Nuevo pufo sin justificar en la Junta, esta vez en ayudas a viviendas
- Cámara de Cuentas encuentra otro pufo en los entes de 'enchufados' de la Junta
La Cámara de Cuentas no para de detectar pufos y agujeros multimillonarios sin justificar por la Junta de Susana Díaz. Tras los pufos multimillonarios en la Agencia Andaluza de Educación y en las agencias de ‘enchufados’ de la Junta en general por importe de 674 millones, y de un total de 3.385 millones de euros en todas las administraciones de la Junta.
ANDALUCÍA. Un
desfase de 302 millones entre el presupuesto de la Junta en vivienda y los
gastos del ente instrumental
EQUIPAMIENTO. La
Cámara de Cuentas detecta pagos sin justificar por programas de vivienda de la
Junta de Andalucía
- El órgano fiscalizador alerta del riesgo de prescripción de ayudas por el retraso en la fiscalización, según una auditoría de 2015
TRIBUNALES. El juez
ve conflicto pero no acoso de la Junta al testigo protegido del fraude de los
cursos
- Un juzgado desestima la demanda contra Empleo del funcionario que destapó las irregularidades en la formación.
Durante el juicio, como informó este diario, dos testigos corroboraron la situación de «hostilidad» y «aislamiento social» a la que se enfrenta a diario este trabajador. Ambos, que son funcionarios de la Junta, coincidieron en señalar que «el acoso se multiplicó por mil» y «empeoró» tras las denuncias judiciales del testigo protegido sobre las irregularidades que había con las ayudas para los cursos. Sin embargo, para el juez, estos testimonios no han sido suficientes para probar que haya acoso.
Para el juez, «no es lógico» que la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio reorganice el trabajo de los funcionarios encargados de la formación a través de una orden, «un instrumento de enorme relevancia para conseguir el efecto de hostigar a un jefe de departamento».
Para el juez, «no es lógico» que la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio reorganice el trabajo de los funcionarios encargados de la formación a través de una orden, «un instrumento de enorme relevancia para conseguir el efecto de hostigar a un jefe de departamento».
Conclusión: En Andalucía la corrupción es el sistema; vamos hacia otra conciencia: Dad y se os dará, Evangelio de la corrupción.
Cataluña, Declaración de independencia en Cataluña.
- La Generalitat deja sin sueldo a un 'mosso' por redactar denuncias en español en pleno artículo 155
El agente en cuestión ha esgrimido en su defensa, ejercida por el Sindicato de Policías de Cataluña (SPC) y sus letrados Javier Aranda y Sandra Melgar, que la orden que recibió era "ilegal e ilegítima". Y que en lugar de reconocerle el haber "sacado a la luz una práctica ilegal por parte de un miembro del Cuerpo de Mossos d'Esquadra, jugándose su dinero y su trabajo, se le ha obsequiado con un expediente" que tilda abiertamente de "montaje".
Nuevo pufo sin justificar en la Junta, esta vez en ayudas a viviendas
- La Cámara de Cuentas encuentra otro pufo en los entes de 'enchufados' de la Junta
La Cámara de Cuentas de Andalucía ha encontrado otro pufo en la Junta de
Susana Díaz. En esta ocasión, 4,38 millones de euros de pagos pendientes sin
justificar y una demora superior a cuatro años en la fiscalización del programa
vivienda, rehabilitación y suelo del ejercicio 2015.
La Cámara de Cuentas no para de detectar pufos y agujeros multimillonarios
sin justificar por la Junta de Susana Díaz. Tras los pufos multimillonarios en la Agencia Andaluza de Educación y
en las agencias de ‘enchufados’ de la Junta en general por importe de
674 millones, y de un total de 3.385 millones de euros en todas las administraciones de la Junta.
En su informe, el órgano fiscalizador denuncia que
debido la antigüedad de los vencimientos, que algunos se remontan antes del
2012, seguramente van a prescribir y pide que se “analice la procedencia o no
de exigencia de reintegro o de depuración de saldos”.
El pufo detectado ha sido pagado desde la Agencia de
Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA), enésimo organismo de la
gigantesca administración paralela que ha creado el PSOE-A, donde la oposición
denuncia que hay miles de ‘enchufados’ y donde los funcionarios, que no deben
nada a nadie, no pueden controlar los gastos.
