El interventor no
pudo hacer nada ante la «pasividad» de la Junta para frenar las ayudas
irregulares a ERE
- Raya, interventora de la agencia IDEA, salva el papel del órgano que velaba por la legalidad y afirma que las ayudas «escaparon» al control previo
Una interventora
afirma que las ayudas de los ERE se dieron sin control hasta 2011.
- María Luis Raya asegura que no fue hasta este año cuando se produjo "el cambio real" para someter los pagos a regulación.
- Otra interventora, Rosario Lobo, confirma que no había "fiscalización previa" pero no pudo detectar menoscabo de fondos porque la documentación no incluía el expediente de gasto
La
Audiencia señala a los políticos en el caso ERE: los funcionarios no tenían
"poder decisorio"
Ojo al dato. ¿la Audiencia habla de funcionarios? pues como que no....
- La Sección Séptima exculpa a la ex asesora de la Dirección de Trabajo María José Rofa de una de las piezas separadas en las que estaba imputada.
- El 'yo acuso' de la testigo clave de los ERE.
Conclusión.
http://www.elmundo.es/andalucia/2018/05/31/5b0fa969e2704e857e8b4656.html
http://sevilla.abc.es/andalucia/sevi-interventor-no-pudo-hacer-nada-ante-pasividad-junta-para-frenar-ayudas-irregulares-201806041314_noticia.html
http://www.elmundo.es/andalucia/2018/06/08/5b1ab71e268e3e6f068b461a.html
Una interventora afirma que las ayudas de los ERE se dieron sin control hasta 2011
http://sevilla.abc.es/andalucia/sevi-interventor-no-pudo-hacer-nada-ante-pasividad-junta-para-frenar-ayudas-irregulares-201806041314_noticia.html
http://www.elmundo.es/andalucia/2018/06/08/5b1ab71e268e3e6f068b461a.html
Una interventora afirma que las ayudas de los ERE se dieron sin control hasta 2011
- María Luis Raya asegura que no fue hasta este año cuando se produjo "el cambio real" para someter los pagos a regulación.
- Otra interventora, Rosario Lobo, confirma que no había "fiscalización previa" pero no pudo detectar menoscabo de fondos porque la documentación no incluía el expediente de gasto
María Luisa Raya, interventora desde 2013 del Control Financiero Permanente de la Agencia de Innovación y Desarrollo
de Andalucía (IDEA), anterior Instituto de Fomento de Andalucía
(IFA), ha declarado este miércoles que las ayudas concedidas por la Dirección
General del Trabajo a trabajadores y a empresas en crisis en los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares se dieron
sin fiscalización previa y sin control hasta 2011.
Así lo ha manifestado Raya en la sesión de
tarde de este miércoles del juicio que celebra la Sección Primera de la
Audiencia Provincial de Sevilla contra 22 ex altos cargos de la Junta por el
procedimiento específico por el que se concedían las ayudas sociolaborales a
trabajadores y a empresas en crisis en los ERE.
En concreto, en virtud del convenio marco
firmado en julio de 2001 entre la Consejería
de Empleo y el IFA, éste pagaría las
ayudas concedidas por la Dirección General de Trabajo con cargo al programa
presupuestario 31L que la Dirección General allegaba al instituto a través de
transferencias de financiación.
Ya en abril de 2010 se aprueba el cambio
de modelo, usando la encomienda de gestión como herramienta de financiación de
las ayudas, cuyo
pago materializa IDEA, en lugar de las transferencias de financiación. Además,
ya había procedido a sustituir los convenios particulares para la concesión de
ayudas por las resoluciones de pago.
Raya, a preguntas del Ministerio Fiscal, ha
explicado que estas ayudas investigadas se concedieron sin fiscalización previa y sin control
hasta el año 2011, cuando
llega "el cambio real" con la Orden de abril de 2011, por la que se
aprueban las bases reguladoras de las ayudas sociolaborales destinadas a
trabajadores afectados por expedientes de reestructuración de empresas en la
comunidad.
En 2011, según la testigo, se aprueba
"una regulación real de la concesión de las subvenciones con fiscalización
previa y control, actuando IDEA como entidad colaboradora".
Raya, autora de informes definitivos de Control
Financiero Permanente de IDEA desde el correspondiendo al ejercicio 2009, ha señalado
que se ha hecho un uso "inadecuado" de las transferencias de
financiación para financiar las ayudas.
