lunes, 28 de septiembre de 2015

Máxima difusión: La Junta encalla con los funcionarios. Concurso de Traslados; las oposiciones, El Gobierno andaluz utiliza argumentos falaces para defender el decreto ley de los interinos rechazado por el Parlamento. = mienten, mienten y mienten; un fraude sistémico en el que todos los ciudadanos y andaluces perdemos.

Hartos nos tienen ¿¿???

 

Concurso de traslados; oposiciones, sindicatos....


La Junta encalla con los funcionarios
  • El Gobierno andaluz utiliza argumentos falaces para defender el decreto ley de los interinos rechazado por el Parlamento
  •  Sentencias del TSJA y del Supremo, contrarias al 'decretazo'


 

Acusan a la Junta de chantaje por querer para las oposiciones






EMPLEO PÚBLICO
La Junta encalla con los funcionarios
  • El Gobierno andaluz utiliza argumentos falaces para defender el decreto ley de los interinos rechazado por el Parlamento
  •  Sentencias del TSJA y del Supremo, contrarias al 'decretazo'


 


La Junta de Andalucía vuelve a encallar con sus funcionarios. Tras levantar a buena parte de sus empleados públicos durante la polémica tramitación de la Ley de Reordenación del Sector Público andaluz, más conocida como ley del enchufismo, el Gobierno andaluz, que preside la socialista Susana Díaz, vuelve a tocar la fibra sensible de la función pública.

En febrero de 2011, el rodillo socialista en el Parlamento andaluz sacó adelante la controvertida ley del enchufismo, que contó con los votos en contra del PP y la abstención de IU. En cambio, el pasado miércoles, los 46 votos de los diputados del PSOE fueron insuficientes para sacar adelante otro polémico decreto ley, el 4/2015, que reconoce a los funcionarios de la Administración General los servicios previos prestados como interino en los concursos de traslados y para la promoción interna.

El reconocimiento de estos servicios previos a los funcionarios que fueron interinos se hace con diversas sentencias en contra del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), del Tribunal Supremo y hasta del Constitucional. Estos fallos abundan en que la antigüedad como interino ya fue valorada en el concurso oposición que sirvió para acceder a la plaza de funcionario, de manera que, si se vuelve a puntuar en el concurso de traslados y la promoción interna, se valoraría doblemente dicho mérito y se vulneraría el artículo 23 de la Constitución, que garantiza el «derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos».

Sin embargo, con argumentos falaces y medias verdades, la consejera de Hacienda y Administración Pública, María Jesús Montero, defiende el decreto ley sobre los servicios previos y hace referencia a «sentencias contradictorias» sobre este asunto. El Gobierno andaluz también invoca una sentencia de 2011 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TSJU), que efectivamente valora la interinidad para la promoción interna en el caso de un funcionario que no disponía de la titulación exigida. En ese caso, se le permitía canjear la «no titulación» por la experiencia de diez años trabajados como interino.

Aunque la Junta y sindicatos como Iniciativa Sindical Andaluz (ISA) -antes Ustea- sostienen que este fallo de la UE es aplicable a los concursos de méritos, el Sindicato Andaluz de Funcionarios mantiene que no. De hecho, hay sentencias del TSJA posteriores al fallo del tribunal europeo, que siguen rechazando la posibilidad de valorar los servicios previos como interino como antigüedad del trabajador.

Es más, estos servicios previos sí puntúan para promocionar en el escalafón administrativo, ya que se valoran en el apartado de «trabajo desarrollado». La Junta lo que pretende es puntuarlo también en la antigüedad. Por eso, el SAF alerta de que el mismo mérito podría sumarse hasta cinco veces. Para defender su decreto ley, la Junta también ha alertado sobre la posible infracción de normativa comunitaria en la que estaría incurriendo y alega que la Comisión Europea ha remitido una carta de emplazamiento al Ministerio de Asuntos Exteriores en la que «considera que las autoridades españolas, apoyadas por una serie de sentencias de los tribunales de Andalucía, ha incumplido las obligaciones de reconocer la antigüedad de los funcionarios interinos en los concursos de méritos antes de ingresar como funcionarios de carrera».

Pero lo cierto es que, actualmente, todavía no existe tal infracción, ya que, tras esa carta de emplazamiento, la Comisión Europea debe emitir un dictamen que conceda un plazo de dos meses para ajustarse a la normativa, en caso de que se concluya que hay tal violación de las normas de la UE. Si el Estado no se adapta a la normativa europea, se presentaría un recurso ante el TJUE, que tardaría más de dos años en resolver si efectivamente hay o no infracción.

«La Junta ha actuado como si el Tribunal de Justicia de la UE hubiera sancionado ya a España por infracción del Derecho Comunitario, hecho que es falso», denuncia el Sindicato de Funcionarios. Es más, la normativa de la UE que podría haber vulnerado la Junta rechaza el trato diferente entre trabajadores fijos o interinos, pero tiene la salvedad de aceptarlo siempre que «se justifique un trato diferente por razones objetivas». Y todas las sentencias del TSJA y el Tribunal Supremo sobre este asunto concluyen que sí existen esas razones objetivas.

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