Viñeta de Idigoras y Patchi, hoy en el mundo; sobran las palabras.
Que ha hecho la Ilma. Sra. Alaya, ¿enfrentarse a la corrupción, en Andalucía, al Régimen, y cuestionar la independencia de su sucesora? = ¿"Donde hay poca justicia es un peligro tener razón",
Ver enlaces a tres artículos imprecindibles: ¿Blanco y en Botella?; la Ilma Sra. Alaya, tiene razón.
1. Deconstruyendo a Alaya, por Francisco Rossell. 3 de agosto del 2015.
Deconstruyendo a la juez Alaya, artículo de lectura inexcusable, por Francisco Rosell = No es un asunto personal entre dos mujeres de armas tomar, sino un órdago en el que la Justicia se juega su ser o no ser.
2. La sustituta de Alaya, por Luis Escribano. 16 de agosto 2015.
Ver 7 evidencias del artículo...¿Cadena de favores?
Conclusión ¿Cadena de favores?; sin desperdicio:
La sustituta de Alaya, por Luis Escribano; los hechos siguen hablando del Nepotismo andaluz "con ingeniería jurídica ad hoc" - ¿"Cadena de favores"? , versus ¿la junta colabora con quien colabora? porque las cosas no ocurren por casualidad ¿¿??? = Sin justicia, no hay Estado de Derecho y sin Estado de Derecho, la convivencia pacífica es imposible, no queda nada.....Firma de apoyo a la Justicia, versus jueza Alaya.
3. Maridaje, por Luis Marín Sicilia. 16 de septiembre de 2015.
El maridaje, por Luis Marín Sicilia, de lectura inexcusable; no seas cómplice. = Gobierno andaluz, fundadas sospechas de corrupción sistémica y lo evidente; “Será muy difícil recuperar el crédito en la Justicia si la deriva que se ha impuesto no es frenada por los órganos superiores del poder judicial”
Unos titulares, que lo expresan todo.
Alaya, víctima de la "falta de colaboración" con su sucesora ¿o con el Régimen.....?
- El TSJA aparta de los ERE a la juez que plantó cara a la corrupción.Atiende a la sustituta e impide que Alaya siga con el caso.
- El TSJA "sentenció" a la juez Alaya por cuestionar la independencia de su sucesora. Justifica su decisión para evitar "conflictos" entre las dos magistradas.
- CASO ERE, El alto tribunal andaluz retiró la comisión de servicios a la magistrada El CGPJ ratifica que la juez Alaya no vuelva a investigar el caso de los ERE. El órgano de gobierno de los jueces respalda la medida adoptada por el TSJA de que la juez no instruya los ERE ni ninguna macrocausa. La decisión del TSJA estaba sometida a la consideración del CGPJ, el órgano que tiene la última palabra sobre las comisiones de servicio
Pierde la Justicia; pierden los ciudadanos...... Gracias Sr.Ilma. Sra. Alaya. `por su trabajo, dedicación y tesón, nos hizo creer en usted y en la Justicia.
#YoapoyoalaJuezAlaya.
El día 17 de octubre, 11.30-12.30, en Sevilla, plaza del Duque nos vemos, para alzar la voz, por la Justicia y mostrar nuestro respeto a la Ilma. Sra. Alaya
CONCENTRACIÓN CIUDADANA:
Informa el Demócrata Liberal.
"POR LA DIGNIDAD Y EL RESPETO A LA JUSTICIA"
Lugar: Ciudad de Sevilla
Dirección: Plaza del Duque, s/n
Fecha: 17 de octubre de 2015
Horario: 12:30 h a 13:30 h.
Un grupo de ciudadanos que forman parte de una plataforma de apoyo a la jueza Mercedes Alaya Rodríguez, ha organizado una concentración a favor de la Justicia, con los siguientes lemas:
“POR LA DIGNIDAD Y EL RESPETO A LA JUSTICIA”
“PODER LEGISLATIVO INDEPENDIENTE, PODER JUDICIAL LIBRE”
“SI NO HAY JUSTICIA PARA EL PUEBLO, QUE NO HAYA PAZ PARA EL GOBIERNO”
Nota de los organizadores: dicha concentración ha sido comunicada a la Subdelegación del Gobierno en tiempo y forma, y ésta no ha puesto ningún impedimento para su celebración. Información disponible en Facebook, en la plataformas de apoyo a la jueza Mercedes Alaya.
Ver enlaces.
La plataforma
Demos un paso al frente ante lo inadmisible....venga de donde venga.
Mientras, en la Andalucía imposible; El Régimen continua....
- La instructora desoye al fiscal y rechaza por ahora citar a los ex aforados andaluces.Pospone la declaración de Avila, Aguayo, Vallejo y Recio hasta que se materialice la división de los ERE.
CASO ERE
El alto tribunal andaluz retiró la comisión de servicios a la magistradaEl CGPJ ratifica que la juez Alaya no vuelva a investigar el caso de los ERE
- El órgano de gobierno de los jueces respalda la medida adoptada por el tsja de que la juez no instruya los ERE ni ninguna macrocausa
- La decisión del TSJA estaba sometida a la consideración del cgpj, el órgano que tiene la última palabra sobre las comisiones de servicio
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha ratificado por unanimidad el acuerdo adoptado por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) para que la medida de apoyo judicial para el Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla quede limitada a la comisión de servicio que ya viene desarrollando el magistrado Álvaro Martín y se reduzca a una sola comisión el refuerzo de este órgano, lo que implica revocar la comisión de servicio concedida inicialmente a la juez Mercedes Alaya para investigar los ERE fraudulentos y el delito societario de Mercasevilla.
