domingo, 16 de agosto de 2015

La sustituta de Alaya, por Luis Escribano; los hechos siguen hablando del Nepotismo andaluz "con ingeniería jurídica ad hoc" - ¿"Cadena de favores"? , versus ¿la junta colabora con quien colabora? porque las cosas no ocurren por casualidad ¿¿??? = Sin justicia, no hay Estado de Derecho y sin Estado de Derecho, la convivencia pacífica es imposible, no queda nada.....Firma de apoyo a la Justicia, versus jueza Alaya.

  • Las polémicas actuaciones de la Magistrada Núñez Bolaños podrían estar motivadas en algo más que la amistad con el Consejero Emilio de Llera. 
  • El nepotismo de la Junta de Andalucía ha marcado en los últimos años la trayectoria profesional del médico forense Julio Guija, cónyuge de la Magistrada Núñez Bolaños. 
  • ¿Qué concretas plazas solicitó la Magistrada Núñez Bolaños en otros Juzgados y Tribunales de Sevilla?...y comentario de última hora: Luis Escribano15 de agosto de 2015, 15:43 Una fuente me confirma que la Magistrada Núñez Bolaños solicitó exclusivamente el Juzgado que ocupaba Alaya, y no solicitó el Juzgado 17 que también se convocaba junto al anterior. Este hecho refuerza mi teoría.



Ver 7 evidencias del artículo...¿Cadena de favores?




Conclusión ¿Cadena de favores?;  sin desperdicio:






Con todas estas evidencias, parece más plausible y reforzada la teoría de que todos estos favores y premios que el PSOE andaluz otorgó al funcionario Julio Guija Villa constituyen el motivo de la llegada de la Magistrada Núñez Bolaños al Juzgado que ocupaba la Magistrada Alaya, así como de sus polémicas actuaciones. Hoy por ti, mañana por mí, sin olvidar que el IML de Sevilla y el Servicio que ocupa Julio Guija Villa siguen dependiendo en cuanto a medios materiales y económicos y recursos humanos de la Junta de Andalucía, es decir, del PSOE andaluz. Eso lo sabe el funcionario Julio Guija Villa, que tanto se ha prestado al juego del PSOE andaluz en la Junta que ahora no podría negarse a devolver ese favor, en su caso. Además, podría verse perjudicado si la Junta le presionara lo más mínimo cortándole los recursos, o sometiéndolo a fuertes presiones, de la misma manera que hicieron con mi jefe -hasta que murió-, tal como les relaté en mi artículo Aznalcóllar, la historia jamás contada”.






http://www.eldemocrataliberal.com/2015/08/la-sustituta-de-alaya.html

La sustituta de Alaya, por Luis Escribano.



Las polémicas actuaciones de la Magistrada Núñez Bolaños podrían estar motivadas en algo más que la amistad con el Consejero Emilio de Llera.

El nepotismo de la Junta de Andalucía ha marcado en los últimos años la trayectoria profesional del médico forense Julio Guija, cónyuge de la Magistrada Núñez Bolaños.

¿Qué concretas plazas solicitó la Magistrada Núñez Bolaños en otros Juzgados y Tribunales de Sevilla?


Introducción.


¿Es la íntima amistad del Consejero de Justicia Emilio de Llera con la Magistrada María Ángeles Núñez Bolaños -y su cónyuge Julio Guija Villa- el único motivo que explica su llegada al Juzgado de Instrucción Nº 6 de Sevilla y sus polémicas actuaciones? Dicha amistad está reconocida públicamente por el propio Consejero (¿con ánimo de despistar?), pero en esta historia se han obviado otros datos fundamentales que desvelaré en este artículo.

Esa amistad posiblemente haya convertido al Consejero de Llera en el transmisor de cierto mensaje desde la Junta de Andalucía, es decir, desde el PSOE andaluz, pero mi intuición me decía que debía haber algo más, porque prestarse “gratuitamente” a ayudar a estos políticos no entra dentro de lo razonablemente aceptable, o al menos, es muy difícil de creer, máxime teniendo en cuenta el historial de aberraciones cometidas por los socialistas. Por otro lado, ¿quién, en su sano juicio, decidiría poner en peligro su profesión como Magistrada bordeando el abismo, complicándose la vida -por ejemplo, con una prevaricación-, si no es a cambio de algo, como pago de una “deuda” o para evitar que salga a la luz cualquier irregularidad cometida? Cuando terminen de leer este artículo entenderán a que me refiero.

