domingo, 12 de febrero de 2017

Máxima Difusión. Fraude de Formación y ¿Via libre a los empleados “fantasmas”, a cargo del erario publico, dixit el TSJA?..... = Los hechos siguen hablando, “robo institucional” del dinero público, y ¿la justicia, mira hacia otro lado y no pasa “na de na”?¿Todo lo que ve son meras irregularidades administrativas versus “Maridaje a la Andaluza” con menoscabo de fondos publicos ....?. = "La impunidad premia el delito, induce a su repetición y le hace propaganda: estimula al delincuente y contagía con su ejemplo"; La sentencia del TSJA, con los cargos "fantasmas" resulta inasumible, y mientras Pedro Pacheco en la carcél, ¿Cinismo judicial, es usted ciudadano o todavía piensa....? Por cierto ¿a quien le pagaba en secreto la casa la Junta....?


Andalucía historia enciclopedia del Mundo al Revés.


Resultado de imagen de justicia y no pasa nadaResultado de imagen de no pasa nada de nada


FRAUDE DE LA FORMACIÓN El fraude que afloró con la investigación parlamentaria



  • La comisión sobre los cursos sirvió para conocer el descontrol y los desvíos con estas ayudas de la Junta

TRIBUNALES. El fallo dice que no actuó a sabiendas.

El TSJA absuelve al ex consejero Alonso pese a que declara la "ilegalidad" de los cargos 'fantasma'


Resultado de imagen de junta de andalucia
Resultado de imagen de no sabe nada

  • La sentencia dice que tomó decisiones ilegales, pero "no por ser ilegal, una resolución es injusta" o prevaricadora


Resultado de imagen de la justicia es ciega
Resultado de imagen de pedro pacheco en la carcel


¿¿¿????

La Junta pagó en secreto el piso del presidente del TSJA desde 2010. Para justificar el pago, la Junta utilizó un acuerdo secreto, evitando así la publicación del acuerdo en el Boletín Oficial de Andalucía.

Resultado de imagen de tomadura de pelo


¿Lo que todos ven menos la Sala que preside el Sr. Del Rio, la Sra. Bolaños.....? Tiene o no tiene razón la Sra. Magistrada Alaya cuando dice que la Justicia está en peligro....al menos en Andalucía, y en Cataluña, parece que sí. ¿ “ Prima el sin sentido común”?



Resultado de imagen de la impunidad induce al delito


Un comentario a la noticia: 


Resultado de imagen de tomadura de pelo




Ni un comentario sobre la exquisita interpretación del TSJA acerca del procedimiento que emplea el régimen para mantener la mamandurria y saquear fondos publicos. Todo es cuestión de no querer ver a qué se juega en la Junta de Andalucía. Voy a explicarlo, para que lo entiendan , queridos lectores: Por un ladolos empleados públicos de libre designación, nombrados a dedo, dicen que se limitan a proponer lo que creen, en informes no vinculante y que es el Cargo Político el que resuelve; luego no son responsablesPor otro, el Cargo Político dice que funciona bajo el principio de confianza, que no es un especialista y que no puede revisarlo todo, y que entiende que sus subordinados le informan y proponen las resoluciones de forma correcta; luego tampoco es responsable. Y no sólo aquí sino en otros muchos sumarios nuestras Señorías, vienen tragándose este cuento. Así, que no sólo no es absuelto sino que es un ciudadano ejemplar, ¡todo un machote de la democracia!


Resultado de imagen de junta de andalucia
Resultado de imagen de no sabe nada
Imagen relacionada


TRIBUNALES. La Fiscalía, a por otro ex consejero andaluz por el fraude de los cursos



  • Pide la imputación de Manuel Recio en la causa del fraude de la formación por los 33,3 millones de Delphi.
  • Fraude millonario con los cursos para atender los "compromisos políticos" de la Junta

CASO FORMACIÓN.La juez Núñez devuelve a Empleo expedientes de cursos sin investigar



La juez María Núñez Bolaños

  • El PP pide que revoque esta medida y permita que sean analizados por la Guardia Civil

.......La llegada de Núñez al juzgado de Instrucción 6 de Sevilla dio un giro de 180 grados a este caso. El pasado 11 de octubre, la instructora acordó archivar la causa argumentando que sólo hay «irregularidades administrativas o, en su caso, de menoscabo de fondos públicos» en la actuación de los 24 ex responsables del Servicio Andaluz de Empleo (SAE) investigados por el fraude de los cursos en Andalucía.