Las certificaciones de pagos a beneficiarios de este
ente no acreditan la realización de la actividad en la justificación de las
transferencias. El programa, que se sacó de la administración para darle el
poder de gestión a esta Agencia, para otorgar dinero a la rehabilitación de
viviendas y de rehabilitación integral, renovación urbana y erradicación del
chabolismo, el llamado plan Renove.
La Cámara de Cuentas pide la documentación que
justifica esas ayudas entregadas por el ente a promotores de vivienda que
podrían tener un “eventual exceso de financiación”.
Como detalla el informe hay subvenciones de la
convocatoria de 2014 que se producen retrasos en los trámites de aprobación y
publicación de las bases reguladoras, la concesión de las subvenciones, la
justificación por las entidades gestoras colaboradoras, la revisión de las
justificaciones y la exigencia, en su caso, de reintegro, que “inciden en el
elevado índice de incumplimientos de las bases por los perceptores o
beneficiarios”.
La Cámara de Cuentas detalla que entre 2013 y 2015,
bajo el Gobierno de Susana Díaz, no hay un “plan ordenado, estructurado e integrado
de las diversas líneas de actuación de la Consejería en materia de vivienda,
rehabilitación y arquitectura, donde se definan y desarrollen objetivos,
programas, actividades e indicadores, así como los mecanismos y órganos
encargados de su seguimiento y evaluación” y pide la necesaria comprobación de
las justificaciones presentadas ya que es dinero público lo que está en juego.
ANDALUCÍA
Un
desfase de 302 millones entre el presupuesto de la Junta en vivienda y los
gastos del ente instrumental
La Cámara de Cuentas de Andalucía ha
cifrado en 302,1 millones de euros el
"desfase" entre la dotación presupuestaria del programa 43A de la
Consejería de Fomento y Vivienda sobre 'Vivienda, rehabilitación y suelo' y los
gastos generados por la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía
(AVRA) en los programas de gestión delegada -actuaciones realizadas por cuenta
de la Consejería-, de forma que a cierre de 2011 estaba cuantificado en 256,6
millones y se ha incrementado a cierre de 2015 un 18 por ciento hasta 302,1
millones.
En su informe de fiscalización sobre dicho
programa, correspondiente a 2015, la Cámara de Cuentas, en materia de auditoría
financiera, apunta que los estados del programa 43A "expresan la imagen
fiel de la ejecución del presupuesto de 2015, de conformidad con la norma y con
los principios contables y presupuestarios", salvo por una serie de salvedades, toda vez que "no se ha
facilitado la cuenta financiera a la que se han imputado el presupuesto de
gastos del programa 43A, lo que ha imposibilitado la verificación de los
gastos".
Además, considera que "la
imputación en el presupuesto por el importe neto de los ingresos y gastos de
las fianzas por arrendamiento y suministros resulta
contraria al principio de presupuesto bruto" y además ha indicado que
"los compromisos derivados de la concesión de préstamos reintegrables no
han sido reflejados en su totalidad en la liquidación del presupuesto de
gastos".
En materia de cumplimiento de la
legalidad, la Cámara de Cuentas también considera que las actividades
realizadas de las áreas de transferencias, subvenciones, devolución de fianzas, contratación, encomiendas y
convalidación de gastos del programa presupuestario 43A del ejercicio 2015
"resultan conformes con la norma de gestión de fondos públicos".
No obstante, entre las salvedades en
este apartado, el ente ha indicado que la justificación de las transferencias
nominativas de 2015 a AVRA para actuaciones del programa de ayudas Renove a la
rehabilitación de edificios y del programa de rehabilitación integral,
renovación urbana y erradicación del chabolismo, "se basa en
certificaciones de pagos que no acreditan la realización de la actividad".
Asimismo, ha apuntado que la cobertura
indirecta del déficit de los programas de gestión delegada incluidos en el
Programa de Actuación, Inversión y Financiación (PAIF) de AVRA, mediante
subvención nominativa de las cuotas por amortización de los préstamos
suscritos, "no se considera adecuada, en la medida en que no exige para su justificación la acreditación de
la aplicación a la finalidad establecida de los fondos obtenidos con los
préstamos subvencionados".
Apunta "desfases" en
las ayudas para subsidiación autonómica de cuotas de los préstamos hipotecarios
al promotor de viviendas, por "exceso entre la subvención justificada y la
efectivamente aplicada, por importe acumulado de 614.000 euros".
El informe apunta que en las subvenciones estatales al promotor de viviendas y
alojamientos protegidos, las ayudas a inquilinas en situación de
vulnerabilidad, las subvenciones para la adecuación funcional básica de
viviendas y al programa de subvenciones para la rehabilitación autonómica y
transformación de infravivienda, "se observa incumplimiento del plazo
máximo de resolución y notificación".