En un comunicado de prensa, el CGPJ ha informado de que, en su reunión de este jueves, la Comisión Permanente ha ratificado de este modo el acuerdo adoptado también por unanimidad por el Alto Tribunal Andaluz, según el cual el magistrado Álvaro Martín "quedará integrado plenamente en el refuerzo para la tramitación" de las tres 'macrocausas', como son el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos tramitados por la Junta de Andalucía, las irregularidades en los cursos de formación y los avales y préstamos concedidos por IDEA.
Fuentes del CGPJ han informado de que el informe elaborado por la Sala de Gobierno del TSJA llegó en la tarde de este miércoles, por lo que lo han podido incluir finalmente en la Comisión Permanente de este jueves, que ha ratificado por unanimidad el acuerdo del Alto Tribunal Andaluz, lo que supone dejar sin efecto lo aprobado por el CGPJ el día 25 de junio en lo que respecta a conceder el refuerzo a la juez Mercedes Alaya, ahora destinada en la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla.
En el informe elevado al CGPJ, de tres páginas, la Sala de Gobierno del TSJA pone de manifiesto que la decisión adoptada por la juez titular, María Núñez Bolaños, de dividir el caso ERE en piezas separadas "incide" en el plan de actuación aprobado el pasado día 23 de junio, pues "podría conllevar una posible y nueva distribución de cometidos en ese procedimiento" y "repercutirá en la organización de los medios y del trabajo de la oficina judicial, obligando a un entendimiento y colaboración en este sentido".
En virtud del acuerdo de 23 de junio, el TSJA aprobó un plan de actuación por el que se asignó una comisión de servicio a Alaya para que llevara el caso de los ERE irregulares hasta que la Audiencia Provincial de Sevilla resolviera sobre dicha división y el delito societario de Mercasevilla, y a María Núñez Bolaños la instrucción de las irregularidades en los cursos de formación y los avales y préstamos concedidos por IDEA.
"Competencia exclusiva y excluyente"
Según la Sala de Gobierno, a la división del caso ERE se suma que, con posterioridad a dicho acuerdo, la juez Alaya, ahora en la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla, "ha exteriorizado que considera insuficiente y errónea la atribución única" del caso ERE, "insistiendo en que su competencia como comisionada debiera ser exclusiva y excluyente, con funcionarios concretos y designados por ella, lo que patentiza una clara voluntad de no colaboración con la actual titular, en manifiesta oposición al fundamento que justifica toda medida de apoyo judicial".
El TSJA recuerda que "todos los acuerdos" adoptados por la Sala de Gobierno y la Comisión Permanente del CGPJ "parten de una premisa imprescindible", como es que "los comisionados colaborarán con la nueva titular en la tramitación y resolución de todos los asuntos de que conoce el Juzgado conforme a los criterios de distribución de los mismos que conjuntamente formulen y apruebe esta Sala de Gobierno", siendo este "el escenario lógico y la dinámica de cualquier comisión de servicio, y de ésta en particular".
En este contexto, las circunstancias descritas "alteran sensiblemente la operatividad de la medida de apoyo y exigen inevitablemente replantearse la solución inicial propuesta, ya que existen fundadas dudas sobre la viabilidad de la segunda comisión de servicio" acordada inicialmente para la juez Alaya, "lo cual ya se apuntó en el informe de esta Sala de fecha 7 de julio de 2015", en el cual solicitó al CGPJ que valorara la "falta de voluntad de colaborar" de Alaya tras cuestionar la capacidad de María Núñez y aludir a su "estrecha amistad" con el consejero de Justicia e Interior, Emilio de Llera.
'Normalización' del juzgado
La Sala de Gobierno, en este sentido, reconoce "la labor desarrollada previamente" por Alaya y manifiesta "lo deseable que hubiera sido la continuidad y aprovechamiento de los conocimiento de la misma", no obstante lo cual esta magistrada "ha exteriorizado tanto su discrepancia con los términos de la comisión de servicio acordada por esta Sala, como su falta de voluntad de colaboración y entendimiento con la actual titular, cuestionando su idoneidad e independencia".
Esto "conlleva que en este nuevo informe se deban sugerir medidas que profundicen en la normalización del Juzgado y en conseguir la mejor prestación del servicio, procurando evitar un escenario en el que surjan situaciones de conflicto", asevera el TSJA, que afirma que, por ello, "debe tomar en consideración y priorizar el dato objetivo de la nueva titularidad en el Juzgado y el correcto entendimiento de cualquier comisión de servicio, tras el cambio y traslado voluntario de destino judicial" de Alaya a la Audiencia Provincial.
Todo ello, añade, "con el objetivo exclusivo de fundamentar este informe en razones de legalidad y neutralidad, ya que no es posible prescindir de la condición de juez natural y predeterminado por la ley adquirida por la actual titular, que ostenta la superior dirección y responsabilidad del mismo, ni tampoco puede desconocerse la doctrina constitucional que garantiza que, una vez determinado el juez de un procedimiento en virtud de los criterios competenciales contenidos en las leyes orgánicas y procesales, dicho juez no puede ser desposeído, sin su aquiescencia, de su conocimiento en virtud de decisiones tomadas por órganos gubernativos".
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