El Supremo se une a la Fiscalía: los golpistas que recojan el acta no podrán ejercer el cargo
Desconecta.
No podemos volvernos locos...
Canalsu, Andalucía imparable.
El espectáculo debe continuar
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OKDIARIO ESPAÑA
El Supremo se une a la Fiscalía: los golpistas que recojan el acta no podrán ejercer el cargo
El Tribunal Supremo tampoco facilitará la labor política de los golpistas
que han sido elegidos como diputados. El criterio sentado asegura que los
partidos sabían desde el primer momento que incluir a los acusados en sus
listas suponía automáticamente una limitación de sus posibilidades de ejercer
los cargos electos.
El Supremo
considera que aplicar el criterio contrario supondría la implantación de la
“impunidad” y que, aunque puntualmente el instructor puede decidir si acuerda
excepciones, el criterio general será el de que si los presos o fugados recogen
el acta, no podrán ejercer el desempeño de sus cargos. Traducido: que si quieren ser diputados, provocarán un agujero a
sus partidos separatistas que hará difícil que puedan gobernar con comodidad.
El
criterio del Supremo es rotundo y muy cercano a la de la Fiscalía. Y es que la
Fiscalía, como ha adelantado OKDIARIO, no considera que los electos en prisión
o fugados tengan que abandonar su situación de cárcel preventiva, o en espera
de ser aplicada, por su condición de diputados. El Supremo sí acepta que,
puntualmente se pueda hacer una excepción -algo que podría afectar, por
ejemplo, al Pleno de Investidura-, pero mantiene el criterio general: el de que la
prisión no vulnera los derechos del preso a participar
en elecciones y en el proceso político.
El
Tribunal Supremo destaca que este último es un derecho básico en democracia,
pero que su efectividad no puede dejar sin efecto las consecuencias propias de
un proceso penal, menos aún cuando se incoa imputando delitos muy graves.
Porque el ejercicio de los cargos políticos no supone la
“impunidad”. Además, recuerda
que Junqueras y el resto, así como sus partidos, ya sabían cuando concurrieron
a las elecciones que existía este proceso penal y que ello podría limitar su
actividad política en algún aspecto.
En el
Tribunal Supremo se reconoce que la situación de prisión provisional
inutilizará de facto el desarrollo de los cargos de los electos pendientes de
prisión preventiva. Pero, remarcan, “ello no puede hacer desaparecer la
obligación de asumir las consecuencias de la comisión de un delito”. Y “tampoco
las que pudieran derivarse de la existencia de indicios suficientes de esa
comisión, que, en ocasiones, pueden determinar la adopción de medidas cautelares
limitativas o privativas de derechos”.
La
decisión del Tribunal Supremo es extensible a todos los golpistas pendientes de
esta situación de privación de libertad o de detención, como Oriol Junqueras,
que se encuentra prófugo de la Justicia. En la misma situación se encuentran,
al menos por el momento, Jordi Sánchez y el ex consejero Forn, dentro del grupo
de diputados electos y presos. Y otros cuatro más en el grupo de ex consejeros
que acompañaron a Puigdemont en su fuga (Ponsatí, Comín, Puig y Serret).
Y ello
implica que, en caso de que todos recojan el acta de diputado, se puede dar la
situación de que los votos que eran suficientes en el Parlamento catalán para
respaldar un Gobierno separatista de JxCAT y ERC, con apoyo de la CUP, deben de
serlo y ya no sumen. Y, por lo tanto, los separatistas necesiten el apoyo -al
menos por abstención- de la formación de Ada Colau. En estos momentos, JxCAT
cuenta con 34 escaños, ERC con 32 y la CUP con 4. Es decir, 70 en total. Y la
mayoría absoluta son 68 votos: la necearía para tener la investidura en primera
vuelta.
Por lo
tanto, en caso de contar con diputados que no pueden acudir, tendrían que
retratarse los Comunes-podemitas de Colau y dejar claro que sí apoyan una
gobernabilidad separatista y golpista.
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