Decreto 184/2014, de 30 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo (BOJA núm. 5 de 09/01/2015).
- El recurso fue interpuesto el 5-3-2015: 2 años y 9 después tenemos sentencia, en primera instancia.
- Sentencia 10-10-2017. La Sala desestima el recurso, los fundamentos idénticos al los sostenidos en el recurso 704/20016. Ya esta preparado y presentado el recurso de casación al Tribunal Supremo.
- El 29-11-2017. La junta solicita rectificación material de la sentencia: en la practica pide que nos condenen en costas. Presentamos recurso.
- El Auto del 9-1-2018. Desestima el recurso de la Junta y no nos ponen costas.
Auto 9-1-2018 resuelven que no hay costas.
Al menos no nos imponen costas, pues como todos sabemos ¿la junta colabora con quien colaboraaaaaaaaaaaaaaaa?
Situación del los otros dos recursos, en tramitación.
Informaros también que el recurso contra los Estatutos de la Agencia IDEA, lleva ya un año en el Tribunal Supremo, pendiente de resolverse la casación; por otro lado el recurso interpuesto contra los Estatutos de la Agencia Andaluza de la Energía, se encuentra pendiente de sentencia del TSJA....
Por cierto la ponente no era experta en derecho administrativo ¿de locos?, como si lo eran los dos firmantes del voto particular.
Destacamos de la Sentencia el Fundamento SEXTO.
Resulta obvio que por razones de oportunidad, se ha optado en nuestra Comunidad Autónoma por una Administración Instrumental en detrimento de la Administración Central y de los funcionarios públicos que la inque están viendo mermadas sus funciones y carrera profesional, pero sería la ley “ – Ley 1/2011 de 17 de febrero de Reordenación del sector público de Andalucía, conocida por todos como la Ley del Enchufismo, que es la que cambia los artículos de la Ley 9/2007 -Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía sobre el Regimen aplicable a las agencias publicas empresariales - “a la que se adapta el Decreto y que establece el régimen jurídico de las Agencias y de su personal a la que se podría imputar las vulneraciones constitucionales denunciadas, sin embargo el Tribunal constitucional en sentencia de 19 de noviembre de 2015 ha desestimado el recurso de inconstitucionalidad que pendía contra aquella 2733/2011 por lo que no existe el reproche que hace la actora y los dos votos particulares de la sentencia del pleno.“
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- Ver Recordatorio al enlace ya publicado sobre la Sentencia del T.Cnal; hablan los expertos, sin desperdicio.
Por cierto la ponente no era experta en derecho administrativo ¿de locos?, como si lo eran los dos firmantes del voto particular.
La cruda realidad es que en Andalucía quien gestiona ahora el presupuesto y el dinero público de todos, es ahora la Administración paralela juntera, digital y clientelar; ¡¡¡Dios nos coja confesados!!!
Ocurre lo mismo que Cataluña, un mundo de locos, porque cuando se riega con dinero público de todos los intereses partidistas y se vive del presupuesto público (subvenciones, contrataciones, empleo público digital etc) se explica la lógica de la cooperación —lógica por la cual las personas se rigen a la hora de buscar el beneficio-, es la "lógica de la acción colectiva de Mancur Olson".
De esta forma todos los que viven del presupuesto público están motivados y se activan, de algo hay que comer no, porque hay que mantenerse como sea en el poder...... Aparece entonces la ¿¿cooperación necesaria para permitir la comisión de delitos e incumplir las leyes??. EREs, Formación y demás.......Y como no hay dinero para todo, pues estamos donde estamos.....En Andalucía, como en Cataluña, las cosas no ocurren por causalidad, HAY CAUSALIDAD, e intencionalidad, las cosas no pasan porque si.....
De esta forma todos los que viven del presupuesto público están motivados y se activan, de algo hay que comer no, porque hay que mantenerse como sea en el poder...... Aparece entonces la ¿¿cooperación necesaria para permitir la comisión de delitos e incumplir las leyes??. EREs, Formación y demás.......Y como no hay dinero para todo, pues estamos donde estamos.....En Andalucía, como en Cataluña, las cosas no ocurren por causalidad, HAY CAUSALIDAD, e intencionalidad, las cosas no pasan porque si.....
