TRIBUNALES. El Supremo ratifica la condena de la Audiencia de Cádiz
......El Alto Tribunal destaca que se eludió "lo que debía haber sido un contrato de suministro publicitado y transparente por ser incompatible con elaboración de facturas falsas, encubriendo el pago bajo la fórmula de horas extras, en cuantía desmesurada y obviando la legalidad administrativa".
TRIBUNALES. El Supremo ratifica la condena de la
Audiencia de Cádiz
Los bordados para reinas de fiestas y
ninfas de carnaval llevan a prisión a la ex alcaldesa de Rota
La corrupción puede anidar en los gastos más
recónditos. Por ejemplo, en los destinados a los bordados para sirenas y ninfas
del carnaval, bandas para damas de las fiestas y dalmáticas para maceros.
Eso fue lo que sucedió en la localidad gaditana de
Rota, que encargó sin concurso a uno de sus funcionarios varios
trabajos de confección que éste realizó en un taller que tenía en la casa. Los 42.363 euros que le pagó el
Ayuntamiento se ocultaron bajo pagos de horas extras. En concreto, fueron 4.398 horas
extraordinarias repartidas en tres años y medio, según destapó una
investigación que, comprensiblemente, acabó llamándose caso horas extras
Esa adjudicación a dedo sin ningún
procedimiento a un funcionario que, como tal, tenía vetado recibir cualquier
encargo, le va a costar el ingreso en prisión a la ex alcaldesa
Eva Corrales (PP). La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo acaba de ratificar íntegramente
las condenas dictadas en su día por la Audiencia de Cádiz. La alcaldesa ha sido
condenada por un delito de falsedad en documento oficial y otro
continuado de prevaricación administrativa. La condena incluye, además de la cárcel, 8 años y medio de
inhabilitación especial para cargo público y multa de 2.700 euros.
Otros cuatro funcionarios
también reciben penas de cuatro años y medio de cárcel. Las penas que superan los dos
años no pueden ser suspendidas, lo que supone el ingreso efectivo en prisión de
los condenados. Sólo un indulto o el Tribunal Constitucional podría evitarlo.
El total de ocho condenados incluye al funcionario
que hizo los bordados (que no pasa de los dos años de cárcel y podría eludir su
ingreso) y su esposa.
Los hechos por los que se produce la condena
ocurrieron entre 2004 y 2010, cuando Eva Corrales era concejal delegada de
Fiestas y luego de Relaciones Institucionales (el entonces alcalde fue
absuelto). La sentencia explica que ante la necesidad de la
Delegación de Fiestas del Ayuntamiento de adquirir una serie de bandas de
Sirenas, Ninfas de Carnaval y Damas de las Fiestas Populares, la concejal
delegada, María Eva Corrales, y el responsable técnico de tal Delegación José
María Caballero Márquez, acordaron que se efectuasen estas prendas en el taller
de Manuel García Rodríguez, funcionario del Ayuntamiento de Rota destinado en
Gestión Tributaria". Y eso, "a pesar de constarles la prohibición que
pesaba sobre tal persona de efectuar tal encargo por ser funcionario del
Ayuntamiento". Añade la sentencia que, "con la finalidad de ocultar
este hecho, se convino por los dos primeros citados que las facturas se
emitirían a nombre de Josefa Moreno Rebollo, esposa de Manuel García".
"A partir del año 2007 Manuel García que era
quien de hecho confeccionaba en su taller de costura las prendas, solicitó que
constase en su nómina la retribución por estos trabajos bajo la fórmula de
horas extraordinarias. Ante la imposibilidad de convocar los concursos públicos
correspondientes para la confección de tales prendas pues a ellos no se podía
presentar Manuel García, por la razón expuesta, pero queriendo que fuese él
quien los confeccionara, se acordó [...] que efectuase el abono por tales
trabajos bajo la fórmula de supuestas gratificaciones por trabajos
extraordinarios, con el concepto de horas extraordinarias, lo que
también fue consentido por el Interventor accidental del Ayuntamiento", recuerda el Supremo.
El Alto Tribunal destaca que se
eludió "lo que debía haber sido un contrato de suministro publicitado y
transparente por ser incompatible con elaboración de facturas falsas,
encubriendo el pago bajo la fórmula de horas extras, en cuantía desmesurada y
obviando la legalidad administrativa".
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