jueves, 10 de octubre de 2019

Importante. CURSOS DE FORMACIÓN. Procesan al exalcalde socialista de Granada y otros ex altos cargos de la Junta por prevaricación;  en esta causa, en la que se investiga la usurpación de funciones a los funcionarios en las inspecciones de los cursos de formación en Economía Social + El juez 'resucita' el escándalo de la formación y procesa a ex cargos del PSOE en la Junta y a su ex alcalde en Granada = Alto y claro,  el juez aplica la ley y esta no se cumple. Esto también ocurre en la Administración paralela. Es hora de que lo denunciemos; el personal, laboral de la Administración paralela,  no puede ejercer ilegitimamente y por la vía de los hechos, funciones públicas, porque estas están reservadas por ley exclusivamente a personal funcionario. También hay que recordarles a los jefes que lo permiten; que incurren en responsabilidad (son colaboradores necesarios) y pueden ser imputados;  investigados. Esto es muy grave; hablamos de ¿delitos de usurpación de funciones públicas,  de fraudes generalizados, de falsedad documental .....? ¿Que jefes entregan y permiten el acceso a la correspondiente documentación administrativa y admiten el uso de membretes oficiales, para dar apariencia de legalidad a unas actuaciones viciadas de nulidad absoluta?. Es vox populi que el personal laboral, de selección digital, que trabaja en la Administración paralela, no tiene competencia ni esta habilitado para ejercer las funciones que por Ley corresponden en exclusiva a los funcionarios públicos.  En Andalucía; ¿se quiebra institucionalmente y "a sabiendas", por el Gobierno del cambio, la seguridad jurídica de los ciudadanos, y se permite la comision de delitos ? Un tema serio del que ya advertimos por escrito, al nuevo gobierno de la Junta, después del dictado de la Sentencia del Tribunal Supremo sobre la Agencia IDEA. Felicitar al Sindicato Andaluz de Funcionarios (SAF), por estar personado como acusación popular.; es el único sindicato que defiende una Administración, imparcial y neutral al servicio del interés general de los ciudadanos;  la Administración no puede ser ni clientelar ni partidista.  


CURSOS DE FORMACIÓN. Procesan al exalcalde socialista de Granada y otros;  ex altos cargos de la Junta por prevaricación


El exalcalde de Granada Francisco Cuenca atiende a los medios a la salida de los juzgados de Sevilla

  • El juez Vilaplana dicta auto de continuación como procedimiento abreviado en esta causa, en la que se investiga la usurpación de funciones a los funcionarios en las inspecciones de los cursos de formación en Economía Social

El juez de refuerzo del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, José Ignacio Vilaplana, ha acordado continuar por los trámites del procedimiento abreviado la causa seguida contra 19 investigados, entre ellos varios ex altos cargos de la Junta de Andalucía como el ex delegado provincial de Economía e Innovación y exalcalde de Granada Francisco Cuenca, del PSOE, por presuntos delitos de usurpación de funciones pública, prevaricación, negociaciones y actividades prohibidas a funcionarios públicos, fraude en la contratación administrativa y falsedad documental en relación con la contratación de servicios para realizar labores de control e inspección de los cursos de Formación Ocupacional en Economía Social organizados por la Junta durante 2010, 2011 y 2012.

En un auto dictado el día 2 de octubre y notificado este viernes a las partes personadas en el procedimiento, el magistrado da traslado de la causa a la Fiscalía y a las acusaciones personadas acusación popular ejercida por el Sindicato Andaluz de Funcionarios (SAF)-





…. el juez procesa al socialista Francisco Cuenca, por su gestión como delegado provincial de la Consejería en Granada, así como a los ex delegadso provinciales en Jaén, Málaga y Cádiz, la ex directora general de Economía Social y Emprendendores o ex jefes de servicio en distintas delegaciones como Sevilla, entre otros.

….. Así, «los correspondientes responsables –investigados en la presente causa- de la Junta de Andalucía, vía contratación de servicios a prestar por particulares, se habrían valido de distintos contratistas, personas físicas y jurídicas, para llevar a cabo aquellas tareas pese a que la ejecución de las mismas formaría parte de las potestades que se encuentran reservadas por el ordenamiento jurídico a los funcionarios públicos».

….