Y prosigue diciendo el fundamento séptimo de la Sentencia del TSJS sobre la AACID diciendo: "No obstante la Administración Instrumental como cualquier Administración
Pública está conforme a la Constitución española, y al artículo 133 del
Estatuto de Autonomía, sujeta al pleno sometimiento a la Ley y al resto del
Ordenamiento Jurídico, por lo que en todo caso deberán respetarse las
previsiones del Decreto y de la Ley respecto a la reserva funcionarial de todas
aquellas funciones que impliquen directa o indirectamente el ejercicio de
potestades públicas enumeradas en el propio Decreto artículo 2 (ejercicio de la
actividad subvencionadora que comprende inspección, comprobación de la
realización de la actividad y del cumplimiento de la finalidad para la que se
hubiese concedido la subvención, asi como el reintegro de las mismas, revisión
de actos y acuerdos, fe pública y certificación de actos y acuerdos,
interpretación, modificación y resolución de contratos....) y que se deberá
cumplir la previsión normativa de elaboración de la Relación de Puestos de
Trabajo por parte de la Consejería de la que depende la Agencia, no bastando
adscribir unos cuantos funcionarios interinos, que resultan insuficientes dadas
la numerosas potestades administrativas que tiene encomendada la Agencia.
Será entonces cuando la Asociación podrá articular toda la defensa de los intereses profesionales de los funcionarios plasmadas en esas Relaciones de Trabajo, así como velar porque las actuaciones concretas de la Agencia reservadas a los funcionarios, no sean atribuidas y desempeñadas por el personal laboral integrado en la Agencia”
Será entonces cuando la Asociación podrá articular toda la defensa de los intereses profesionales de los funcionarios plasmadas en esas Relaciones de Trabajo, así como velar porque las actuaciones concretas de la Agencia reservadas a los funcionarios, no sean atribuidas y desempeñadas por el personal laboral integrado en la Agencia”
Esto ya lo estaban viendo algunos ciudadanos.
Eduardo Maestre Cuadrado
Video: Que caiga ya el meteorito!!! (Capítulo I).
https://www.youtube.com/watch?v=QmeWD69CqYM
Publicado el 23 jul. 2012
Video: Que caiga ya el meteorito!!! (Capítulo I).
https://www.youtube.com/watch?v=QmeWD69CqYM
Publicado el 23 jul. 2012
Así que estamos, como en Cataluña con el uso del español, las normas dicen una cosa, pero los junteros la incumplen institucional y sistemáticamente, impugnas y los tribunales parte del supuesto de que es una administración instrumental constitucional ¿¿?? - ¿un poco peculiar, digital y clientelar y que ya supera a Admon. General de base constitucional?- y prosigue, diciendo que es la Asociación la tiene que controlar que nuestros "gogernantes" cumplan las normas....; versus ¿la Asociación es la que tiene que ser la nueva gendarmería" contra el Régimen" ¿¿¿???
Como todos ya sabemos, por que lo intentamos, nos negaron la legitimación para recurrir directamente la Ley 1/2011 de 17 de febrero de Reordenación del Sector público de Andalucía, son los tribunales los deben acudir con base a nuestros recursos y por vía indirecta al Tribunal constitucional y plantear la cuestión de inconstitucionalidad, o dicho de otro modo, poner sobre la mesa las consecuencias reales de lo que esta ocurriendo, los resultados del modelo están ya en los tribunales, todos los casos de corrupción estan en la Administración paralela, esa donde el dinero publico de todos desaparece y vuela... ....
La realidad de Andalucía es la que es: Un Régimen, donde la corrupción es el sistema mismo. ¿Hasta cuando ..?
Y esto lo llevamos diciendo desde el año 2010, un total de mas de 7 años y unos 27 juicios, escritos actuaciones y demás... se ha sufragado con nuestro dinero y con nuestro tiempo y yo me pregunto......:
¿Para que están las instituciones?; ¿quien defiende a los ciudadanos de Andalucía, de una corrupción que es el sistema mismo?
¿Como es posible que la Administración paralela e instrumental de acceso digital, supere ya en personal a la Administración de base constitucional y legal? .
Conclusión.
Los hechos ya han hablado.