FRAUDE DE LA FORMACIÓN

El fraude que afloró con la investigación parlamentaria



· La comisión sobre los cursos sirvió para conocer el descontrol y los desvíos con estas ayudas de la Junta

·       Ciudadanos libra, otra vez, a Susana Díaz


Las pesquisas parlamentarias sobre el presunto fraude de la formación, subvencionada por la Junta de Andalucía con casi 3.000 millones de euros durante una década, permitieron conocer irregularidades y corruptelas que el Gobierno andaluz había mantenido ocultas.

Y sirvieron también para que los máximos responsables políticos, como la presidenta del Ejecutivo andaluz, la socialista Susana Díaz, y sus antecesores en el cargo, Manuel Chaves y José Antonio Griñán, dieran explicaciones sobre un escándalo que se está investigando en juzgados de toda Andalucía.


Cuando la comisión de investigación encara la recta final, con la presentación el pasado lunes del dictamen elaborado a partir de las conclusiones de los partidos con representación en la Cámara andaluza -PSOE, PP, Podemos, Ciudadanos e Izquierda Unida-, y algunas voces cuestionan su eficacia, conviene recordar las revelaciones más significativas que se han escuchado en el Hospital de las Cinco Llagas, sede del Parlamento:


El marido de Susana Díaz.

La presidenta de la Junta tuvo que dar explicaciones sobre el paso de su marido, José María Moriche, por el Instituto de Formación y Estudios Sociales (Ifes), dependiente de UGT. Pese a que estaba contratado como auxiliar administrativo, su nómina se abonó con cargo a los gastos de los cursos que impartía el sindicato con la subvenciones que recibía de la Junta, como informó EL MUNDO. Moriche figuró como formador en un total de 102 cursos diferentes, organizados con los fondos recibidos de la Junta.

Gracias a la investigación del Parlamento, se ha podido conocer también la relación completa de cursos en los que supuestamente participó José María Moriche y que abordaban cuestiones tan dispares como la informática, las energías renovables o la formación para vigilantes de seguridad.


Susana Díaz trató de esquivar las preguntas sobre su esposo y proclamó: «Me he casado con un tieso, sí», para remarcar que las nóminas de su marido oscilaban entre los 700 y los 1.200 euros.


El número dos del PSOE.

Gracias a la documentación que llegó a la comisión de investigación se descubrió que la esposa del ex número dos del PSOE andaluz Rafael Velasco cargó la luz del domicilio familiar a un curso de formación que la Junta le concedió a su academia, como informó este diario. La Administración autonómica otorgó ayudas por 730.000 euros a Aulacen Cinco SL en cuatro años.

Velasco dimitió en octubre de 2010 como diputado en el Parlamento andaluz y como vicesecretario general del PSOE andaluz, a raíz de las informaciones publicadas por este diario sobre las subvenciones de la Junta para cursos recibidas por la empresa de su esposa.


Testimonios reveladores.

Los diputados han podido conocer de primera mano el alcance del presunto fraude a través de testimonios que resultaron de lo más reveladores, como el del testigo protegido y el de un empresario que confesó las irregularidades con las ayudas de la Junta para los cursos.

El testigo protegido es el funcionario que fue víctima de acoso en la Junta tras denunciar irregularidades en la formación. Este funcionario relató ante la juez Mercedes Alaya todos los desmanes que había presenciado en su puesto de jefe de departamento de Gestión de Formación Profesional Ocupacional (FPO) en la Delegación en Sevilla de Empleo. Tras sus revelaciones, la juez lo declaró testigo protegido.