Infravivienda.
Ha apuntado que en las subvenciones para
la rehabilitación autonómica y la transformación de infravivienda "no
consta el desarrollo con carácter previo a la concesión, de los criterios, como
cumplimiento de principios de publicidad,
transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación".
Por otro lado, el informe indica que el
programa de rehabilitación del patrimonio de interés arquitectónico y las
actuaciones singulares en centros históricos o ámbitos urbanos de fragilidad
medioambiental "no se han adaptado a la normativa de subvenciones y
ayudas públicas, a la que debería adecuarse".
El informe apunta que en la tramitación
de las encomiendas a la AVRA para actuaciones singulares en centros históricos
o ámbitos urbanos de fragilidad medioambiental, "no se justifica el carácter extraordinario o coyuntural ni las razones
de economía, eficacia o eficiencia que motivan recurrir a la misma".
Retrasos.
El informe asimismo ha apuntado que los libramientos pendientes de
justificar del programa presupuestario 43A, "a cierre
de 2015 acumulan una demora superior a cuatro años desde el vencimiento del
plazo límite y ascienden a 4,3 millones", tras lo que apunta que "si
bien constan requerimientos de justificación, dada la antigüedad de los
vencimientos, el riesgo de prescripción es muy elevado, debiendo analizarse si
procede o no la exigencia de reintegro o depuración de saldos".
El ente fiscalizador considera
que la tramitación de expedientes de subvención y subsidiación a promotores de
vivienda "adolecen de falta de verificación del coste de la actuación
subvencionada".
Asimismo, en la convocatoria 2014
de subvenciones a personas en vulnerabilidad para el alquiler, "se
observan retrasos en la publicación de las bases, concesión de subvenciones,
justificación, revisión de justificaciones y la exigencia de reintegro, que inciden en el elevado
índice de incumplimientos por beneficiarios".
Además de estos análisis, el ente
fiscalizador ha hecho un seguimiento de aspectos del programa 43A destacados en
un informe de 2012 sobre fuentes de financiación y gestión de recursos humanos
de AVRA, correspondiente a 2011, donde se apunta que el desfase entre
la dotación del programa 43A y los gastos generados por AVRA ha subido a cierre
de 2015 un 18 por ciento, hasta los 302,1 millones.
EQUIPAMIENTO
La
Cámara de Cuentas detecta pagos sin justificar por programas de vivienda de la
Junta de Andalucía.
- El órgano fiscalizador alerta del riesgo de prescripción de ayudas por el retraso en la fiscalización, según una auditoría de 2015.
La
Cámara de Cuentas de Andalucía ha detectado pagos pendientes de justificar por
importe de 4,38 millones y una demora
superior a cuatro años en la fiscalización del programa de vivienda,
rehabilitación y suelo correspondiente al cierre del ejercicio 2015.
En su
informe de auditoría la Cámara de Cuentas alerta de que, dada la antigüedad de
los vencimientos -en algunos casos anterior a 2012-, el riesgo de prescripción
es muy elevado y aboga por que se «analice la procedencia o no de exigencia de
reintegro o de depuración de saldos».
Además,
señala que la justificación de las
transferencias con asignación nominativa de 2015 a la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de
Andalucía (AVRA) para financiar actuaciones del programa de ayudas
Renove a la rehabilitación de edificios de viviendas y de rehabilitación
integral, renovación urbana y erradicación del chabolismo, con un importe de
1.632,82 y 3.030,82 millones, respectivamente, se basa en certificaciones de pagos a beneficiarios que no
acreditan la realización de la actividad.
Por
tanto, según el órgano de fiscalización, se
debe incorporar la documentación exigida en las resoluciones por las
que se autorizan las ayudas.
Con
carácter general, el informe constata que la tramitación de los expedientes de
subvención y subsidiación a promotores de vivienda adolecen de falta de
análisis y verificación del coste de la actuación subvencionada a efectos de
determinar el «eventual exceso de
financiación».
En la
convocatoria 2014 de subvenciones a personas en situación de especial
vulnerabilidad para el alquiler de vivienda, en régimen de concurrencia
competitiva, se producen retrasos en los
trámites de aprobación y publicación de las bases reguladoras, la
concesión de las subvenciones, la justificación por las entidades gestoras
colaboradoras, la revisión de las justificaciones y la exigencia, en su caso,
de reintegro, que "inciden en el elevado índice de incumplimientos de las
bases por los perceptores o beneficiarios".