1. Es patente y notorio que los junteros crean una norma, como es la aprobación de la modificación de los Estatutos de la Agencia de Cooperación internacional del desarrollo, dentro del marco de la famosa Ley del Enchufismo, Ley 1/2011 de 17 de febrero de Reordenación del sector público de Andalucía, que no garantiza que el personal laboral "digital subrogado" no vaya a ejercer funciones públicas restringidas a los funcionarios, y como pasaba con los EREs es VOX POPULI, QUE ESTO ES LO QUE ESTA OCURRIENDO"
Recordatorio a enlace ya publicado: 31-7-2016.
2. Es patente y notorio, que que las normas dictadas por los junteros, desde la Ley 1/2011 de 17 de febrero de Reordenación del sector público de Andalucía, Ley del Enchufismo, hasta sus Decretos de Desarrollo dictados por los junteros para proteger y consolidar a su Administración paralela, brazo ejecutor del régimen y fuente de corrupción en el que el dinero público desaparece y vuela, (EREs, FORMACION, IDEA, INVERCARIA, .....) rompe y quiebra, la seguridad jurídica (apariencia de buen derecho y confianza legítima) de todos los ciudadanos, es un problema grave de orden público dado que ¿la corrupción es el sistema mismo?.
Importante: Ver enlace ya publicado el 18-5-2012.
El personal laboral privado de la AMAYA y el resto del personal de las Agencias se queda sin trabajo....o ¿incurren en delitos...?.
Llueve sobre mojado, hace 5 años se constato en sede judicial lo que estaba ocurriendo, En esa entrada podeís ver requerimiento cursado en su día en el procedimiento DDFF, y NI SGT de la Consejería de Medio Ambiente, las normas aplicables y lo que ocurre en Andalucía. Esto lo sabemos todos, es un fraude monumental al empleo público, toda vez que esta "supuesta administración instrumental", la paralela, es de selección dígital y clientelar, los junteros han hecho como los catalanes con el referendúm ilegal, la constitución se la han pasado por el forro......
SGT CumplimientoAUTO2012RecContAdm
Sólo hay que encajar las piezas del puzle:
- ¿Quien legisla y permite o consiente que personal laboral digital subrogado ejercite competencias y funciones públicas que implican participación directa o indirecta en el ejercicio de potestades públicas que corresponden exclusivamente a los funcionarios públicos (reserva legal)?
- ¿Quien puede incurrir en delito de usurpación de funciones públicas en su calidad de autor por "cooperación necesaria" y quien los defenderá a los afines al Régimen que lo permiten y lo promueven.....?
3. Es también patente y notorio que ni la Asociación ni los funcionarios pueden estar en una situación de vigilancia permanente para examinar si el personal laboral de selección "digital" integrado por "subrogación laboral" mediante la Ley 1/2011 de 17 de febrero de Reordenación del sector público de Andalucía, por el rodillo de los "gogernantes psocialistas" junteros, ejerce o no funciones publicas, y comete o no delitos, esto le corresponde al Ministerio Fiscal y a las Instituciones.
Los junteros agotan.
Los junteros terminaran con todo, también con los funcionarios
vocacionales, los que defienden el interés general de los ciudadanos , hartos nos tienen.
¿Todo vale, para mantenerse en el poder? NO, NO y mil veces NO, ya vemos lo que ocurre en Cataluña. Proteger una Administración pública de base constitucional, y evitar su sustitución por la paralela, de selección y acceso "digital" y clientelar, es un tema que nos afecta a todos. Hay mucho en juego, por eso seguimos aqui y proseguimos este tortuoso camino, pagando de nuestro bolsillo la defensa de la Administración constitucional, uno de los pilares del Estado de Derecho, el poder ejecutivo, versus Andalucía historia enciclopédica del mundo al revés....
Compañeros, y hasta que se pronuncie el Tribunal Supremo, hay que seguir con paciencia y perseverancia, haciendo lo que nos corresponde, porque la dignidad ni se compra ni se vende, simplemente se tiene.
Noticias de Andalucía, Artículo de Luis Marín Sicilia
- “¿Qué razones existen para que los ciudadanos y los políticos mantengan su apoyo a un modelo que, en tres largas décadas, ha acreditado su incapacidad para generar riqueza, empleo y crecimiento económico?”
- “Sistema perverso y descorazonador para los funcionarios de carrera que no cesan en su empeño de devolver a la función pública andaluza el principio de independencia que es la base de una gestión eficaz del servicio público”
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