De antemano les pido disculpas por la extensión del presente artículo, pero son muchos los datos a aportar, y son variadas las explicaciones que debo exponer para que se entienda sin fisuras el planteamiento que expongo. Además, el asunto lo merece desde la óptica de la Justicia material y de la lucha contra la corrupción, que constituyen el principal leitmotiv de mis artículos.

Sin ánimo de desviarme del tema fundamental, debo recalcar que este asunto no es más que otra rama de uno de los árboles que no dejan ver el enorme bosque de la triste realidad española: la ausencia en el Estado de poderes independientes (separados constitucional y legalmente) con un régimen electoral perverso, todo diseñado ad hoc para la supervivencia de la oligarquía existente de partidos políticos. ¿No les llama la atención que ningún partido se cuestione estos temas? Y las ramas de esos árboles no son más que el fruto de las semillas sembradas con nuestra Constitución. Al no existir una verdadera separación de poderes, lo lógico es que suframos sus negativas consecuencias. Con un Ejecutivo sin posibilidad de ser realmente controlado por el Legislativo, y una Justicia dependiente de ambos poderes y, por tanto, viciada, y todo ello aderezado con un régimen electoral infame, es imposible instaurar la democracia. El nepotismo existente, la corrupción imperante, la oligarquía de los partidos políticos, la ruina moral, los nacionalismos corrosivos, la falta de unidad y de igualdad, la Justicia torcida, son consecuencias de un Estado, el español, mal diseñado en su Carta Magna, que impide que sus ciudadanos sean plenamente libres y posean una auténtica representación desde la óptica política. Es posible que con una verdadera separación de poderes y un adecuado régimen electoral  no se erradiquen todos los problemas existentes, pero les aseguro que los frutos de esas semillas serían bastante apetecibles, no como los podridos que hoy nos vemos forzados a comer.

Y esa rama al que me refería al inicio del anterior párrafo no es otra que la de los casos de corrupción judicializados que salpican de lleno la gestión del Gobierno del PSOE andaluz. Entre otros, hay involucrados Presidentes y demás altos cargos de la Junta de Andalucía, funcionarios y laborales, empresarios, sindicalistas y profesionales. Me estoy refiriendo a los casos ERE, Formación (EDU y otros), caso MADEJA, etc., es decir, los casos que ha estado instruyendo la Magistrada Alaya contra viento y marea.

Dice el principio de la "navaja de Ockham", atribuido al fraile franciscano, filósofo y lógico escolástico inglés del siglo XIV, Guillermo de Ockham: "Pluralitas non est ponenda sine necessitate"(la pluralidad no se debe postular sin necesidad), que viene a indicar que las explicaciones nunca deben multiplicar las causas sin necesidad. Pero en ciertas ocasiones, la opción compleja puede ser la correcta en función de las evidencias que la apoyen. Por tanto, de acuerdo con este principio, una teoría más simple pero de menor evidencia no debería ser preferida a una teoría más compleja pero con mayor prueba.

Si nos atenemos a dicho principio, la íntima amistad del Consejero de Justicia -Emilio de Llera Suárez-Bárcena (¡vaya cruz con el segundo apellido!)- con la nueva titular del Juzgado de Instrucción Nº 6 que ocupaba la Magistrada Alaya podría ser la causa que explicara las actuaciones de la Magistrada Núñez Bolaños. Sin embargo, sus evidencias son escasas.