En
relación con las subvenciones a inquilinos
en situación de especial vulnerabilidad y a personas en especiales
circunstancias de emergencia social, se han detectado dificultades en su
aplicación y diferencias de interpretación por las organismos provinciales.
Asimismo,
la Cámara de Cuentas confirma que la Consejería de Fomento y Vivienda no dispone de un plan estratégico con horizonte
plurianual que abarque, entre otros, el ejercicio 2015.
Así,
durante 2013 a 2015, ambos inclusive, no consta un «plan ordenado, estructurado
e integrado de las diversas líneas de
actuación de la Consejería en materia de vivienda, rehabilitación y
arquitectura, donde se definan y desarrollen objetivos, programas, actividades
e indicadores, así como los mecanismos y órganos encargados de su seguimiento y
evaluación».
La
Cámara recomienda comprobar las justificaciones presentadas por la AVRA de las
transferencias con asignación nominativa a programas de rehabilitación, renovación urbana, erradicación del chabolismo y
ayudas Renove para la rehabilitación de edificios, cuya
justificación se base en pagos efectuados a los beneficiarios para verificar si
se basan en gastos realizados y aplicados a la finalidad de acuerdo con la
normativa reguladora.
TRIBUNALES
El juez ve conflicto pero no acoso de la Junta al testigo protegido del fraude de los cursos
- Un juzgado desestima la demanda contra Empleo del funcionario que destapó las irregularidades en la formación.
Un juez de Sevilla ha dictaminado que el
conocido como testigo protegido del
fraude de la formación, el funcionario que destapó en los tribunales y en la
comisión de investigación del Parlamento andaluz un sinfín de irregularidades
relacionadas con los cursos, está sometido a una situación de «conflicto laboral» en
la Junta de Andalucía, pero descarta por completo que se trate de «acoso».
El Juzgado de lo Contencioso
Administrativo número 13 de Sevilla acaba de dictar sentencia, en la que
desestima la demanda de protección de derechos fundamentales formulada por el
funcionario, que es jefe de departamento de gestión de Formación Profesional
Ocupacional (FPO). En ella, solicitaba que cesara el «hostigamiento llevado a cabo sobre
su persona» y una una indemnización de 12.000 euros por los «daños y
perjuicios».
La sentencia, en poder de EL
MUNDO y adelantada por eldiario.es, remarca que, desde que arrancaron las
pesquisas sobre el fraude de la formación y
las irregularidades con las subvenciones concedidas por la Junta, la situación
en el departamento en el que trabaja el testigo protegido es «tensa», pero «no
es menos cierto» que en este contexto de «claro conflicto interpersonal», uno de los
testigos que declararon en el juicio «no la imputó a ninguna persona en
concreto, de modo que resulta muy difícil llegar a la convicción de que
compañeros de trabajo, superiores, o inferiores actúen de modo coordinado para causar un daño
al recurrente».
El funcionario que fue declarado
testigo protegido por la juez Mercedes Alaya para proteger su
testifical de posibles presiones «percibe, cierto es, la situación de
conflictividad laboral y personal con sus compañeros como acoso, pero esto no
queda acreditado en la testifical y documental que se valora» ni «consta que la
Administración haya adoptado una actitud de tolerancia, de pasividad, ni menos aún de participación
activa, respecto al conflicto».
Durante el juicio, como informó
este diario, dos testigos corroboraron la situación de «hostilidad» y
«aislamiento social» a la que se enfrenta a diario este trabajador. Ambos, que
son funcionarios de la Junta, coincidieron en señalar que «el acoso se multiplicó por
mil» y «empeoró» tras las denuncias judiciales del testigo
protegido sobre las irregularidades que había con las ayudas para los cursos.
Sin embargo, para el juez, estos testimonios no han sido suficientes para probar que haya
acoso.
Para el juez, «no es lógico» que
la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio reorganice el trabajo de los
funcionarios encargados de la formación a través de una orden, «un instrumento
de enorme relevancia para conseguir el efecto de hostigar a un jefe de
departamento».
Sobre el vacío de funciones que
denunció el testigo protegido, el juez afirma que esta «redistribución» pretende evitar el «atasco» en
la tramitación de los expedientes de formación y aunque sólo afecte a la
provincia de Sevilla «no revela la situación de acoso que se alega, sin que
tampoco pueda pretender el recurrente que la distribución de funciones deba
permanecer inalterable a lo largo del tiempo».