De este modo, y según manifiesta el juez, se procedió «así de forma injusta y arbitraria a atribuir a aquellos contratistas particulares la detentación de funciones públicas, es decir, funciones que la Ley atribuyecon carácter exclusivo y excluyente- a integrantes de la Función Pública», agregando que «la atribución ilegítima de funciones públicas habría venido acompañada de la entrega de documentación administrativa consistente en modelos de actas e informes, posteriormente utilizados por cada contratista en el ejercicio de las funciones encomendadas y potestades atribuidas».


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Según indica el instructor, estos documentos «cuentan con membrete o encabezamiento oficial de la “Junta de Andalucía» y del «Fondo Social Europeo» y aparecen firmados por los propios contratistas bajo la rúbrica oficial «Por la Administración (El Inspector)», quedando así materializado por los contratistas el ejercicio de las potestades inspectoras atribuidas sin tener la condición de funcionarios y, por tanto, no ser inspectores oficiales de la Administración autonómica, figurando indebidamente como tales en el correspondiente expediente administrativo al que dicha documentación tenía por destino incorporarse».


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El juez precisa que «las potestades en tal sentido usurpadas consistirían en tareas de seguimiento, control y verificación de la ejecución de cursos de Formación Profesional para la Economía Social y Jornadas Técnicas de difusión en las ocho provincias andaluzas programados por la Dirección General de Economía Social para los referidos ejercicios 2010, 2011 y 2012», lo que «se materializaría en la presentación por parte del 'Inspector' –contratista particular- de informes sobre el estado de la ejecución de las actuaciones programadas, reflejando todas aquellas incidencias detectadas en las visitas a los cursos y jornadas de difusión».


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Todo ello, además, «culminaría con la elaboración, por parte del contratista, de conclusiones e informes de evaluación sobre los cursos y actuaciones formativas inspeccionadas», pone de manifiesto el juez, que señala que «así consta expresamente» en el contrato menor de servicios de seguimiento y verificación de la ejecución de jornadas y cursos de Formación Profesional para la Economía Social en la provincia de Sevilla durante 2011, en el contrato menor de servicios de seguimiento y verificación de los cursos en las provincias de Cádiz, Córdoba, Huelva, Granada y Sevilla durante 2012, o en los pliegos de prescripciones técnicas de los contratos concertados para el seguimiento de los cursos en la provincia de Jaén durante 2012, 2011 y 2012.

El magistrado asevera, asimismo, que en virtud de la contratación realizada «se atribuye a los 'Inspectores' contratados facultades para realizar requerimientos de subsanación de deficiencias, bajo apercibimiento de que en caso de no ser atendidos, es decir, en caso de corregirse las anomalías detectadas en un plazo determinado (normalmente de diez días), podría procederse a la suspensión cautelar, minoración económica o anulación del correspondiente curso o actuación programada», haciéndose así constar expresamente en los informes de visita de inspección a los cursos, firmados 'Por la Administración. El Inspector' y extendidos por duplicado».


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Al hilo, el juez subraya que «los particulares contratados no podrían ejercitar tales potestades administrativas, pues sólo las mismas podrían ser ejercitadas por funcionarios públicos», quienes son los únicos que «pueden, en el marco de actuación de una Administración pública, realizar actuaciones o desempeñar funciones de evaluación, de control, de vigilancia e inspección, autorizatorias o de propuesta de resolución, al tratarse de funciones netamente administrativas y suponer su ejercicio una participación, directa o indirecta, en el ejercicio del poder público».

…….

Así, se atribuyó «la detentación de funciones públicas» a dos empresas contratistas «de forma injusta y arbitraria», una detentación «que se habría materializado en el empleo de documentación administrativa consistente en modelos de actas e informes oficiales, posteriormente presentados ante la Administración por las entidades contratistas en el ejercicio de las funciones encomendadas y potestades atribuidas».






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Texto Sentencia. 

Ahora bien, no basta con que los actos finales sean dictados y firmados por el Presidente de la Agencia, que en este caso correspondería al Viceconsejero u órganos directivos que tienen expresamente atribuida la potestad administrativa, pues esa toma de decisión debe ir precedida de la instrucción de un procedimiento que incumbe exclusivamente a los funcionariosAsí lo hemos afirmado en numerosas sentencias respecto a encomiendas de gestión anuladas por esta Sala y confirmadas por el Tribunal Supremo," que no se pueden llevar a cabo por personal laboral, actuaciones o funciones de dación de fe pública y gestión de registros administrativos, asesoramiento legal preceptivo, control y fiscalización interna de la gestión económica financiera y presupuestaria,de evaluación, control, autorizatorias, de vigilancia e inspección, propuestas de resolución etcde naturaleza indudablemente administrativa.