Compareció en el Parlamento el 22 de abril y contó que los cursos eran el «negocio del siglo en la Junta», con la connivencia de los altos cargos del Gobierno andaluz, a los que señaló como responsables. También detalló el «desastre y caos» con los cursos y el «trato muy favorable» de la Junta a la patronal andaluza, la CEA, y los sindicatos UGT y CCOO. Ahora, el PSOE pretende que el presunto fraude de los cursos se vuelva contra el testigo protegido, ya que quiere que la comisión de los cursos lo denuncie a la Fiscalía por falso testimonio.


Por su parte, el empresario José María Pérez González, vinculado a tres entidades que recibieron ayudas de la Junta para cursos, confesó en el Parlamento la existencia del fraude, al reconocer que con subvenciones finalistas en las que el 100% se debe destinar a las acciones formativas lograba ganancias de un 20%. Fue el 29 de marzo.


“No se hacer chorizos”

Muy significativo fue, igualmente, la declaración ante la comisión de Javier Martín Redondo, alumno de un curso subvencionado por la Junta, que relató un rosario de irregularidades. Entre marzo y septiembre de 2010, hizo un curso de 500 horas de elaborador de productos cárnicos, pero no aprendió nada. «Tengo el título de elaborador de productos cárnicos de la Junta y no soy capaz de elaborar un chorizo, no me han enseñado», sentenció tras admitir que eran los propios alumnos los que se «autoexaminaban» copiando las respuestas.

Ron y Pez Espada.

Las subvenciones de la Junta para los cursos fueron desviadas y costearon todo tipo de artículos. Al Parlamento llegaron las facturas que el ex alcalde socialista del municipio onubense de Punta Umbría, Gonzalo Rodríguez Nevado, cargó al Gobierno andaluz para justificar las ayudas millonarias que recibió, entre las que hay más de 80 kilos de pez espada, 20 muñecas de comunión «de lujo» y al menos 24 botellas de ron Legendario de 7 años.

Rodríguez Nevado, que dimitió como alcalde entre los aplausos de la plana mayor del PSOE de Huelva tras ser detenido e investigado en las pesquisas del presunto fraude de la formación, recibió durante su etapa como regidor 1.143.000 euros en subvenciones de la Junta.


Fondos Bloqueados por la UE.

El testimonio de una interventora de la Junta ante la comisión sirvió para conocer una información que el Gobierno de Susana Díaz había mantenido oculta: que la comunidad llevaba desde 2014 sin cobrar subvenciones del Fondo Social Europeo ante las irregularidades detectadas en las ayudas para los cursos y también en otras materias.




TRIBUNALES

El fallo dice que no actuó a sabiendas
El TSJA absuelve al ex consejero Alonso pese a que declara la "ilegalidad" de los cargos 'fantasma'


·       La sentencia dice que tomó decisiones ilegales, pero "no por ser ilegal, una resolución es injusta" o prevaricadora

La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía reduce a irregularidad administrativa el caso de los asesores 'fantasma' en la Consejería de Cultura y absuelve al ex consejero Luciano Alonso, que firmó los nombramientos, causa por la que se sentó en el banquillo los pasados días 30 y 31 de enero y sobre el que pesaba la acusación de un delito de prevaricación. La Fiscalía estudia la sentencia y anuncia que "probablemente" presentará recurso de casación.

La sentencia, difundida este viernes y acordada por unanimidad de los tres magistrados que formaban el tribunal, declara expresamente que "la ilegalidad de los nombramientos es clara", pero añade que "el dolo o patente conciencia de antijuridicidad no puede entenderse plenamente acreditado" en la causa. El ex consejero sale absuelto pese a que la contratación de Luis Guerrero, director del Centro de Documentación del Flamenco, Alejandro Cárdenas, de la Filmoteca de Andalucía, y María Centeno, que le sucedió en el cargo, "conectados a funciones relacionadas con la actividad política de la Consejería, alejados físicamente de los centros de destino y de sus funciones específicas, revela decisiones irregulares -ilegales- para las que el ordenamiento jurídico no facultaba al titular de la Consejería, a cuyo criterio no queda convertir esos puestos de trabajo, creados por decretos del Consejo de Gobierno para alcanzar finalidades específicas, en puestos con funciones distintas".


