- Un Dictamen del Consejo Consultivo, que ha pasado desapercibido, revela un caso de presunta prevaricación en la Delegación de Málaga de la Consejería de Educación.
- La Intervención Provincial de Málaga informó hasta cinco veces de la ilegalidad entre mayo de 2012 y diciembre de 2013, y la Consejería continuó haciéndolo a sabiendas.
- La Delegación de Málaga pretendía pagar a la empresa más dinero del que le correspondía, según dictamina el Consejo Consultivo, al considerar que la empresa era conocedora de la ilegalidad y participaba conscientemente.
- Según la investigación efectuada, este hecho del fraccionamiento de contratos podría estar ocurriendo en otras Delegaciones provinciales de Educación.
jueves, 19 de mayo de 2016
Corrupción en la Consejería de Educación (I)
Artículo de Luis Escribano
- Un Dictamen del Consejo Consultivo, que ha pasado desapercibido, revela un caso de presunta prevaricación en la Delegación de Málaga de la Consejería de Educación.
- La Intervención Provincial de Málaga informó hasta cinco veces de la ilegalidad entre mayo de 2012 y diciembre de 2013, y la Consejería continuó haciéndolo a sabiendas.
- La Delegación de Málaga pretendía pagar a la empresa más dinero del que le correspondía, según dictamina el Consejo Consultivo, al considerar que la empresa era conocedora de la ilegalidad y participaba conscientemente.
- Según la investigación efectuada, este hecho del fraccionamiento de contratos podría estar ocurriendo en otras Delegaciones provinciales de Educación.
¿Prevaricar es corrupción? ¡Ni lo duden! En esta primera
parte del artículo denunciaré un nuevo caso de corrupción en la Junta de
Andalucía (he perdido la cuenta…) por presunta
prevaricación de funcionarios y/o autoridades de la Delegación Territorial de
Educación en Málaga. En la segunda parte del artículo les mostraré…..quizá sea mejor reservarlo
para entonces.
El Dictamen nº 220, de 5 de
abril de 2016, del Consejo Consultivo de Andalucía, cuyo ponente ha sido el
expresidente de la Junta de Andalucía, Rafael Escuredo, dictamina favorablemente la
propuesta de declaración de nulidad de pleno derecho de un contrato menor de servicio
de grabación de solicitudes de becas y ayudas en el ámbito de la educación, curso 2014-15, facturas número
10 0023, 11 0017 y 12 0003, de la empresa P., S.L.
Quiero aclararles que las iniciales de
la empresa no son fruto de una iniciativa mía, sino que aparece así en el
citado Dictamen, lo cual resulta inexplicable, dado que, por un lado, desde que entraron en
vigor las Leyes de Transparencia del Estado y de la Comunidad andaluza, es obligatorio publicar las
adjudicaciones de todos los contratos, incluidos los menores, y por otro lado, tratándose
de un contrato público, es decir, pagado por todos los contribuyentes
andaluces, no se entiende que se oculte el nombre de la misma por el
Consejo Consultivo, máxime cuando las adjudicaciones de los contratos menores se publican en
la Plataforma de Contratación de la Junta….bueno, casi siempre. Más adelante lo
veremos.
Este Dictamen forma parte del
expediente de revisión de oficio de un contrato menor, que ha tramitado la Delegación
Territorial de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte en Málaga, al
considerarlo nulo de pleno derecho, debiendo indemnizar por ello a la empresa
afectada. Según se deduce del Dictamen, el inicio de este expediente no se debe
a que la Consejería de Educación haya querido rectificar de motu propio su
presunta actuación prevaricadora, sino que ha sido consecuencia de un
informe de disconformidad de la Intervención Provincial de la Consejería de
Hacienda y Administración Pública en Málaga.
Antes de seguir aprovecharé la ocasión para denunciar
que el Consejo Consultivo de Andalucía sólo publica los “fundamentos jurídicos”
de los dictámenes en su web, y no los “antecedentes de hecho”, lo cual sí publican otros
Consejos autonómicos como los de Castilla y León, Aragón, Galicia, Castilla la
Mancha, etcétera. Una vez más, el Régimen en Andalucía muestra su
opacidad, y
lo hace conscientemente, porque en dichos antecedentes se muestran muchos datos
sobre las irregularidades de los expedientes que prefieren ocultarse. El PSOE
maltrata a los andaluces a diario, y a casi nadie parece importarle, ni
siquiera a los “regeneracionistas” de Ciudadanos que lo apoya.
Pero sigamos con el caso. Según el citado Dictamen, el órgano de la Junta que
efectuó el contrato “ha prescindido claramente del procedimiento
adecuado para concertar el contrato de servicios, acordándose un
fraccionamiento indebido, que ha tenido como resultado objetivo la elusión de
los requisitos de publicidad, procedimiento y forma de adjudicación
correspondientes”. Es
decir, ha habido una omisión total y absoluta del procedimiento legalmente
establecido.