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Las cosas no ocurren por casualidad; hay causalidad.


Resultado de imagen de la impunidad premia el delito
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TRIBUNALES. El juez 'resucita' el escándalo de la formación y procesa a ex cargos del PSOE en la Junta y a su ex alcalde en Granada



  • Confirman los indicios de delito contra Francisco Cuenca y otras 18 personas por los contratos irregulares para supervisar los cursos

……. pieza independiente en la que se investigan, tras la denuncia del Sindicato de Funcionarios, múltiples irregularidades en la contratación de varias empresas que se encargaban de la supervisión de los cursos de Formación Ocupacional que subvencionaba la Consejería de Economía a través de la Dirección General de Economía Social, cuyos responsables contrataron, entre otros, a personas de su confianza con las que ya trabajaban y que crearon una cooperativa ad hoc.

….. Todo ello después de que haya confirmado los indicios de delito que señalan a los 19 imputados, investigados por los delitos de usurpación de funciones públicas, prevaricación, negociaciones y actividades prohibidas a funcionarios, fraude en la contratación administrativa y falsedad documental.

Entre los imputados está la ex directora general Economía Social, Ana Barbeito y varios ex delegados provinciales de la Consejería de Innovación, entre ellos Francisco Cuenca que, cuando sucedieron los hechos desempeñaba ese cargo en Granada.

Asimismo, el juez señala a la ex delegada en Cádiz, Angelina Ortiz; al de Almería, Manuel Gabriel Pérez; o a la de Jaén, Marta Rueda, así como a varios jefes de servicio y a los beneficiarios de los contratos, todos ellos involucrados, dice el auto conocido ayer.
….
El magistrado considera probado que las órdenes de realizar los contratos se dieron desde «distintos organismos centrales y provinciales» dependientes de la Dirección General de Economía Social de la Consejería de Economía e Innovación los años 2010, 2011 y 2012.

Los responsables, todos ellos imputados, se valieron de contratistas particulares para llevar a cabo tareas -la inspección de los cursos- que, en realidad, eran exclusiva competencia de funcionarios públicos.

De este modo, en lugar de que fuesen funcionarios los que controlasen los cursos subvencionados, fueron empresas particulares, ligadas en no pocos casos a los propios cargos políticos, los que vigilaron el gasto del dinero. Incluso, se contrató a una empresa para que vigilase los cursos que, además, se daban en sus instalaciones.





CURSOS DE FORMACIÓN
Procesan al exalcalde socialista de Granada y otros ex altos cargos de la Junta por prevaricación.

El exalcalde de Granada Francisco Cuenca atiende a los medios a la salida de los juzgados de Sevilla
  • El juez Vilaplana dicta auto de continuación como procedimiento abreviado en esta causa, en la que se investiga la usurpación de funciones a los funcionarios en las inspecciones de los cursos de formación en Economía Social

El juez de refuerzo del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, José Ignacio Vilaplana, ha acordado continuar por los trámites del procedimiento abreviado la causa seguida contra 19 investigados, entre ellos varios ex altos cargos de la Junta de Andalucía como el ex delegado provincial de Economía e Innovación y exalcalde de Granada Francisco Cuenca, del PSOE, por presuntos delitos de usurpación de funciones públicaprevaricación, negociaciones y actividades prohibidas a funcionarios públicos, fraude en la contratación administrativa falsedad documental en relación con la contratación de servicios para realizar labores de control e inspección de los cursos de Formación Ocupacional en Economía Social organizados por la Junta durante 2010, 2011 y 2012.


En un auto dictado el día 2 de octubre y notificado este viernes a las partes personadas en el procedimiento, el magistrado da traslado de la causa a la Fiscalía y a las acusaciones personadas –acusación popular ejercida por el Sindicato Andaluz de Funcionarios (SAF)- para que, en el plazo común de diez días, soliciten la apertura del juicio oral formulando escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa, o, excepcionalmente, la práctica de diligencias complementarias indispensables para formular la acusación, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

De esta manera, el juez procesa al socialista Francisco Cuenca, por su gestión como delegado provincial de la Consejería en Granada, así como a los ex delegadso provinciales en Jaén, Málaga y Cádiz, la ex directora general de Economía Social y Emprendendores o ex jefes de servicio en distintas delegaciones como Sevilla, entre otros.