En favor de Alonso, la sentencia declara asimismo que "no consta probado" que el consejero utilizó las facultades que le confería su cargo "para beneficiar a personas relacionadas con el PSOE con puestos de libre designación y naturaleza eventual, a sabiendas de la absoluta falta de idoneidad de los nombrados para el desempeño de las funciones que dichos puestos tenían asignadas legalmente", como alegaba el fiscal. Tampoco consta que Alonso interviniera activamente en el proceso de búsqueda y selección de los contratados ni que los tres nombramientos se debiesen a "algún tipo de presión o enchufe" por parte del entonces consejero.


Alonso se enfrentaba a una petición de la Fiscalía de nueve años de inhabilitación y una multa diaria de 20 euros durante veinte meses, después de que el Tribunal rechazase la acusación de falsedad continuada, sobrevenida durante la vista oral. La sentencia, tras el juicio que presidió el titular de Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), Lorenzo del Río, no aprecia los elementos subjetivos y objetivos que darían a la conducta irregular de Alonso la comisión del delito de prevaricación, ya que no considera que el ex consejero Alonso actuase "a sabiendas" de la ilicitud de su conducta o con ilegalidad "absolutamente inexplicable" cuando nombró los asesores 'fantasma' para atribuirles funciones distintas a las de su cargo.


En este sentido, el fallo judicial rehúsa como premisa de partida entrar a valorar "ética o estéticamente" la actuación enjuiciada para centrarse "exclusivamente" en la posible ilicitud penal del ex consejero cuando habilitó "con su firma la contratación de tres personas como eventuales de confianza", pero singularizados en cuanto a las funciones concretas que debían desempeñar. La sentencia subraya que "en ningún momento del juicio, la defensa ha acreditado la imposibilidad de conseguir idénticas "necesidades públicas en defensa del interés general" aprovechando el resto de personal y funcionarios a disposición de la Consejería.


Aquí, la sentencia se detiene a comentar la base de la defensa de Alonso, que apeló al artículo 73 de la normativa de función pública autonómica, que permitiría por necesidades del servicio la reasignación de funciones. El fallo judicial establece que tal medida está reservada a funcionarios y "no justifica la confusión de las funciones de los distintos puestos de trabajo ni la posibilidad de la Administración de intercambiarlos de modo generalizado y permanente", por lo que ha sido "mal interpretado y usado": el precepto "parte de la premisa de una persona concreta que ya ocupa un puesto de trabajo preexistente, pero no cuando todavía no se ocupa ningún empleo y ab initio el nombrado comienza sus funciones en lugar distinto al Centro de destino y en tareas diferentes u opuestas a las específicas del cargo". Para la Sala "no cabe aplicar el precepto a los nombramientos examinados", si bien reconoce, al mismo tiempo, que "no es totalmente ajeno al conflicto de autos" debido a "la difusa y controvertida configuración de la categoría de personal eventual", ante "la excepcionalidad de esta figura y la necesidad de depurar y modificar esta 'subespecie' singular, completamente ajena a los principios básicos del empleo público constitucional, tanto por la forma de acceso como por los principios que rigen el ejercicio de sus funciones".


El tribunal, en todo caso, considera que "aun conscientes de encontrarnos ante una conducta irregular, no amparada en la normativa y reprochable administrativamente, que afecta a la imagen y credibilidad de la Administración, resulta obligado dictar una sentencia absolutoria en el plano penal", pues señala que "no basta que una resolución administrativa sea contraria a derecho para que constituya un delito de prevaricación". Así, la sentencia diferencia entre una resolución ilegal que "no por ser ilegal es una resolución injusta". La injusticia "supone un 'plus' añadido a la contradicción con la norma, que es lo que justifica la intervención del derecho penal", en lugar de la jurisdicción contencioso-administrativa.