Así, ha indicado que los expedientes
administrativos de las ayudas estaban en posesión de la Consejería de Empleo que
no las fiscalizaba, porque el expediente de gasto se hacía sobre las
transferencias de financiación usadas para financiar las ayudas. Esto es, se
fiscalizaba la transferencia de dinero de la Dirección General de Trabajo a
IDEA por la cuantía total de las ayudas, no los expedientes de gastos de cada
ayuda en sí.
Con la encomienda de gestión, "se siguen
otorgando ayudas sin fiscalización previa, porque el expediente de gasto era
sobre la encomienda de gestión y no sobre la ayuda". "IDEA sólo
pagaba las ayudas que concedía Empleo".
Es cierto que Raya ha indicado que el crédito
presupuestario de subvenciones usado para la encomienda era el correcto, pero
se seguía realizando la fiscalización previa sobre el dinero enviado a IDEA a
través de la encomienda de gestión y no sobre la ayuda concedida por la
Dirección General de Trabajo. "Con la encomienda de gestión también se
omitía la fiscalización previa", ha insistido la interventora.
De otro lado, ha explicado que las transferencias de financiación
en el procedimiento de concesión de ayudas investigado en esta causa
"se estaban usando
mal", porque son instrumentos para hacer frente a gastos de explotación e
inversiones, pero gastos de explotación propios "no encomendados". "Con las
transferencias de financiación no se pueden hacer acciones encomendadas, sí con
la encomienda de gestión", ha precisado.
Para Raya, el uso "inadecuado" de las
transferencias de financiación "no se puede
imputar" a IDEA, sino a
la Consejería de Empleo, aunque ha precisado que "IDEA también colaboraba
con ese uso", al tiempo que ha indicado que la Consejería de Innovación
pagó con fondos propios ayudas dadas por la Dirección General de Trabajo.
De otro lado, entiende que el desfase
presupuestario en IDEA viene por la diferencia entre los créditos recibidos de
la Consejería de Empleo por la agencia para el pago de las ayudas y los
compromisos adquiridos de la Dirección
General de Trabajo con los beneficiarios de las ayudas. "Al
cierre de 2009 era de 2,7 millones", ha asegurado.
La declaración de Raya, tras responder a las
preguntas del abogado Alfonso
Martínez del Hoyo, que defiende al exconsejero de Empleo Antonio
Fernández y cuyo interrogatorio se ha visto interrumpido varias veces por el
tribunal por hacer "conjeturas e hipótesis en algunas cuestiones,
continuará en la sesión del próximo lunes.
Rosario Lobo, interventora de la Junta
Previamente a Raya había declarado ante el
tribunal de los ERE la interventora Rosario
Lobo , que aseguró que vio en los expedientes
administrativos para conceder las ayudas investigadas en el caso ERE "irregularidades administrativas" y que se daban "sin fiscalización
previa" pero no pudo detectar menoscabo
de fondos públicos porque la documentación no incluía el
expediente de gasto.
Lobo fue Jefa
del Servicio de Fiscalización de la Intervención de 2000 a 2012 y el interventor general Manuel Gómez -uno de
los acusados- junto al interventor delegado del control financiero de IDEA
Ignacio García Revilla le encomendaron analizar una veintena de expedientes de
ayudas concedidas por Empleo para un informe adicional al de cumplimiento del
ejercicio 2003 de IDEA (remitido en 2005).
Ella no hizo las conclusiones del informe -que
determinaba que las ayudas se daban prescindiendo del procedimiento legalmente
establecido- sino unas notas con las "irregularidades
administrativas" y "deficiencias"
detectadas en
cada expediente.
Entre ellas ha citado que no había una
delegación de competencias para que otorgara las ayudas el director de Trabajo
en vez del consejero o que no constaba solicitud, irregularidades
"imputables a la Dirección General de Trabajo".
Preguntada por el fiscal si detectó riesgo de
menoscabo de fondos públicos, ha respondido: "En la documentación que yo
examiné, no. Simplemente que se estaban tramitando unas subvenciones de una
forma irregular administrativamente".
Posteriormente ha explicado que esa
documentación se limitaba al expediente "hasta el momento de la
concesión" de las ayudas que a su juicio eran excepcionales pero no incluían órdenes de pago ni nada relativo al
destino de las mismas, por lo que al no haber un expediente de gasto
imputándolo a una consignación presupuestaria (pues el gasto lo hacía IDEA al
pagar), no podía detectar riesgo de menoscabo de fondos públicos.