Por ello, me puse a indagar por si existían evidencias de mayor peso. Y tras una ardua investigación, he podido conseguir datos suficientes para sugerir otra teoría, quizá algo más compleja, pero con evidencias mayores. Teoría que, además, queda reforzada por el comportamiento habitual de los cargos públicos del PSOE andaluz en relación a cobrarse deudas del personal por favores prestados, sin olvidar el magnífico alquiler que le paga la Junta de Andalucía al Presidente del TSJA, Lorenzo Jesús del Río Fernández, que ya quisiéramos los funcionarios o cualquier empleado de una empresa privada cuando el destino asignado está a más de 60 Km. del lugar habitual de residencia. Y por cierto, ¿para cuando la dimisión o cese de este cargo? Tan sólo es necesario sentir un poco de vergüenza y tener un poco de dignidad como ciudadano que ocupa un cargo público tan relevante.

Para exponerles los datos me tengo que remontar unos años atrás y analizar la política seguida por la Junta de Andalucía en materia de administración de justicia, en concreto en el ámbito forense, así como la trayectoria profesional en dicha Administración del cónyuge de la Magistrada Núñez Bolaños, el médico-forense Julio Antonio Guija Villa. Les debo advertir que en ningún caso pondré en duda la posible profesionalidad del Sr. Guija Villa, dado que no tengo suficiente información para determinarlo, limitándome a revelar datos públicos y notorios de su relación con la Junta de Andalucía, que no son los habituales de cualquier funcionario de la Junta, salvo que exista algo más que una simple relación de servicio.


Antecedentes: creación de los Institutos de Medicina Legal (IML).


Aunque la competencia exclusiva en materia de Justicia la tiene el Estado, se han ido traspasando desde el año 1990 parte de las funciones, servicios y recursos a las Comunidades Autónomas. Mediante los Reales Decretos 141/1997 y 142/1997 (BOE de 13-03-97) se traspasaron las funciones y servicios en materia de medios materiales, económicos y personales para el funcionamiento de la Administración de Justicia a la Comunidad Autónoma de Andalucía, los cuales fueron aprobados por el Gobierno presidido por Aznar (con mayoría simple y apoyado por CIU, PNV y CC), siguiendo la senda iniciada por el Gobierno de Felipe González, que dos días antes de la celebración de las elecciones generales de 1996 aprobó estos traspasos para la Comunidad de Cataluña, lo cual seguramente constituyó uno de los muchos pagos que realizó el PSOE por el apoyo de CIU y PNV necesario para gobernar la nación, con tan nefastas consecuencias. No olvidemos que Cataluña fue la primera Comunidad -¡como no!- que recibió traspasos del Estado en materia de Administración de Justicia –año 1990-, y las demás Comunidades no querían ser menos que Cataluña. ¿Les suena a ustedes el guión de esta película?

Y claro, dejar en manos de los cargos del PSOE andaluz la gestión de esos recursos tan fundamentales para el funcionamiento de la Administración de Justicia (y me temo que algo parecido haya podido pasar en otras Comunidades Autónomas) es como si el "ius puniendi" -derecho a castigar- que forma parte de la patria potestad (institución típica del Derecho romano), se lo traspasara el padre al hijo menor de edad. ¿Se imaginan a este hijo castigándose a sí mismo por sus propias faltas? Pues de aquellos barros, estos lodos en la Administración de Justicia, que trata a sus ciudadanos en función de la Comunidad Autónoma en la que viva. ¿Iguales los españoles ante la Ley? No, es evidente que no lo somos.

Desde dichos traspasos de 1997, es la Comunidad Autónoma de Andalucía la que tiene atribuida la competencia para crear los Institutos de Medicina Legal -IML- en su territorio, y en base a ello aprobó el Decreto 176/2002, de 18 de junio, por el que se constituyeron y regularon los Institutos de Medicina Legal de la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA de 10/08/2002), uno en cada provincia. En sus anexos se encuentran las primeras relaciones de puestos de trabajo de los IML de Andalucía.


Nombramientos en puestos relacionados con los IML.


Por Resolución de 6 de septiembre de 2002, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Justicia y Administración Pública (BOJA de 24/09/2002), cuyo titular era Carlos Toscano Sánchez, se convoca un concurso de méritos en el Instituto de Medicina Legal de Sevilla entre los funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Médicos Forenses integrados en el mismo.