El delito de prevaricación, según la sentencia, se comete "por dictar, a sabiendas de su injusticia, una resolución arbitraria en un asunto administrativo", para lo que debe haber un tipo objetivo -dictar una resolución injusta por arbitraria-, y otro subjetivo -haber realizado la accción a sabiendas de la injusticia-. En este sentido, apunta los requisitos esenciales del delito de prevaricación son: en primer lugar, una resolución dictada por autoridad o funcionario en asunto administrativo; en segundo lugar, que sea objetivamente contraria al Derecho, es decir, ilegal; en tercer lugar, que esa contradicción con el derecho o ilegalidad, que puede manifestarse en la falta absoluta de competencia, en la omisión de trámites esenciales del procedimiento o en el propio contenido sustancial de la resolución, sea de tal entidad que no pueda ser explicada con una argumentación técnico-jurídica mínimamente razonable; en cuarto lugar, que ocasione un resultado materialmente injusto; y, en quinto lugar, que la resolución sea dictada con la finalidad de hacer efectiva la voluntad particular de la autoridad o funcionario y con el conocimiento de actuar en contra del derecho".


Para la Sala, no se ha acreditado, por un lado, "la concurrencia del elemento objetivo -contradicción con el derecho o ilegalidad absolutamente inexplicable- y tampoco se ha acreditado "el elemento subjetivo -actuar a sabiendas de una flagrante ilegalidad-". En la causa, añade la sentencia, "concurren los dos primeros (resolución dictada por autoridad en asunto administrativo y objetivamente contraria al Derecho, es decir, ilegal), pero no el tercer requisito, ya que esa contradicción con el derecho o ilegalidad no es absolutamente inexplicable; es decir, que no pueda ser explicada con una argumentación técnico-jurídica mínimamente razonable, toda vez que no resulta absolutamente extraño a la actuación de que tratamos el invocado art. 73.2, sino incorrecta la interpretación que del mismo se hace por los técnicos de la Administración en el ejercicio de la función de análisis de las normas dentro del ámbito de sus competencias".


TRIBUNALES
La Fiscalía, a por otro ex consejero andaluz por el fraude de los cursos




·       Pide la imputación de Manuel Recio en la causa del fraude de la formación por los 33,3 millones de Delphi




El presunto fraude de los cursos de formación subvencionados con casi 3.000 millones de euros durante una década por la Junta de Andalucía sigue muy vivo en los tribunales, a pesar del último carpetazo de la juez de Sevilla María Núñez Bolaños a la conocida como pieza política, en la que había una veintena de ex altos cargos y tres ex consejeros del Gobierno andaluz.

Precisamente, uno de esos ex consejeros de Empleo, entre 2010 y 2012, Manuel Recio, se acaba de librar de la pieza política de la formación, pero finalmente se ha visto implicado en otra de las ramas en las que está desgajada la investigación sobre los cursos.


La Fiscalía Anticorrupción ha pedido a la juez que cite a Recio como investigado -antes imputado- por las irregularidades en las subvenciones para cursos por valor de 33,3 millones de euros concedidas por la Junta al entramado empresarial de Ángel Ojeda, el también ex consejero andaluz reconvertido en empresario de la formación que contaba con una cuñada al frente de los cursos en la cúpula del Gobierno andaluz, la ex directora general Teresa Florido.

En esta pieza, ya figura como imputado el que fuera consejero de Empleo de la Junta de Andalucía entre 2004 y 2010, Antonio Fernández, uno de los principales acusados en el caso ERE.


Los 33,3 millones de euros en el punto de mira son las subvenciones excepcionales para cursos, concedidas por la Junta en la etapa de Fernández y gestionadas con posterioridad por Recio, al conglomerado empresarial de Ojeda para hacer frente a la crisis de la factoría de Delphi, que cerró sus puertas en el año 2007 en la localidad gaditana de Puerto Real, dejando en la calle a unos 2.000 empleados.


Sin embargo, aquellas ayudas resultaron un fiasco. Durante los cursos, los alumnos se dedicaron a visitar bodegas y ver películas tales como El increíble Hulk, como publicó EL MUNDO. Además, existen indicios de que buena parte de los fondos millonarios percibidos por las empresas de Ángel Ojeda, en lugar de destinarlos a la realización de los cursos, se destinaron a simular contratos de trabajo con los antiguos empleados de Delphi.


