potestades públicas, incluida la subvencionadora, fe pública…..? 

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Lo que estamos viendo es que el Gobierno del PP y Ciudadanos, recogen el testigo de los sociolistos y continúan  avanzando en la misma dirección; ¿ mas de lo mismo…...?


Resultado de imagen de cambiar las cosas para seguir haciendo lo mismo

  •  El mundo al revés ¿Empleo Público y Agencias de acogida para la clientela política de los partidos?
  • ¿Por criterios politicos el Personal laboral digital se pretende asimilar al funcionario público? ¿Dicto una norma?
  • ¿Para que existen las normas y el bloque de constitucionalidad, si los políticos no cumplen las normas y si no les gustan las cambian?
  • ¿Porque un modelo constitucional de Función Pública Preferentemente funcionarial, se cambia por razones políticas, por un modelo digital y laboral?

  •  ¿El objetivo es someter a la Administración al control de los partidos políticos de turno?
  •  ¿Que se persigue con estos cambios, el interés general o el interés partidista de los partidos polticos? ¿Los partidos políticos usan el dinero público (subvenciones)- para mantenerse en el poder y comprar votos y voluntades?
  •  ¿Se lesiona el artículo 23 de la Constitución y se elimina el derecho de acceso al empleo público del ciudadano de acuerdo con el artículo 14;? 
  • ¿Por decisión política se mantiene la Administración paralela, y no hay oferta de empleo público libre de estos puestos para los ciudadanos?.
  •  ¿El gobierno andaluz (PP y Ciudadanos) persigue tambien colocar y mantener a las clientelas partidistas? ¿O quiere mantener el bipartidismo y a sus estructuras clientelares?
  • ¿Todo vale a los partidos políticos con tal de mantenerse el poder usando los fondos públicos de todos? ¿Es el pacto en donde los partidos políticos estan de acuerdo?
  • Hay un fraude al empleo público constitucional, ¿empleados públicos sin proceso alguno de acceso al puesto de trabajo;  actos viciados de “nulidad absoluta” y no pasa nada de nada ? 
  • ¿Hay unas 25.000 personas que no puede legalmente hacer potestades públicas, reservadas a personal funcionario, y el gobierno andaluz, mira para otro lado y elude aplica la legalidad vigente, la sentencia del Tribunal Supremo sobre IDEA….?




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