Dicho concurso se resolvió mediante Resolución de 25 de febrero de 2003 (BOE de 02/04/2003). En su anexo figuran los médicos forenses que obtuvieron plaza, en total 13 en puestos de Médico Forense Generalista (Sede Central), 3 en Jefaturas de Servicio y 2 en Jefaturas de Sección. Julio Antonio Guija Villa obtuvo el puesto de Médico Forense Generalista (Sede Central), con 55,33 puntos (en quinto lugar). No se le adjudicó la Jefatura de la Sección de Policlínica que había solicitado, al no superar la puntuación mínima exigida en la fase segunda del apartado A de la convocatoria en dicho puesto.

Tres meses después, mediante Resolución de 21 de mayo de 2003, de la Delegación Provincial de Sevilla de la Consejería de Justicia y A.P. (BOJA de 02/06/2003), cuya titular era Beatriz Sainz-Pardo Prieto-Castro, se anuncia para su provisión por el sistema de libre designación –PLD- el puesto de trabajo de Director del IML de Sevilla. Se exigía como requisito ser Médico Forense con cinco años de ejercicio profesional como tal, así como alegar y acreditar los méritos que se poseyeran y presentar una memoria. Todo ello sin especificar cómo se valoran estos méritos, y por tanto la elección sería subjetiva, o dicho de otra forma más coloquial, "a dedo".

Mediante Resolución de 12 de julio de 2003, de la Delegación Provincial de Sevilla de la Consejería de Justicia y A.P. (BOJA de 14/07/2003) se adjudica el puesto de Director del IML de Sevilla a Julio Antonio Guija Villa, sin especificar la valoración de sus méritos o los médicos forenses que solicitaron el puesto. Transparencia: cero.

Resulta muy llamativo que unos pocos meses antes se le denegara una Jefatura de Sección del mismo IML al no tener los méritos suficientes para ello, y con la citada Resolución se le adjudique el puesto de Director del mismo. Téngase en cuenta que según el artículo 8.2 del Real Decreto 386/1996, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Institutos de Medicina Legal, se pueden crearsecciones dentro de los correspondientes servicios en los Institutos de Medicina Legal cuya dimensión y complejidad así lo requieran.


Primer  dato relevante:


Primer  dato relevante: el motivo de su nombramiento como Director del IML de Sevilla debía ser ajeno a sus méritos. Si unos 3 o 4 meses antes no tenía este funcionario los méritos suficientes para ser Jefe de la Sección de Policlínica del IML de Sevilla, un IML cuya dimensión y complejidad permite la existencia de dicha Sección, ¿qué méritos alegó y le fueron valorados para ser Director del mismo?

Mediante Decreto 95/2004, de 9 de marzo, del Gobierno de la Junta, se crean y regulan las funciones y composición del Consejo Andaluz de Medicina Legal y Forense y de la Comisión de Coordinación de los Institutos de Medicina Legal de Andalucía. Esta última se creó previamente mediante Orden de 11 de julio de 2003 de la Consejería de Justicia y A.P., cuya titular era Carmen Hermosín. En dicho Decreto se crea la figura del Coordinador General, que actúa de Secretario en ambos órganos con voz y voto (en la citada Orden de 11 de Julio de 2003, el Secretario era el Jefe de Servicio de Coordinación de la Viceconsejería, con voz y sin voto).

En el citado Decreto 95/2004 se establece que hasta tanto no se cree el puesto de Coordinador General, de acuerdo con la normativa prevista en la Ley Orgánica del Poder Judicial, las funciones atribuidas a éste serán desempeñadas por uno de los Directores de los Institutos de Medicina Legal de Andalucía, designado por el titular de la Consejería de Justicia y Administración Pública

Mediante la Orden de 18 de enero de 2005 (BOJA de 23/02/2005) se adscribe a don Miguel Lorente Acosta, Director del IML de Granada, para el desempeño provisional de las funciones de Coordinador General. ¿Y quién es Miguel Lorente Acosta? ¿Por qué traigo su caso a este artículo? Porque en su nombramiento como Director del IML de Granada ocurrió algo similar al de Julio Guija.