Sin embargo, advierte el Dictamen de algo
fundamental: según se desprende del informe de disconformidad de la
Intervención Provincial que figura en el expediente, han sido varias las
empresas que han prestado el referido servicio y no solo la afectada por el
procedimiento sometido a consulta, lo que significa que el
servicio en cuestión, que debía ser objeto de un solo contrato, ha sido
fraccionado y prestado por empresas diversas. Sin embargo, la Consejería de Educación
sólo ha solicitado el dictamen para una de las empresas afectadas. ¿Y qué ha pasado con
el resto de empresas? Al parecer otra de las empresas implicadas responde a las iniciales
B.G.S., S.L.
El órgano contratante, según el Dictamen, fue la
citada Delegación Territorial en Málaga. Aunque el expediente objeto del
Dictamen se refiere a servicios prestados por la citada empresa P., S.L.
durante los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2014, la Intervención
Provincial manifiesta en su informe que “se viene
reiterando, año tras año, la tramitación como contrato menor de la grabación de
solicitudes de becas y ayudas, así como la grabación de solicitudes para la
obtención de ciertos títulos en el ámbito educativo”, y en todos ellos se
emplea la misma justificación: “falta de personal frente al gran volumen de
documentación y la premura de tiempo para su grabación”.
Tiene narices que existiendo en
la Junta de Andalucía personal funcionario sin trabajo, al habérsele sustraído
para derivarlo al personal de la administración paralela, ocurra esto. Curiosamente la
Intervención pertenece a la misma Consejería competente en materia de recursos
humanos de la Administración General de la Junta, la Consejería de
Hacienda y Administración Pública, cuya planificación y organización de recursos humanos es
una auténtica catástrofe. Con el socio que se ha buscado el PSOE para gobernar la
Comunidad Autónoma –Ciudadanos, el tonto útil-, y con una Susana Díaz con un
pie en Madrid y un gobierno de muy bajo perfil, Andalucía seguirá
teniendo una Administración de república bananera, con todos los respetos para dichas
repúblicas.
Sigue diciendo la Intervención en su informe que la
Delegación de Educación no motiva “el por qué de la utilización del contrato
menor para cubrir la necesidad, reiterada ejercicio tras ejercicio, de
prestación de un servicio de grabación en SENECA –plataforma para la gestión del Sistema
Educativo Andaluz-, contraviniéndose lo preceptuado en los artículos
109 y 22 del TRLCSP, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre”.
Lo más grave del asunto es que la
Intervención Provincial lleva años avisando de esta ilegalidad, y ninguna
autoridad responsable actuó para acabar con dicha actuación presuntamente
prevaricadora (¿lo denunció el Interventor a su superior?). Dice en su Informe que “esta
Intervención emitió una nota de observación, en relación al contrato menor de
grabación de solicitudes de becas para el curso 2011-2012, con fecha 18 de mayo
de 2012, en la que se indicaba que una necesidad habitual y constante de la Administración se
debía normalizar mediante la contratación que procediera. Asimismo, han sido remitidas en
el mismo sentido sucesivas notas de observaciones de fechas 5 de diciembre de
2012, 14 de mayo de 2013, 12 de septiembre de 2013 y 20 de diciembre de 2013”.
Desde luego, no podría defender la Delegación de
Educación en Málaga que desconocía el tema: cinco notas de la
Intervención Provincial advirtiendo de la ilegalidad.
Según se indica en el Dictamen, la Intervención
manifiesta que “el órgano Gestor, que somete a fiscalización los tres
documentos contables ADOP referenciados ut supra, correspondientes al contrato
menor del servicio de grabación de solicitudes de becas y ayudas en el ámbito
de la educación, curso 2014-2015, realizado en los meses de octubre, noviembre
y diciembre de 2014, ha venido adjudicando la prestación de esos mismos servicios
por el procedimiento simplificado previsto para los contratos menores,
definidos en el artículo 138.3 del TRLCSP, durante al menos los años 2010 a
2014, según hemos podido comprobar…”.
Es decir, la
ilegalidad y presunta prevaricación ha sido continua durante cuatro años, y a
sabiendas,
porque la Intervención Provincial así lo manifestó en diferentes informes.
La fragmentación del contrato –dice el
Dictamen-, permitió artificiosamente
configurar objetos contractuales cuyo importe permitía la consideración de las
diferentes contrataciones como menores, cuando en realidad se
trataba de un solo objeto (el servicio de grabación de solicitudes
de becas y ayudas en el ámbito de la educación).
