jueves, 2 de julio de 2015

Maxima difusión.Asunto: La Inspeccion de Trabajo requiere a la Junta a corregir las cotizaciones del ultimo semestre de 2012

El  SAF de Cádiz nos informa a todos, gracias... Fecha: 1 de julio de 2015, Asunto: La Inspeccion de Trabajo requiere a la Junta a corregir las cotizaciones del ultimo semestre de 2012


Documento:  JUNTA DE PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA SERVICIOS PERIFÉRICOS EN CÁDIZ 





Nos dicen.

Estimados compañeros,

como recordaréis una de las consecuencias de los recortes que sufrimos en el año 2012 fue una bajada cotización general para casi todos nosotros, a fin de dar la sensación de que el recorte que nos habían aplicado había sido menor de lo que realmente había sido.

La Junta de Andalucía decidió de motu propio reducir la base de cotización que nos correspondía a cada uno de nosotros, ignorando que propio el propio Real Decreto del Estado preveía una base de cotización mínima garantizada para evitar que tal reducción afectase a las cotizaciones. No hace falta recordar hasta qué punto es importante este mínimo, puesto que minorar nuestras cotizaciones incide directamente en los importes de jubilaciones, incapacidades, etc…
El mínimo al que hacemos referencia fue regulado en la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 2012, que estableció en su artículo 120 apartado Dieciséis que ".. para el año 2012 como referencia la base de cotización que cada funcionario la que hubiese percibido en diciembre de 2010, salvo que por razón de las retribuciones que percibieran pudiera corresponde una de mayor cuantía, en cuyo caso será ésta por la que se efectuará la cotización mensual...”.  A efectos de lo indicado en el párrafo anterior, de la base de cotización correspondiente al mes de diciembre de 2010 se deducirán, en su caso, los importes de los conceptos retributivos que tengan una periodicidad en su devengo superior a la mensual o que no tengan carácter periódico y que hubieran integrado dicha base sin haber sido objeto de prorrateo.
Comoquiera que la Junta decidió no respetar la base de cotización mínima que establecía la norma estatal la Inspección de Trabajo de la Seguridad Social le hizo varios requerimientos para que corrigiera esta actuación. A partir del 1 de Enero de 2013 la Junta efectivamente comenzó de nuevo a cotizar por las cantidades correctas. Sin embargo no hizo nada respecto de las cuotas dejadas de ingresar respecto al  periodo de julio a diciembre de 2012.
Durante este tiempo ha de destacarse que la Sentencia dictada en el recurso de apelación no 214/2014 de cuatro de diciembre de 2014 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sección Segunda, de Sevilla, que es firme, ya se ha pronunciado sobre la aplicabilidad a los empleados públicos de la Junta de Andalucía de la medida regulada por la norma estatal relativa a la base de cotización garantizada a que se ha hecho referencia.
Como consecuencia de este incumplimiento la  Inspección  de Trabajo y Seguridad Social ha practicado liquidación de las cotizaciones ingresadas por la Junta respecto a sus funcionarios relativos al periodo julio – diciembre de 2012, lo que obliga a la Junta de Andalucía a regularizar las cotizaciones de todos sus funcionarios.
Con posterioridad hemos recibido en la Junta de Personal un escrito de la Inspección  de Trabajo y Seguridad Social de Andalucía por medio de cual nos notifica, como representantes legales de los trabajadores, las actas de liquidación de las cuotas de la Seguridad Social levantadas a la Junta de Andalucía por las cuotas dejadas de ingresar respecto al  periodo de julio a diciembre de 2012.
Desde la Junta de Personal nos hemos puesto en contacto con los Inspectores de Trabajo actuantes que nos han informado con detalle de este tema. Se nos recomienda a todos los funcionarios consultar nuestras bases de cotizaciones del periodo julio y diciembre de 2012 y compararlas con la de diciembre de 2010 (hacer la consulta a través de la web de la seguridad social con certificado digital INFORMES DE BASES DE COTIZACION
 no a través de las nóminas de la web del empleado, ya que pueden no coincidir porque la Junta haya procedido a realizar compensaciones de dichas bases de cotizaciones con posterioridad)
En conclusión, hay que ver si las cotizaciones de ese periodo de 2012 son inferiores a la de diciembre de 2010, y, de ser así, habrá que esperar a que la Junta de Andalucía proceda a regularizar las mismas a través del ingreso de las cuotas que la Inspección de Trabajo les está reclamando.
Por parte de SAF, dada la gravedad de este asunto, os mantendremos informados de cualquier cambio o nueva actuación que surja sobre este tema.
Saludos

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