FUNCIÓN PÚBLICA. Administración paralela
- Una sentencia recuerda que para repartir subvenciones y hacer inspecciones la ley exige que haya funcionarios
- El TSJA investiga si la Junta legisla para saltarse los controles trasmodificar un decreto sobre la Agencia IDEA
Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) pone
en solfa todo el entramado de 19 agencias públicas empresariales diseñado por
la Junta de Andalucía.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Sevilla, Sección Primera,
del TSJA acaba de estimar parcialmente la demanda interpuesta por la Asociación
de funcionarios de la Junta Defiendo mi Derecho y la Gestión Pública, contra el
Decreto 122/2014 de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, que dirige el
consejero José Sánchez Maldonado, que modifica los estatutos de la Agencia de
Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA), una agencia pública empresarial.
El
fallo avisa de que repartir subvenciones, abrir expedientes de reintegro para
exigir la devolución de ayudas o hacer inspecciones son tareas reservadas por
ley a los funcionarios, y aunque se desarrollen en agencias públicas
empresariales como IDEA deben ser ejercidas por el personal que tiene las
competencias. Fuentes de la Asociación Defiendo mi Derecho han señalado a EL
MUNDO que esta sentencia pone en cuestión a las 19 agencias públicas
empresariales de la Junta, porque en ellas no hay funcionarios suficientes para
ejercer estas potestades públicas. Y si el proceso no es correcto, todo ello
sería anulable por los tribunales, han avisado.
"No basta con que los actos
finales sean dictados y firmados por el presidente de la Agencia, pues esa toma
de decisión debe ir precedida de la instrucción de un procedimiento que incumbe
exclusivamente a los funcionarios", destaca la sentencia del TSJA sobre
IDEA, fechada el pasado 24 de febrero, pero notificada este martes.
De hecho,
el TSJA recuerda que así lo "hemos afirmado en numerosas sentencias
respecto a encomiendas de gestión, anuladas por esta Sala y confirmadas por el
Tribunal Supremo", ya que el "personal laboral" no puede llevar
a cabo "actuaciones o funciones de dación de fe pública y gestión de
registros administrativos, asesoramiento legal preceptivo, control y
fiscalización interna de la gestión económica, financiera y presupuestaria, de
evaluación, control, vigilancia e inspección", todas ellas "de
naturaleza indudablemente administrativa". El fallo insiste en que el
ejercicio de estas potestades administrativas, entre las que también están el reparto
de subvenciones, están "reservadas constitucional y legalmente a los
funcionarios públicos".
Esto quiere decir que todo el procedimiento para
conceder subvenciones, por ejemplo, debería estar controlado por funcionarios
o, de lo contrario, sería "anulable", ha advertido la Asociación
Defiendo mi Derecho. "Las implicaciones son importantísimas porque está en
cuestión todo el dinero que han podido repartir las 19 agencias públicas
empresariales de la Junta porque no todo se ha hecho con funcionarios", ha
señalado la fuente de esta asociación de empleados públicos.
El TSJA recuerda a
la Junta que la Agencia IDEA debe cumplir este reparto de tareas entre los
funcionarios y el personal laboral y hacer la correspondiente relación de
puestos de trabajo (RPT), "no bastando adscribir unos cuantos funcionarios
interinos, que resultan a todas luces insuficientes, dadas las numerosas
potestades administrativas que tiene encomendada la Agencia.
"Será entonces
cuando la Asociación podrá articular toda la defensa de los intereses profesionales
de los funcionarios plasmadas en esas relaciones de puestos de trabajo, así
como velar porque las actuaciones concretas de la Agencia reservadas a los
funcionarios no sean atribuidas y desempeñadas por el personal laboral
integrado" en IDEA, dice la sentencia.
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