El objetivo
invadir las administraciones públicas con personal digital "a dedo";
colocar a sus familias y clientelas polticas ¿¿¿ Laborales ejerciendo potestades administrativas y derecho privado donde el interés general de los ciudadanos pasa a segundo plano???Ver enlaces y leyes adoptadas.
Ver BOE Núm. 236 Viernes 2 de octubre de 2015
I. DISPOSICIONES
GENERALES. JEFATURA DEL ESTADO
Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Evitando lo dispuesto en el Estatuto Básico del Empleado Público y actuando de tapadillo, por detrás como si esto no tuviera importancia....
¿Potestades
administrativas a entidades privadas....? Pero Sres. Que esto es lo mismo que
potestades Públicas; pasar de la
excepción a la regla, un paso peligroso, cuyo coste lo sufriremos todos = Entren
entren en la Administración, se regalan
empleos públicos, ¡La familia lo primero!
Como todos los funcionarios sabemos, la teoría de la organización
administrativa es clara y nos dice que la Administración directa esta servida
por funcionarios que son sólo estos los
que ejercen potestades administrativas mientras que la Administración instrumental, cuando se
ejerce a través de sociedades de capital público, en régimen jurídico-privado y con personal
laboral, debe limitarse a ejercer funciones técnicas o de colaboración
administrativa pero sin asumir potestades administrativas.
Así son las cosas,
para que impere el interés general, la imparcialidad y la objetividad, en toda
actuación pública al servicio unicamente de los ciudadanos.
Y ahora dictan una norma, a nivel estatal, ya hemos
visto los resultados en Andalucía -EREs, Invercaria; IDEA, cursos de formación.......- donde pretenden, legitimar el fenómeno de las sociedades
públicas que usurpan potestades administrativas, y que asumen
actuaciones típicamente administrativas y propias del “género
funcionarios” pero con vestimenta propia
de actos privados y llevados a cabo por el “género laborales”. Vengá ya!!!!
Y ahora toca, extender el clientelismo "digital"
y encomendar labores típicamente
administrativas al personal laboral de las sociedades públicas, bien por
sortear gravosos procedimientos administrativos, bien para contar con personal
rodeado de menores garantías de imparcialidad o bien para eludir imputaciones
de costes a los presupuestos de la Administración matriz.
En Andalucía ya
vemos que ha ocurrido; corrupción sistémica e institucional, cuya causa es un
régimen clientelar donde el empleo
público es moneda de cambio. Y así, se produce el fenómeno de vasos
comunicantes: labores de la Administración pública pasan a la Sociedad de
capital público, y labores de funcionarios pasan a ser ejercidas por personal
laboral, "digital, político y clientelar"; menudo negocio, desaparece
la imparcialidad y profesionalidad.
Ver también enlace:
Freno judicial al
travestismo de potestades públicas
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