martes, 27 de diciembre de 2022

Muy importante. Máxima difusión. 20 diciembre de 2022 comparecencia del SAF en el Parlamento para realizar alegaciones al Proyecto de Ley de Función Pública =  El anteproyecto de Ley contraviene la jurispruedencia de los tribunales,  y valida  la ¿"usurpación de funciones públicas"?, pero  ¿no es delito, hacer o permitir que las funciones reservadas a funcionarios públicos  las realice personal no habilitado?. El PP ahora que ha ganado las elecciones, se contradice a sí mismo,  y no sólo hace lo mismo que el PSOE sino que va un paso más allá. Para evitar aplicar las normas y justificar el incumplimiento de las sentencias de los tribunales, lo arreglan legislando ellos. Así elaboran un proyecto de Ley a medida garantizandose el granero de votos socialista,  y nuevamente volvemos a la casilla de salida. Es el cuento de nunca acabar, después de esto, para poner el recurso de inconstitucionalidad, solo queda VOX. 

 COMPARECEMOS EN EL PARLAMENTO PARA REALIZAR ALEGACIONES AL PROYECTO DE LEY DE FUNCIÓN PÚBLICA




20 diciembre de 2022. 

En el día de hoy el Presidente del SAF ,Alfonso Dueñas Ranchal, ha comparecido en sede parlamentaria para realizar toda una serie de alegaciones la Proyecto de Ley de Función Pública de Andalucía. En una solvente a la vez que contundente intervención, nuestro Presidente ha rechazado el “apartheid” al que se sometió a nuestro sindicato excluyéndolo del grupo de trabajo para su elaboración, pese a ser el más representativo del sector.

Ha afirmado que con esta Ley se consagra un nuevo modelo de Función Pública, se va a pasar de un modelo de Administración pública y garantista a un modelo clientelar, instrumental y ampliamente privatizado. A través de la usurpación de potestades públicas, se huye del Derecho administrativo en detrimento del personal funcionario y de los ciudadanos y que incurre en motivos de inconstitucionalidad porque se invaden materias cuya competencia exclusiva corresponde al Estado y no a la Comunidad Autónoma.

Tampoco ha dejado pasar la oportunidad de recordar al grupo parlamentario que sustenta al actual Gobierno, que ellos mismos interpusieron un Recurso de inconstitucionalidad contra un precepto del Decreto-ley de Andalucía 5/2010, de 27 de julio, por el que se aprobaban medidas urgentes en materia de reordenación del sector público, el cual implicaba una clara usurpación de potestades pública como ahora se intenta reproducir en el proyecto de ley.

Ranchal ha cargado contra la politización de la libre desingación así como contra la eliminación del complemento de destino.

También nos hemos mostrado contrarios a que los procesos selectivos puedan incluir la exposición curricular, pruebas psicométricas relacionadas con la personalidad, entrevistas conductuales, etc. Pruebas total y absolutamente subjetivas y alejadas del principio de objetividad y el principio constitucional de igualdad.

La intervención ha finalizado, agradeciendo de nuevo la invitación y expresando a todos los grupos que tendrán la colaboración total del SAF para mejorar el texto de la ley y evitar futuras judicializaciones, ya fueran con cuestiones de inconstitucionalidad o contra los reglamentos de desarrollo de la ley. 

Ver en el enlace intervención completa de la que se destaca:

Potestades públicas (art. 15): En primer lugar se consagra un nuevo modelo de Función Pública, se va a pasar de un modelo de Administración pública y garantista a un modelo clientelar, instrumental y ampliamente privatizado; que huye del Derecho administrativo en detrimento del personal funcionario y de los ciudadanos, y que incurre en motivos de inconstitucionalidad porque invade materia cuya competencia exclusiva corresponde al Estado y no a la Comunidad Autónoma.

Por tanto ¿cómo no se iba a querer evitar la negociación?. El art. 15 materializa la usurpación de potestades públicas, vulnerando el art. 9 del EBEP que no distingue (motivo de inconstitucionalidad), dentro de las actuaciones administrativas entre las que tienen carácter general y la que tienen carácter instrumental de auxiliar y de apoyo, para no conferir a estas últimas la consideración de administrativas. ¿Y por qué se hace?, pues para permitir el ejercicio de las potestades públicas al personal laboral subrogado que procedente de las empresas y fundaciones de la JA, se ha subrogado en las Agencias (Personal que, de acuerdo con los informes elaborados por la Cámara de Cuentas de Andalucía accedió "a través de procedimientos opacos sin garantías algunas cuando no desconocidos", y que no reúne las garantías de objetividad e imparcialidad exigidas al personal funcionario, que ha accedido a través de procedimientos públicos y de concurrencia competitiva, respetando los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.




A este respecto, sin ánimo de ser exhaustivo, entre la abundante Jurisprudencia que es contundente, citar la STS núm. 1160/2020 de 14 de septiembre, que expresa que "no es admisible pretender hacer tal distinción dentro del procedimiento para que no sean ejercidas por personal funcionario, sometido a un régimen de responsabilidad que es una garantía para los ciudadanos". Y la Sentencia núm. 75/2019, de 29 de enero de 2019, sobre la Agencia IDEA, que expresandó que"tales actuaciones de carácter auxiliar y de apoyo son eminentemente administrativas y que como han afirmado numerosas sentencias, su incumplimiento supondría una clara usurpación de potestades públicas." Y máxime cuando, al efecto, existen cuerpos o escalas específicos como el Cuerpo de Auxiliares Administrativos.

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Este propósito de apuntalar y consolidar el personal laboral de la Administración paralela, explica el desprecio hacia el personal funcionario. Así se entiende la falta de dotación de plazas cuando no su amortización (en muchos centros y unidades administrativas no llegan al tercio de los efectivos previstos); que los concursos de méritos sean esporádicos y haya nula carrera administrativa; que haya puestos de inspección que no se les confiera el nivel 25; Cuerpos con una muerte anunciada (AMA, Ciencias Sociales y del Trabajo, Auxiliares Administrativos, entre otros), externalización de servicios en muchas unidades (PRL, Topografía), OEPs escasas y raquíticas; y la no recuperación de los derechos económicos recortados y detraídos.


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¡Y Señorías!, los números no mienten, en el año 2007-2008 había casi 28.000 funcionarios, hoy apenas son 19.000.



Funcionario, especie a extinguir, el PP y el PSOE son lo mismo.

También quiero recordar al grupo parlamentario que sustenta al Gobierno, que ellos mismos interpusieron un Recurso de inconstitucionalidad contra un precepto del Decreto-ley de Andalucía 5/2010, de 27 de julio, por el que se aprobaban medidas urgentes en materia de reordenación del sector público, el cual implicaba una clara usurpación de potestades pública como ahora se intenta reproducir en el proyecto de ley.


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