"Del documento en el que se formaliza la
concesión de la subvención no se puede deducir que haya menoscabo de fondos
públicos", ha insistido.
Sí ha dejado claro que eran ayudas
"concedidas por la Dirección General de Trabajo y ese órgano
administrativo está sometido a la fiscalización previa y esas ayudas no habían sido sometidas a
fiscalización previa".
Ha añadido que el control financiero
permanente que se hacía en IDEA "no
tienen nada que ver" al hacerse ese en
momento distinto "una vez acometidas las operaciones económicas".
La Intervención alertó en diferentes informes
de que era "inadecuado" usar transferencias de financiación a IDEA
para pagar ayudas de Empleo y la testigo ha ratificado que esa herramienta
financiera "no puede tener una finalidad determinada" sino que habría
que usar otras como transferencias de asignación nominativa o encomienda de
gestión (esta última se empezó a usar en 2010).
Al usar a IDEA para
pagar las ayudas, el interventor de Empleo no podía fiscalizar el gasto ya que
"la fiscalización de las transferencias de financiación no significa que
se estén fiscalizando las subvenciones" sino sólo el envío del dinero a
IDEA.
El interventor no pudo hacer nada ante la «pasividad»
de la Junta para frenar las ayudas irregulares a ERE
- Raya, interventora de la agencia IDEA, salva el papel del órgano que velaba por la legalidad y afirma que las ayudas «escaparon» al control previo
María Luisa Raya,
interventora de control financiero permanente de la agencia IDEA desde 2013, ha
declarado este lunes en el juicio de la pieza política del caso ERE que la
Intervención General de la Junta de Andalucía «no tiene ninguna capacidad» para actuar ante la «pasividad» de cualquier órgano gestor de la Administración autonómica
que comete irregularidades como sucedió con las ayudas para financiar
prejubilaciones y a empresas en crisis.
La Sección Primera de la
Audiencia de Sevilla está juzgando a 22 ex altos cargos autonómicos, entre
ellos los expresidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán, por el
procedimiento opaco y arbitrario de concesión, tramitación, financiación y pago
de las citadas ayudas, que comprometieron 855 millones de euros.
En su declaración como
testigo, Raya se ha pronunciado de este modo después de que José Rebollo,
abogado del exinterventor general de la
Junta Manuel Gómez Martínez -procesado
en esta causa-, le haya preguntado si tenía algún margen de maniobra un
interventor para «remover la pasividad» de los consejeros en el caso de que
hubiese emitido un informe de actuación para cambiar el sistema de las ayudas
ante las irregularidades detectadas y recogidas en sucesivos informes. Nada
podía hacer si tal informe hubiese sido desoído, dijo.
Este informe nunca se
emitió porque, a juicio de esta funcionaria, la agencia IDEA no era el ente que
daba las ayudas, sino que se limitaba a pagarlas, y
porque no se apreció menoscabo de fondos públicos en la gestión de las mismas.
La interventora de IDEA
explicó que desconocía los destinatarios del informe adicional de la
Intervención de la Junta remitido a tres consejerías distintas (Empleo,
Innovación y Hacienda) donde apuntaba que se estaba prescindiendo total y absolutamente del procedimiento
legalmente establecido.
María Luisa Raya, que esta
mañana ha contestado a las preguntas de la mayoría de defensas de los acusados,
ha relatado que las ayudas sociolaborales «están mal presupuestadas» porque «escapan a la fiscalización
previa», que es la que legalmente
le correspondía. Es decir, no se podía examinar el destino del dinero público
por parte del Intervención, que sólo podía fiscalizar cómo se enviaba el dinero
a IDEA a través de las llamadas
transferencias de financiación, una
herramienta presupuestaria que sólo puede emplearse para «financiar gastos
genéricos e inversiones» del ente que daba las ayudas. Sin embargo en los ERE
se utilizó de forma inadecuada para un fin concreto, que era financiar ayudas,
precisó.
El método de financiación
empleado por la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo, que
daba las ayudas, aunque en realidad las pagaba la agencia IDEA, impedía que existiera este control, según ha recordado en el juicio.
La Audiencia señala a los políticos en el caso ERE:
los funcionarios no tenían "poder decisorio"
- La Sección Séptima exculpa a la ex asesora de la Dirección de Trabajo María José Rofa de una de las piezas separadas en las que estaba imputada
La
Sección Séptima de la Audiencia Provincial ha señalado que los funcionarios de
la Junta de Andalucía y de sus empresas públicos no tenían "ningún poder decisorio" en
la tramitación de las ayudas sociolaborales
a trabajadores y a empresas en crisis concedidas por la Dirección General de
Trabajo en los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos.