Sin embargo, a pesar de declarar favorable la nulidad
solicitada, el Consejo Consultivo acaba manifestando, para colmo, que
la propuesta de resolución de la Consejería de Educación no se ajusta a su
doctrina, ya que esta Consejería reconoce a la empresa contratista
el derecho a percibir las cantidades correspondientes al valor de las
prestaciones efectivamente realizadas y no abonadas. Defiende dicha tesis al
considerar también culpable a la empresa, manifestando que “resulta improbable que quien
contrata con la Administración desconozca, por mínima que sea su diligencia,
que no puede producirse una contratación prescindiendo de todo procedimiento”, señalando que en reiteradas
ocasiones ha manifestado que “el contratista que consiente una
irregular actuación administrativa, prestando por su parte unos servicios sin
la necesaria cobertura jurídica sin oposición alguna, se constituye en
copartícipe de los vicios de que el contrato pueda adolecer, dando lugar a que
recaigan sobre él mismo las consecuencias negativas de tales vicios”.
Es decir, la Consejería no sólo
no ha actuado contra las autoridades y funcionarios responsables de la presunta
prevaricación continuada, sino que además propone pagarle a la empresa un
importe mayor que el que le corresponde.
Según he podido comprobar, el servicio de grabación
de datos se contrata por otras Delegaciones Territoriales de la Junta también
mediante el uso de contratos menores, lo que podría extender la
presunta comisión de dichos delitos a las Delegaciones de otras provincias de
Andalucía.
La Ley española tiene como objeto regular la
contratación del sector público, “a fin de garantizar que la misma se ajusta a
los principios de libertad de acceso a las licitaciones, publicidad y
transparencia de los procedimientos, y no discriminación e igualdad de trato
entre los candidatos, y de asegurar, en conexión con el objetivo de estabilidad
presupuestaria y control del gasto, una eficiente utilización de los fondos
destinados a la realización de obras, la
adquisición de bienes y la contratación de servicios mediante la exigencia
de la definición previa de las necesidades a satisfacer, la salvaguarda de la
libre competencia y la selección de la oferta económicamente más ventajosa”.
En el caso expuesto se dan todos
los elementos de una presunta prevaricación. No se trata de un solo contrato, sino
de varios (uno por cada fracción del contrato y periodos de tiempo), y por ello se han
dictado varias resoluciones arbitrarias –se fraccionó el contrato evitando la
publicidad, libre concurrencia y valoración objetiva de las ofertas en la
licitación-; a sabiendas (el o los funcionarios que participaron no podían
desconocerlo, pues la Intervención Provincial había avisado en cinco informes
de la patente y manifiesta ilegalidad); es injusta, pues se ha omitido el
procedimiento legalmente establecido , que está considerado como uno de los
motivos que pueden dar lugar a la calificación de una conducta como
constitutiva de un delito de prevaricación toda vez que las pautas establecidas
para la tramitación de procedimiento a seguir en una actuación administrativa
tienen la función de alejar los peligros de la arbitrariedad y la contradicción
con el Derecho.
Y aunque no es necesario que las resoluciones
arbitrarias causen perjuicio, en este caso denunciado sí podría
afectar a caudales públicos y experiencia valorable de las empresas que no
pudieron presentar sus ofertas, pues si se hubiera licitado públicamente el contrato
como único, abarcando un periodo amplio y con posible prórroga, con libre
concurrencia, habiéndose valorado las ofertas objetivamente, estas podían haber
bajado el coste previsto en la licitación, y se hubiera dado la oportunidad a
varias empresas de presentarse.
Para finalizar, les revelaré dos
datos más sobre el asunto:
1º) En la Plataforma de Contratación de la
Junta de Andalucía se han publicado por la Consejería de Educación (SGT y Delegaciones
Territoriales) algunos contratos menores adjudicados años atrás, pero el
denunciado en este artículo no aparece, como pueden comprobar en la
imagen tras la búsqueda que realicé.
2º) ¿Por qué la Intervención Provincial no
reparó el gasto de los sucesivos contratos menores en los años anteriores, en vez de informar
favorablemente con observaciones? ¡Si avisó de la ilegalidad hasta en cinco ocasiones!
Es más, habiendo tenido acceso a todos los documentos del expediente en la fase
de fiscalización, tendría que haber denunciado el caso por presunta
prevaricación. Se mire por donde se mire, el tema es grave, y hay motivo más
que de sobra para que la Fiscalía inicie una investigación de oficio.
Pero no se preocupen, que pronto saltarán a
la palestra los partitocráticos de la casta, los viejos y los nuevos, proclamando por
activa y por pasiva que, lo que les he relatado, no es corrupción, sólo son
“simples asuntillos administrativos”. Esto último, y llamarnos imbéciles, es lo
mismo.
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