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FUNCIÓN PÚBLICA
Nuevo frente judicial en la Consejería de Empleo
El Supremo
analiza el entramado de la 'administración paralela' de la Junta
- El TS ve el cambio de estatutos en la Agencia IDEA avalado por el TSJA que busca saltarse controles
El Tribunal
Supremo (TS) analizará otra vez el entramado de la conocida como
'administración paralela' de la Junta de Andalucía, formada por una extensa
red de empresas públicas, fundaciones, agencias y entes de todo tipo.
En esta ocasión, el Supremo tendrá que pronunciarse sobre la legalidad del cambio de estatutos en la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA)
impulsado a través de un decreto por el consejero de Empleo, Empresa y
Comercio, José Sánchez Maldonado.
El cambio normativo podría esconder el interés del Gobierno andaluz en saltarse los controles a la hora de repartir
subvenciones, por ejemplo, como ha alertado la Asociación de empleados públicos
de la Junta Defiendo mi Derecho y la Gestión Pública, que ha planteado el recurso de casación ante el Supremo contra el decreto de IDEA.
La agencia pública empresarial IDEA se sitúa en el epicentro del mayor caso
de corrupción de la historia andaluza, como caja pagadora de los ERE,
que está investigando el Juzgado de Instrucción 6 de Sevilla. Este escándalo
acumula ya unos 250 investigados, entre ellos los ex presidentes del Gobierno
andaluz Manuel Chaves y José Antonio Griñán.
La Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Supremo acaba de admitir a trámite el recurso de casación interpuesto por la
asociación Defiendo mi Derecho y la Gestión Pública contra una sentencia del
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) fechada el pasado 24 de
febrero que avaló el cambio de estatutos en la Agencia IDEA.
Con el pretexto de adaptar esta Agencia a la polémica Ley de Reordenación
del Sector Público andaluz, más conocida como ley del enchufismo -supuso la integración en la Administración
de más de 25.000 trabajadores del entramado de agencias, empresas y fundaciones
públicas y provocó decenas de manifestaciones de los funcionarios-, el Gobierno andaluz aprobó el 26
de agosto de 2014 el decreto que modifica los estatutos de la Agencia IDEA.
Un cambio relevante es el que atribuye al Consejo Rector de IDEA las
funciones de autorizar y aprobar las actuaciones e inversiones cuyo compromiso
de pago, gasto o riesgo sea superior a 450.000 euros e inferior o igual a 3.005.060,52 euros, frente a los 1,2 millones anteriores.
El Consejo de Gobierno ratificará posteriormente aquellas autorizaciones de
gasto que superen esta cantidad, equiparándola así con los límites previstos en
la Ley de la Hacienda Pública de Andalucía.
Respecto a las competencias, los nuevos estatutos especifican que
corresponde a la Agencia IDEA la gestión de los denominados «fondos sin personalidad jurídica, o fondos reembolsables».
Según la Junta, estos fondos han permitido formalizar
1.378 operaciones por un importe global de 544,4 millones de euros, con una
inversión generada 1.775,2 millones de euros desde 2009, cuando se crearon.
La sentencia del TSJA que avala el cambio en los estatutos en IDEA destaca
que es la Ley de Reordenación del Sector Público andaluz, y no el decreto
impugnado, la que cambia «su naturaleza jurídica, sometiéndola al Derecho
Administrativo y, por tanto, la que atribuye las potestades
administrativas correspondientes».
Pese a los múltiples frentes judiciales que se abrieron contra la Ley de Reordenación del Sector Público y las nuevas agencias de la Junta,
tanto elTribunal Supremo como el Constitucional le dieron el visto bueno.
Pese a avalar prácticamente en todo el decreto sobre IDEA -tan sólo anula
una disposición final sobre la empresa de la ITV Verificaciones Industriales de
Andalucía (VEIASA)-, el fallo del TSJA avisa de que repartir subvenciones, abrir expedientes de reintegro
para exigir la devolución de ayudas o hacer inspecciones son tareas reservadas por ley a los funcionarios, y aunque se desarrollen en
agencias públicas empresariales como IDEA, deben ser ejercidas por el personal
que tiene las competencias.
La Asociación Defiendo mi Derecho ha afirmado que esta sentencia del TSJA pone en cuestión a las 19 agencias públicas empresariales de la Junta, porque en
ellas no hay funcionarios suficientes para ejercer estas potestades públicas. Y
si el proceso no es correcto, todo ello sería anulable por los tribunales, han
avisado.
«No basta con que los actos finales sean dictados y firmados por el
presidente de la Agencia, pues esa toma de decisión debe ir precedida de la
instrucción de unprocedimiento que incumbe exclusivamente a los funcionarios»,
subraya la sentencia del TSJA recurrida en casación ante el Supremo.
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