- Las 'víctimas' son 200 empleados que serían indefinidos si hubieran seguido en Egmasa
- Al no ser fijos, la agencia Amaya les está aplicando más recortes salariales que al resto
Diferencias entre Agencias; recortes. “la Junta está aplicando de forma distinta los recortes salariales que sufren los ¿empleados públicos? en función de la agencia de la que se trate. Amaya y Faffe....y así es la Junta, un Escorpión que mata siempre a la rana....Hoy tu, mañana el siguiente......
¿Fraude del Ley?
Definición de Fraude de ley o
fraude a la ley es la realización de
una estafa o fraude por medio de un acto o negocio jurídico amparándose en
una normativa existente con la finalidad de alcanzar ciertos objetivos, que, no siendo los propios de esa norma, sean además contrarios a otra ley existente del ordenamiento
jurídico. El fraude de ley puede
suponer la nulidad de la norma aplicada si es contraria al ordenamiento
jurídico superior.
Todo el personal
laboral “subrogado” tiene fecha de caducidad: serán removidos, cuando se cubra
su puesto con alguien mediante los procedimientos constitucionales de
publicidad, mérito y capacidad.
Cuando se ha incurrido en el defecto sustancial cualificado
de la omisión del procedimiento de selección previsto o que no se hayan
satisfecho los principios establecidos en los arts. 23.2 y 103 CE –derecho
necesario “no es posible novar masivamente los contratos” como de duración
indefinida –fijo de plantilla; EEPP-toda vez que han sido contratados con omisión
cualificada del procedimiento de selección.
El limite en derecho
laboral para que haya novación "objetiva" del contrato es que el
objeto sea lícito. Ningún alto cargo de la Junta de Andalucía puede transformar
un contrato laboral privado en un contrato laboral público fijo
(administrativo -EEPP) o instaurar una relación de servicio, que dote a este
personal “laboral subrogado” de la
condición de empleado público, cambiando de facto sus condiciones de trabajo,
por que la Administración para la selección de su personal, tanto del personal
laboral como funcionario, y como poder público que es esta
sujeta, a los principios establecidos en nuestra Constitución; igualdad, merito
y capacidad con publicidad (art. 14, 23.2, 103, y 149.1.18 CE); existencia de dotación presupuestaria para el pago de este
personal, justificación de la necesidad de contratación y contenido del puesto
de trabajo y funciones; convocatoria publica de acceso, para todos los
ciudadanos, superación de proceso selectivo,
publicación en boja de la relación de aspirantes que han obtenido plaza;
firma de contrato de trabajo o toma de posesión funcionario para el
establecimiento de su relación de servicio.
Si no se cumple
sistema reglamentario de acceso al empleo público no se puede adquirir la
condición de "empleado público" = un gato es un gato; no un
perro, “supuesto fáctico –realidad- de contenido imposible”; nuestro ordenamiento
jurídico constitucional no permite la figura de Empleado Público
“por acceso digital”
Ver mas enlaces
entradas, ya notificadas.. .....
Incluidos enlaces a :
- Sentencia de 9 abril 2014 del Tribunal Supremo (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 7ª). Decreto 104/2011, de 19 abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía.
- Sentencia 23 de Mayo de 2014 de la Sala de lo Social del TS (rec. 179/2013) : = figura de creación jurisprudencial "indefinido NO fijo" sin acceso y sin cumplimiento del artículo 103.3 CE no hay Empleo Público con todas las garantías.
Ver enlaces Sentencias Jurisdicción Social, se aplica el bloque de constitucional y la jurisprudencia
constitucional, criterios técnicos y jurídicos .
- Sentencia. Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sevilla (Sala de lo Social, Sección 1ª). Sentencia núm. 187/2004 de 22 enero AS\2005\255. ADMINISTRACION PUBLICA: contrato de trabajo de carácter indefinido: novación en fijo de plantilla: desestimación: ilegalidad del Acuerdo de fecha 13-11-2002 firmado entre Administración estatal ysindicatos: necesario sometimiento a los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. Jurisdicción: Social.Recurso de Suplicación núm. 3784/2003.Ponente: Ilmo. Sr. D. Alfonso Martínez Escribano.
- Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, Valladolid. (Sala de lo Social, Sección 1ª). Sentencia de 23 mayo 2012. AS\2012\2275. ADMINISTRACIONES PUBLICAS Y PERSONAL A SU SERVICIO: las irregularidades en la contratación temporal determinan la conversión del contrato de trabajo en indefinido y no fijo de plantilla: el carácter indefinido de la relación laboral se predica respecto de un concreto puesto de trabajo y no respecto de la Administración empleadora como un todo genérico y abstracto. Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 534/2012. Ponente: Ilmo. Sr. D. susana maría molina gutiérrez
Agencia de Medio
Ambiente y Agua de Andalucía (Amaya)
Víctimas de la ley del 'enchufismo' de la Junta de Andalucía
Agravio comparativo entre
empleados de Amaya tras la reordenación del sector público
Las 'víctimas' son 200 empleados
que serían indefinidos si hubieran seguido en Egmasa
Al no ser fijos, la agencia Amaya les está aplicando más recortes
salariales que al resto
No todo han sido
ventajas para los más de 20.000 trabajadores de empresas públicas, fundaciones
y otros entes instrumentales de la Junta de Andalucía que se vieron afectados
por la polémica Ley de Reordenación del Sector Público andaluz, más conocida
como ley del enchufismo, aprobada en 2011 entre las protestas de buena parte de
los funcionarios andaluces.
La Junta convirtió en
empleados públicos por la puerta de atrás a miles de trabajadores -también los enchufados- pero para algunos habría sido
más ventajoso permanecer en su antigua empresa pública y no en la nueva agencia
que surgió de la Ley de Reordenación.
En esta situación hay un grupo de trabajadores de la Agencia
de Medio Ambiente y Agua de Andalucía (Amaya), en la que se integraron casi 6.000
empleados de la extinta Egmasa (Empresa de gestión Medioambiental).
Las víctimas de la Ley de Reordenación son casi 200
empleados que debían ser indefinidos si se hubiera cumplido el acuerdo de
estabilidad firmado por los sindicatos y la dirección de Egmasa en el año 2005,
que fue ratificado posteriormente en marzo de 2011, un mes
después de ser aprobada la Ley de Reordenación del sector público.
Pero al extinguirse Egmasa y
crearse Amaya, aquel acuerdo de estabilidad quedó en papel mojado y la
Agencia nunca «transformó la relación en indefinida de aquellos que vayan
cumpliendo 54 meses de contratación continuada en la empresa», como se había
comprometido con los sindicatos.
Y ahí empezó el agravio comparativo entre los trabajadores.
Por una parte, está la mayoría de los más de 4.000 empleados que ahora forman
parte de la plantilla de Amaya, que son «indefinidos fijos». Y, por otra parte,
están los casi 200 eventuales, que han sido considerados «indefinidos no fijos»
por una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA),
confirmada por el Tribunal Supremo el pasado mes de febrero.
Al no ser fijos, la Agencia Amaya les está aplicando mayores
recortes salariales que al resto, ya que al 5% de todos los empleados públicos le
suman el 10% adicional en el sueldo y la jornada previsto para los eventuales
en la Ley 3/2012 de Medidas Fiscales y Administrativas de reequilibrio
económico-financiero de la Junta. Tampoco pueden participar en los concursos
internos para mejorar de puesto.
«Se ha generado una
discriminación laboral en una agencia pública, en la que hay trabajadores de
primera y segunda de forma arbitraria e injusta», resumió un empleado de Amaya consultado por este diario.
Los agraviados no son solamente
los casi 200 «indefinidos no fijos». También hay otros 242 incluidos en el convenio colectivo del
medio natural de la antigua Egmasa, que sigue vigente en Amaya. Los sindicatos
consideran que estos 242 trabajadores están en fraude de ley porque llevan
entre 10 y 15 años encadenando contratos temporales de forma irregular. Dado el tiempo transcurrido, ya
deberían ser indefinidos, como ocurrió con sus compañeros en la antigua Egmasa.
Este colectivo también está sufriendo con mayor dureza
los recortes salariales, porque son eventuales y soportan el 5% y el 10%
adicional.
Otro grupo de trabajadores de la Agencia Amaya que está
considerado «indefinido no fijo» está formado por 104 operarios del Infoca que trabajan solamente los cuatro meses de la
campaña contra incendios. A principios de año, estuvieron acampados a las
puertas del Parlamento andaluz durante más de dos meses para exigir mejoras
laborales y mayor estabilidad.
Ante el malestar que
se vive entre los empleados de Amaya que son «indefinidos no fijos», el secretario
general de la Agencia, Ignacio Candel, ha enviado un escrito en el que afirma que «tener una
relación laboral indefinida, pero no fija en la Agencia, implica tener todos
los derechos laborales, salvo la fijeza en tu
empleo. Los dos efectos directos de dicha falta
de fijeza vienen dados por la ley y la jurisprudencia del Tribunal Supremo y
del Tribunal Constitucional, no por la voluntad de la dirección de la Agencia»,
dice el documento.
La Ley de
Reordenación andaluza no ha conseguido homogeneizar el vasto sector público
empresarial, como prometió hace años la Junta.
Tampoco se han
unificado las condiciones laborales de los trabajadores del entramado
empresarial y poco se ha avanzado en el convenio colectivo único que reclaman sindicatos como la
Unión Independiente de Trabajadores de Andalucía (UITA), que surgió en plena
batalla entre los empleados públicos por la reordenación del sector para ser
referente en las empresas públicas.
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