Miguel Lorente fue Director del IML de Granada, cuyo nombramiento por libre designación -porResolución de 12/07/2003- fue cuestionado por la prensa digital (Noticias de Almería), pues cuatro meses antes, según Resolución de 25/02/2003 (BOE de 02/04/2003), no tuvo méritos suficientes para obtener la plaza de la Jefatura de Servicio de Clínica Médica Forense del mismo IML de Granada, ganando una plaza de Médico Forense Generalista (Sede Central). El 12/12/2006 fue nombrado por el Gobierno andaluz titular de la recién creada Dirección General de Asistencia Jurídica a las Víctimas de Violencia de la Consejería de Justicia, hasta que en abril de 2008 fue nombrado Delegado del Gobierno para la violencia de género adscrito al Ministerio de Igualdad en el gobierno socialista de Zapatero, cesado en diciembre de 2011. No hay duda de que era de total confianza del PSOE, como generalmente ocurre en los nombramientos de PLD en la Junta.


Segundo dato relevante:


Segundo dato relevante: tras el cese de Miguel Lorente como Coordinador General de los IML, y mediante Orden de 11/01/2007 (BOJA de 31/01/2007), se nombra a Julio Guija Villa para el desempeño provisional de las funciones de Coordinador General. Según el Escalafón del Cuerpo de Médicos Forenses de España, cerrado a 1 de abril de 2007 (datos obtenidos del Ministerio de Justicia), Julio Guija Villa tenía el número 214 de 644.


Creación del Servicio de Psiquiatría Forense en el IML de Sevilla, y su ocupación.


Tercer dato relevante:


Tercer dato relevante: Estando como Director del IML de Sevilla y desempeñando las funciones como Coordinador General, la Comunidad Autónoma de Andalucía, mediante escrito de fecha 17 de octubre de 2007, solicitó al Ministerio de Justicia el establecimiento del Servicio de Psiquiatría Forense en el Instituto de Medicina Legal de Sevilla. Ningún IML de España tenía un Servicio de Psiquiatría Forense. Y curiosamente, Julio Guija Villa impartía clases sobre esa materia en la Universidad de Sevilla como profesor asociado del Departamento de Psiquiatría y tenía formación y experiencia en la materia.

Por Orden JUS/479/2008, de 20 de febrero (BOE de 28/02/2008), el Ministro Mariano Fernández Bermejo establece el Servicio de Psiquiatría Forense del Instituto de Medicina Legal de Sevilla, pionero en España, a petición de la Junta de Andalucía. Según el Real Decreto 386/1996, los Institutos de Medicina Legal dispondrán de Servicios de Patología y Clínica Médico-Forense, aunque, además de estos servicios, el Ministerio de Justicia e Interior podrá establecer en cada Instituto, a propuesta, en su caso, de la Comunidad Autónoma que haya recibido los traspasos de medios para el funcionamiento de la Administración de Justicia, un Servicio de Laboratorio Forense y aquellos otros que sean precisos para una adecuada asistencia a la Administración de Justicia (artículo 8.1). ¿Significa esto que en las demás Comunidades Autónomas o resto de provincias de Andalucía no se precisaba la creación de este Servicio de Psiquiatría, y sólo era necesario para una adecuada asistencia a la Administración de Justicia en Sevilla? ¿En qué dato se basó la Junta de Andalucía para solicitarlo exclusivamente para Sevilla, y no, por ejemplo, para Granada y Málaga?


Cuarto dato relevante:


Cuarto dato relevante: la deducción es obvia, y es que el hecho de requerir al Ministerio ese Servicio sólo para Sevilla trasluce que esa plaza se creó porque estaba predeterminada la persona que iba a ocuparla. Es decir, se creó para el funcionario Julio Guija Villa.