Asimismo, había una contratación irregular de alumnos con empresas del mismo grupo de Ojeda, subcontratación irregular que se habría efectuado con la finalidad de desviar los fondos a otras sociedades y dificultando su seguimiento, destaca un auto sobre este asunto.


La macrocausa de la formación, que comenzó a investigar la juez Alaya, fue desgajada en nueve piezas por su sucesora Núñez. Además de la referida a Ojeda, están los consorcios de la Junta, en los que presuntamente se desviaron ayudas de formación a cabalgatas de reyes magos o a la compra de jamones. Otra pieza importante es la del ex número dos del PSOE andaluz Rafael Velasco, cuya mujer también recibió ayudas del Gobierno andaluz para cursos, lo que provocó su dimisión cuando este diario publicó el caso en 2010.




CASO FORMACIÓN

La juez Núñez devuelve a Empleo expedientes de cursos sin investigar











La juez María Núñez Bolaños

Tras dar carpetazo a la pieza política del caso Formación, María Núñez Bolaños ha acordado el «desprecinto» de dos despachos de las antiguas oficinas del Servicio Andaluz de Empleo (SAE) en Sevilla y el traslado de miles de expedientes de cursos archivados allí a unas nuevas dependencias, tal como le había pedido la Consejería de Empleo. El PP, acusación popular en este caso, se opone a que se autorice a la Junta a acceder a cientos de expedientes originales sin haber sido analizados. En un recurso de reforma presentado el 30 de enero pasado, los letrados del Partido Popular advierten de la «incongruencia» de que haya «sobreseído precipitadamente la causa sin practicar las diligencias necesarias para el esclarecimiento de los hechos y sin haberse dado traslado a las partes de la documentación incautada, ni haber permitido a la UCO (Guardia Civil) la investigación de la misma».

El 19 de agosto de 2014, hace ya casi dos años y medio, la Unidad Central Operativa (UCO) precintó dos despachos en la sede que Empleo tiene en el polígono de Hytasa. Con esta medida —autorizada por la juez que abrió el caso Formación, Mercedes Alaya—, los investigadores perseguían que nadie pudiera manipular los originales de los expedientes de los cursos subvencionados por la Administración con el fin de examinarlos.

La llegada de Núñez al juzgado de Instrucción 6 de Sevilla dio un giro de 180 grados a este caso. El pasado 11 de octubre, la instructora acordó archivar la causa argumentando que sólo hay «irregularidades administrativas o, en su caso, de menoscabo de fondos públicos» en la actuación de los 24 ex responsables del Servicio Andaluz de Empleo (SAE) investigados por el fraude de los cursos en Andalucía.

Mediante una providencia firmada por ella el 23 de enero, Núñez permite que la Consejería pueda disponer ya de estos miles de expedientes «no objeto de investigación». Previamente, en otro escrito, la Fiscalía Anticorrupción afirmó que «no se opone al desprecinto y traslado de los expedientes que, a la vista del estado de las presentes diligencias, no constituyen, ni lo han sido nunca, objeto material de investigación por la UCO». También apoyó que sean devueltos a la Administración los expedientes de las ayudas que están en poder del juzgado.

En el recurso de reforma que ha presentado el PP contra la providencia de la discordia, esta acusación popular argumenta que «a pesar de que el propio Ministerio Fiscal señala que los despachos precintados y los expedientes no han sido investigados en la presente causa, su señoría acuerda el desprecinto y traslado de los expedientes, en un claro ataque al derecho a la tutela judicial efectiva y transgrediendo el derecho a un proceso con todas las garantías». Recuerda que la juez «está incursa en causa de abstención».


El PP solicita que revoque la providencia y en su lugar acuerde «la inmediata entrega a la UCO y a las partes de los expedientes que se pretenden devolver para su análisis y, consecuentemente, la reapertura de las presentes diligencias previas».

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Identifícate para poner comentarios.
Los comentarios solo se podrán poner durante unos días...