Así
lo recoge el tribunal en un auto de fecha reciente, al que ha tenido acceso
Europa Press, y en el que estima el recurso de apelación interpuesto por la defensa
de María José Rofa, asesora
técnica de la Dirección General de Trabajo desde julio de 2008 y marzo de 2011,
coincidiendo principalmente con Juan Márquez como director general, y revoca
parcialmente el auto de 31 de octubre de 2017 de la juez de Instrucción número
6 de Sevilla, María Núñez Bolaños, que instruye la causa de los ERE, por el que
continuaba con las actuaciones contra Rofa y en su lugar, el tribunal decide
acordar el sobreseimiento provisional de
estas actuaciones contra la exasesora en la pieza separada de los ERE que
investiga las ayudas concedidas por importe de 34 millones de euros al
entramado empresarial conformado por José María Rosendo y José Enrique Rosendo
-ya fallecido- en la Sierra Norte de
Sevilla.
Antes
de entrar a analizar los motivos del recurso, el tribunal considera
"necesario hacer patente un dato
objetivo, que de todos los funcionarios de la Junta y de
sus empresas públicas que hayan podido participar de una manera material en los
hechos que se investigaban en la causa matriz de los ERE, tan sólo ha sido
investigada Rofa".
Igualmente,
puntualiza que el Ministerio Fiscal solicita que se estime el recurso de Rofa
por entender que desde su posición de mera funcionaria "no tenía ninguna capacidad de decisión en
relación con los hechos que se le imputan en esta causa".
Un testigo clave y colaboradora.
Tampoco
cabe olvidar, según el auto, recogido por Europa Press, que la colaboración de
Rofa en investigación de la causa matriz mencionada aportando la documentación
que tenía en su poder, así como por el contenido de sus declaraciones, ha
contribuido de modo importante al esclarecimiento de los hechos.
Para
la juez instructora Mercedes Alaya, Rofa "contribuyó" a esclarecer
los hechos, haciendo entrega a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia
Civil de 1.627 archivos electrónicos que ella guardaba de su labor en la
Dirección General de Trabajo.
Para
la Sección Séptima, es "indudable, como reconoce la propia Rofa, que la
misma participó en la gestión administrativa de los pagos realizados en
relación con las empresas de la Sierra Norte de Sevilla, en concreto en
relación con las empresas de Rosendo y Sayago y la empresa Virgen del Espino,
objeto de la presente causa, a consecuencia del "desorden y tramitación
caótica" de
los expedientes en general de estas ayudas en la época del director general
Francisco Guerrero, como se desprende de la declaración de su sucesor, Juan
Márquez Contreras, quién solicitó la incorporación de Rofa a esa Dirección
General.
"Ahora
bien, una cosa es participar en dicha gestión y otra cosa muy distinta es tener
capacidad de contenido decisorio o la capacidad de impedir la adopción de esa
decisión, capacidades que son las que tipifican la conducta de un funcionario
público tanto en el delito de prevaricación como en el de malversación", expone el
tribunal en el auto, en el que a este respecto hace referencia al libro
'Comentarios a nuevo código penal', dirigido por Gonzalo Quintero Olivares y
sentencias del Tribunal Supremo.
Para
el tribunal, Rofa, como sus demás compañeros, "no tenían ningún poder
decisorio" en la tramitación de las ayudas de los ERE concedidas por la Dirección General de Trabajo,
"ni en el sentido de poder influir en el contenido de la
decisión de sus superiores en cuanto al dictado de una resolución concreta, en
este caso en relación con las empresas de Rosendo y Sayago, así como sobre la
decisión de realizar el pago de esas ayudas", que correspondían al
director general y al Instituto de Fomento de Andalucía (IFA), posterior
Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA).
En
cuanto al delito de malversación, Rofa "carecía igualmente de cualquier
capacidad decisoria sobre el pago de esas ayudas", añade el tribunal,
quien señala que "desde su posición de funcionaria no tenía ninguna
posibilidad de impedir tanto la adopción de resoluciones como el pago de las
ayudas a que se referían lasmismas".
Por
ello, procede estimar el recurso de la defensa de Rofa y acordar el
sobreseimiento provisional de las actuaciones en cuanto a la apelante.
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