Aunque ahora el juez no ve
'mobbing', el Gobierno andaluz fue condenado en 2012 por el TSJA por el acoso
que sufrió este funcionario, tras denunciar irregularidades en los cursos.
Sufrió vejaciones y humillaciones de sus superiores, hasta el punto de que
incluso le levantaron un tabique para aislarlo del
resto de sus compañeros en la oficina.
Cataluña
Declaración
de independencia en Cataluña
- La Generalitat deja sin sueldo a un 'mosso' por redactar denuncias en español en pleno artículo 155
El Departamento de Asuntos Internos de
los Mossos d'Esquadra ha
elaborado una propuesta de sanción grave "por falta de consideración y
respeto" al agente que defendió ante sus superiores su derecho a redactar
las actas en castellano. Esta decisión lleva aparejada la suspensión de empleo
y sueldo durante 16 días. La resolución especifica que, con su discrepancia,
este policía "desprestigió" a los mandos al llevarles la contraria en
presencia de otros agentes.
Los hechos se remontan al 18 de
octubre de 2016, cuando el sargento responsable de la Oficina de Atención al
Ciudadano de Sant Andreu reprendió al agente sancionado
por elaborar las actas de denuncia en castellano. El mando le recriminó que
estaba incumpliendo las pautas establecidas en el comunicado interno que él
mismo había elaborado en noviembre de 2009. El agente se negó a acatar la
orden, salió del despacho de su jefe y pidió a tres compañeros que entraran
para que fueran testigos de la directriz que se le había impuesto.
En presencia de tres compañeros
explicó que la prohibición de utilizar el castellano la consideraba
"arbitraria" en un tono que Asuntos Internos no duda en calificar de
"desafiante".
Esta propuesta de sanción se
produce en plena vigencia de la aplicación del artículo 155 de la
Constitución en Cataluña, con los Mossos bajo el mando del
Ministerio del Interior. Esto es, con la Generalitat bajo las
órdenes del Gobierno.
El agente en cuestión ha
esgrimido en su defensa, ejercida por el Sindicato de Policías de Cataluña (SPC) y sus
letrados Javier Aranda y Sandra Melgar,
que la orden que recibió era "ilegal e ilegítima". Y que en lugar de
reconocerle el haber "sacado a la luz una práctica ilegal por parte de un
miembro del Cuerpo de Mossos d'Esquadra, jugándose su dinero y su trabajo, se
le ha obsequiado con un expediente" que tilda abiertamente de
"montaje".
La cuestión estriba en que por parte de la dirección del Cuerpo se estableció que los formularios de las denuncias debían ser redactados íntegramente en catalán. Y que, incluso en los supuestos en los que el denunciante es castellanoparlante, hasta los encabezamientos deben ir en catalán. Este agente planteó que "en la mayoría de los casos los denunciantes se llevan", por citar un ejemplo, "el apartado de derechos en un idioma que no conocen". "Por lo que cuestiones de comprensión básica sobre qué se está haciendo, qué implica esa denuncia y qué puede hacer después el ciudadano se redactan en catalán vetando al ciudadano sus derechos más elementales".
A juicio de este policía, la mencionada orden interna "vulnera diferentes preceptos actualmente vigentes". Es el caso del artículo 3 de la Constitución española, que establece que "el castellano es la lengua española oficial del Estado y todos los españoles tienen el derecho a usarla". Pero también la Ley Orgánica 6/2006 de 19 de julio de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña, que estipula que "todas las personas tienen derecho a utilizar las dos lenguas oficiales".
En este sentido, ha recalcado que "el uso del catalán puede ser normal y habitual, incluso preferente en la Administración pública, pero nunca excluyente, como se realiza en el comunicado interno de 11 de noviembre de 2009, que excluye el castellano en el encabezado y otros apartados de las denuncias donde constan derechos o acciones que el ciudadano debe entender". Asimismo, ha recordado este agente que "la obediencia debida en ningún caso podrá amparar órdenes que entrañen la ejecución de actos que sean contrarios a la Constitución o a las leyes".
Frente a estos argumentos, el Departamento de Asuntos Internos de los Mossosdespachó su propuesta de sanción grave subrayando que "la instructora considera que no es necesaria ningún tipo de justificación más allá del propio relato de los hechos". Por lo que sostiene que debe ser impuesta "la sanción mínima aplicable al tipo disciplinario infringido".
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