El instructor, el mismo que está investigando actualmente la causa de los ERE por la baja de la juez Núñez Bolaoñs, relata en su resolución que, de las diligencias practicadas, se deduce que desde distintos organismos centrales y provinciales dependientes de la Dirección General de Economía Social de la Consejería de Economía e Innovación de la Junta «habrían procedido a la contratación de servicios para realizar labores de seguimiento, control e inspección de los cursos de Formación Ocupacional (FPO) en Economía Social organizados por dicha entidad durante los ejercicios 2010, 2011 y 2012».


«Injusta y arbitrariamente» atribuyeron a los contratistas las funciones de los empleados públicos


De este modo, y según manifiesta el juez, se procedió «así de forma injusta y arbitraria a atribuir a aquellos contratistas particulares la detentación de funciones públicas, es decir, funciones que la Ley atribuye –con carácter exclusivo y excluyente- a integrantes de la Función Pública», agregando que «la atribución ilegítima de funciones públicas habría venido acompañada de la entrega de documentación administrativa consistente en modelos de actas e informes, posteriormente utilizados por cada contratista en el ejercicio de las funciones encomendadas y potestades atribuidas».

Según indica el instructor, estos documentos «cuentan con membrete o encabezamiento oficial de la “Junta de Andalucía» y del «Fondo Social Europeo» y aparecen firmados por los propios contratistas bajo la rúbrica oficial «Por la Administración (El Inspector)», quedando así materializado por los contratistas el ejercicio de las potestades inspectoras atribuidas sin tener la condición de funcionarios y, por tanto, no ser inspectores oficiales de la Administración autonómica, figurando indebidamente como tales en el correspondiente expediente administrativo al que dicha documentación tenía por destino incorporarse».

El juez precisa que «las potestades en tal sentido usurpadas consistirían en tareas de seguimiento, control y verificación de la ejecución de cursos de Formación Profesional para la Economía Social y Jornadas Técnicas de difusión en las ocho provincias andaluzas programados por la Dirección General de Economía Social para los referidos ejercicios 2010, 2011 y 2012», lo que «se materializaría en la presentación por parte del 'Inspector' –contratista particular- de informes sobre el estado de la ejecución de las actuaciones programadas, reflejando todas aquellas incidencias detectadas en las visitas a los cursos y jornadas de difusión».

Todo ello, además, «culminaría con la elaboración, por parte del contratista, de conclusiones e informes de evaluación sobre los cursos y actuaciones formativas inspeccionadas», pone de manifiesto el juez, que señala que «así consta expresamente» en el contrato menor de servicios de seguimiento y verificación de la ejecución de jornadas y cursos de Formación Profesional para la Economía Social en la provincia de Sevilla durante 2011, en el contrato menor de servicios de seguimiento y verificación de los cursos en las provincias de Cádiz, Córdoba, Huelva, Granada y Sevilla durante 2012, o en los pliegos de prescripciones técnicas de los contratos concertados para el seguimiento de los cursos en la provincia de Jaén durante 2012, 2011 y 2012.

El magistrado asevera, asimismo, que en virtud de la contratación realizada «se atribuye a los 'Inspectores' contratados facultades para realizar requerimientos de subsanación de deficiencias, bajo apercibimiento de que en caso de no ser atendidos, es decir, en caso de corregirse las anomalías detectadas en un plazo determinado (normalmente de diez días), podría procederse a la suspensión cautelar, minoración económica o anulación del correspondiente curso o actuación programada», haciéndose así constar expresamente en los informes de visita de inspección a los cursos, firmados 'Por la Administración. El Inspector' y extendidos por duplicado».

Al hilo, el juez subraya que «los particulares contratados no podrían ejercitar tales potestades administrativas, pues sólo las mismas podrían ser ejercitadas por funcionarios públicos», quienes son los únicos que «pueden, en el marco de actuación de una Administración pública, realizar actuaciones o desempeñar funciones de evaluación, de control, de vigilancia e inspección, autorizatorias o de propuesta de resolución, al tratarse de funciones netamente administrativas y suponer su ejercicio una participación, directa o indirecta, en el ejercicio del poder público».
Francisco Cuenca: contratación ilícita
En relación al ex alcalde de Granada, el magistrado precisa que consta en autos que, en su calidad de delegado provincial de la Consejería de Economía e Innovación de la Junta, «habría efectuado la ilícita contratación de los servicios de seguimiento, control y verificación de la ejecución de los Cursos de Formación Profesional para la Economía Social en la provincia de Granada durante los ejercicios 2010 y 2011».