Quinto dato relevante:


Quinto dato relevante: ¿adivinan ustedes cuál fue el primer funcionario que ocupó dicha plaza? Sí, yo me lo guiso, yo me lo como. Mediante Resolución de 18 de enero de 2011, de la Consejería de Gobernación y Justicia, se resuelve el concurso específico de méritos, convocado por Resolución de 28 de julio de 2010, en los Institutos de Medicina Legal de Andalucía, nombrando a Julio Guija Villa Jefe del Servicio de Psiquiatría Forense del IML de Sevilla. Por aquellas fechas, ya se vaticinaba la caída del PSOE andaluz en los siguientes comicios electorales, y de esta forma el PSOE andaluz colocaba a una persona de "confianza" en un puesto relevante del que no podría ser cesado libremente (aunque entrara otro partido político en el Gobierno), y donde Julio Guija podía terminar su carrera sin problema hasta su jubilación. Jugada maestra del Gobierno andaluz, en el que ganaban ambos. Pero como les dije anteriormente, el PSOE andaluz no otorga favores gratuitamente...

Quiero resaltar que según las bases de ese concurso de méritos, por haber desempeñado el cargo de Dirección de un IML con anterioridad (les recuerdo que es un puesto de libre designación donde no se valoran méritos para ser nombrado) se otorgaba 1 punto por año completo o fracción proporcional para la solicitud de la Jefatura de Servicio, mientras que por haber desempeñado una Jefatura de Sección con anterioridad (les recuerdo que para llegar a ocupar una Sección tiene que ganarse el puesto en un concurso de méritos), 0,50 puntos por año completo o fracción proporcional para la solicitud de la Jefatura de Servicio del mismo área si se ha desempeñado como titular y 0,25 puntos por año completo o fracción proporcional si se ha desempeñado provisionalmente.

¿Entienden ahora lo maquiavélico que resulta el nepotismo en la Administración? El funcionario Julio Guija, que fue nombrado a dedo como Director del IML, se valoró con 7 puntos los 7 años de desempeño como Director –nombrado “a dedo”- para conseguir el Servicio de Psiquiatría cuya creación él mismo propondría y obtuvo, y que sin duda aspiraba a ocupar por concurso, mientras que un funcionario que ocupara un puesto de Jefe de Sección necesitaría el doble de años para igualar dicha puntuación al solicitar el mismo Servicio.

Estas artimañas son las que provocan el malestar y la desmoralización del personal de la Junta de Andalucía, y cualquier experto en organización y calidad de empresas y organismos públicos sabe que si la política de personal es un desastre -como ocurre en la Junta de Andalucía- la organización no puede funcionar adecuadamente. ¿Y por qué ocurre? Porque el PSOE andaluz es un partido político que puede hacer y deshacer a su antojo sin control efectivo alguno, al amparo del mal diseño constitucional y legal que les refería al comienzo del artículo.


Datos sobre la trayectoria de la Magistrada Núñez Bolaños.


Sexto dato relevante:


Sexto dato relevante: en su anterior destino como Magistrada del Juzgado de Primera Instancia nº 17 (Familia) en Sevilla, intervino como ponente en una Mesa Redonda el pasado 3 de octubre de 2014 en Córdoba, en un Encuentro titulado "De la normalidad a la enfermedad mental: Aspectos jurídicos y psiquiátricos", según publicaba el Servicio de Formación Continua de la Escuela Judicial del Consejo General del Poder Judicial, que curiosamente dirigía su cónyuge, Julio Guija Villa. La ponencia se titulaba "Enfermedad Mental y desamparo del menor: concepto y procedimiento judicial". El tema nada tiene que ver con el ámbito penal, sino el familiar. Y no he encontrado ninguna otra ponencia de esta Magistrada en relación a la materia del nuevo Juzgado solicitado: instrucción de causas penales.

Si la Magistrada Núñez Bolaños es especialista en materia de Familia, hasta el punto de impartir ponencias sobre la materia, ¿a qué se debe ese repentino y urgente interés por irse a un Juzgado de Instrucción, y en concreto, al Nº 6 de Sevilla? Desde su ingreso en 1994 en la carrera judicial, ha servido en Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de Ayamonte, Carmona y Jaén, y en un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Huelva. Si después solicitó y le fue adjudicado en marzo de 2004 un Juzgado de Primera Instancia (Familia), especializándose en ello tras 11 años ocupándolo, es obvio que se separó voluntariamente de los Juzgados de Instrucción. ¿Por qué ahora ese interés en instruir procedimientos penales muy complejos, que curiosamente afectan al Gobierno de la Junta de Andalucía, sindicatos, empresarios y profesionales, entre otros? El dato de solicitar en el último momento la plaza del Juzgado que ocupaba Alaya es muy llamativo.