El instructor añade en este sentido que se llevó a cabo la adjudicación directa de los servicios a través de dos instrumentos calificados como «Memoria Justificativa», articulados como un contrato menor de servicios, y en los que no se distingue a qué cursos deben destinarse los servicios contratados, sin que conste como tal el contrato administrativo, concertándose ambos de manera fraccionada y consecutiva, en concreto por el importe de 12.412 euros el contrato menor correspondiente a 2010 y por el importe de 12.000 euros el contrato menor correspondiente a 2011.
Así, se atribuyó «la detentación de funciones públicas» a dos empresas contratistas «de forma injusta y arbitraria», una detentación «que se habría materializado en el empleo de documentación administrativa consistente en modelos de actas e informes oficiales, posteriormente presentados ante la Administración por las entidades contratistas en el ejercicio de las funciones encomendadas y potestades atribuidas».


tRIBUNALES
El juez 'resucita' el escándalo de la formación y procesa a ex cargos del PSOE en la Junta y a su ex alcalde en Granada

Sevilla
Viernes, 4 octubre 2019 - 21:18

  • Confirman los indicios de delito contra Francisco Cuenca y otras 18 personas por los contratos irregulares para supervisar los cursos.

El escándalo del fraude de la formación resucita. Después que la macrocausa abierta por los cursos de la Junta quedase archivada, el juez de refuerzo del Juzgado 6 de Sevilla ha reactivado el escándalo con el procesamiento de 19 personas, entre ellos varios ex altos cargos socialistas de la Junta y el ex alcalde de Granada, también del PSOE, Francisco Cuenca.

Se trata de una pieza independiente en la que se investigan, tras la denuncia del Sindicato de Funcionarios, múltiples irregularidades en la contratación de varias empresas que se encargaban de la supervisión de los cursos de Formación Ocupacional que subvencionaba la Consejería de Economía a través de la Dirección General de Economía Social, cuyos responsables contrataron, entre otros, a personas de su confianza con las que ya trabajaban y que crearon una cooperativa ad hoc.

En un auto dictado el pasado día 2, el magistrado José Ignacio Vilaplana acuerda continuar el procedimiento judicial y transformar la causa en procedimiento abreviado, un paso previo a la apertura de juicio. El juez da ahora un plazo de diez días a las partes para que soliciten o no la celebración de la vista y, en su caso, formulen sus conclusiones.

Todo ello después de que haya confirmado los indicios de delito que señalan a los 19 imputados, investigados por los delitos de usurpación de funciones públicas, prevaricación, negociaciones y actividades prohibidas a funcionarios, fraude en la contratación administrativa y falsedad documental.

Entre los imputados está la ex directora general Economía Social, Ana Barbeito y varios ex delegados provinciales de la Consejería de Innovación, entre ellos Francisco Cuenca que, cuando sucedieron los hechos desempeñaba ese cargo en Granada.

Asimismo, el juez señala a la ex delegada en Cádiz, Angelina Ortiz; al de Almería, Manuel Gabriel Pérez; o a la de Jaén, Marta Rueda, así como a varios jefes de servicio y a los beneficiarios de los contratos, todos ellos involucrados, dice el auto conocido ayer.

CONTRATISTAS PARTICULARES

El magistrado considera probado que las órdenes de realizar los contratos se dieron desde «distintos organismos centrales y provinciales» dependientes de la Dirección General de Economía Social de la Consejería de Economía e Innovación los años 2010, 2011 y 2012.

Los responsables, todos ellos imputados, se valieron de contratistas particulares para llevar a cabo tareas -la inspección de los cursos- que, en realidad, eran exclusiva competencia de funcionarios públicos.

De este modo, en lugar de que fuesen funcionarios los que controlasen los cursos subvencionados, fueron empresas particulares, ligadas en no pocos casos a los propios cargos políticos, los que vigilaron el gasto del dinero. Incluso, se contrató a una empresa para que vigilase los cursos que, además, se daban en sus instalaciones.

En lo que respecta al ex alcalde de Granada, el juez Vilaplana señala que en su calidad de delegado provincial de Economía e Innovación efectuó de forma supuestamente ilícita la contratación de los servicios de seguimiento y verificación de la ejecución de los cursos a través de dos contratos menores de forma irregular.

Se atribuyeron de esta forma, añade, a dos empresas «funciones públicas» de «forma injusta y arbitraria», precisa.

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