Séptimo dato relevante: 


Séptimo dato relevante: Pero si abundamos más en el tema, sería muy interesante saber si la Magistrada Núñez Bolaños solicitó plazas en otros Juzgados de Instrucción de Sevilla, y así conocer el extraordinario interés de dejar el de Familia y pasar a uno de Instrucción. En la misma convocatoria en la que solicitó el Juzgado Nº 6 también se convocó la plaza del Juzgado de Instrucción número 17 de Sevilla. ¿La solicitó igualmente? Y si lo hizo, ¿en qué orden de preferencia? Dicha plaza fue adjudicada a la Magistrada Carmen Jesús Ruiz Mesa, que servía en el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 2 de Andalucía.

Asimismo, en 2012 se convocaron las plazas de los Juzgados de Instrucción número 8 y número 13 de Sevilla (BOE 03/10/2012). ¿Solicitó la Magistrada ambos Juzgados en ese concurso? Y no sólo sería interesante conocer todas las peticiones que hizo la Magistrada de plazas en otros Juzgados de Instrucción en Sevilla, sino también si lo hizo de plazas en otros Juzgados y Tribunales, incluidos también los de Primera Instancia, de lo Penal, de lo Contencioso-Administrativo, de lo Social, etc., para poder valorar el interés que tenía en dejar el Juzgado que ocupaba de Familia y en trabajar en cualquier ámbito de la Justicia o sólo instruyendo en lo Penal, y en concreto, sólo en el Juzgado de Instrucción Nº 6 de Sevilla.


Conclusiones.




Con todas estas evidencias, parece más plausible y reforzada la teoría de que todos estos favores y premios que el PSOE andaluz otorgó al funcionario Julio Guija Villa constituyen el motivo de la llegada de la Magistrada Núñez Bolaños al Juzgado que ocupaba la Magistrada Alaya, así como de sus polémicas actuaciones. Hoy por ti, mañana por mí, sin olvidar que el IML de Sevilla y el Servicio que ocupa Julio Guija Villa siguen dependiendo en cuanto a medios materiales y económicos y recursos humanos de la Junta de Andalucía, es decir, del PSOE andaluz. Eso lo sabe el funcionario Julio Guija Villa, que tanto se ha prestado al juego del PSOE andaluz en la Junta que ahora no podría negarse a devolver ese favor, en su caso. Además, podría verse perjudicado si la Junta le presionara lo más mínimo cortándole los recursos, o sometiéndolo a fuertes presiones, de la misma manera que hicieron con mi jefe -hasta que murió-, tal como les relaté en mi artículo Aznalcóllar, la historia jamás contada”.

Además, la reconocida íntima amistad con el Consejero de Justicia de Llera es un dato a sumar en este espinoso asunto.

Si por otro lado se conociera la información de todas las solicitudes presentadas por la Magistrada Núñez Bolaños de plazas de otros Juzgados y Tribunales, podríamos valorar si ese “interés” por el Juzgado de Instrucción Nº 6 debe añadirse a la presumible buena relación de su cónyuge con la Junta de Andalucía.

Tampoco es descartable en esta teoría, visto lo visto, que la Junta haya podido prometer ciertos favores a la misma Magistrada Núñez Bolaños (como los que recibió su cónyuge) si se prestaba al juego que más interesaba a los políticos socialistas de la Junta de Andalucía. Para este matrimonio de funcionarios de la Administración de Justicia, todo sea por sobrevivir en esta jungla administrativa sin problemas con el poder; y para muchos ex altos cargos de la Junta, todo sea por la supervivencia.


Con el tiempo sabremos si esta teoría tiene o no la virtud de dar una respuesta anticipada a los acontecimientos futuros. No lo duden, muchos estaremos vigilando las actuaciones de la nueva Magistrada del Juzgado de Instrucción Nº 6 de Sevilla para comprobarlo.



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