martes, 28 de abril de 2015

El TSJA devuelve a la juez Alaya la investigación de los ERE " = La Andalucía imposible: ¿las cosas pasan por arte de birlibirloque?; el dinero vuela y los cuatro exconsejeros, Francisco Vallejo, Carmen Martínez Aguayo y Antonio Ávila, y Manuel Recio ¿no tienen responsabilidad penal alguna?

  •  Los acusados han perdido el aforamientos tras dejar de ser diputados
  •  El TSJA decide que no es el momento de sobreseer la causa
  •  Reitera que el caso se divida en varias piezas para continuar la investigación

 Mercedes Alaya llega al edificio de los juzgados de Sevilla.




Los acusados ya no son aforados
El TSJA devuelve a la juez Alaya la investigación de los ERE
  •  Los acusados han perdido el aforamientos tras dejar de ser diputados
  •  El TSJA decide que no es el momento de sobreseer la causa
  •  Reitera que el caso se divida en varias piezas para continuar la investigación

Mercedes Alaya llega al edificio de los juzgados de Sevilla. 

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha acordado este lunes remitir a la juez Mercedes Alaya la causa de los ERE por la pérdida de aforamiento de cuatro exconsejeros tras la formación del nuevo Parlamento andaluz (en el que los acusados ya no son diputados) y le ha reiterado su petición de que la divida en causas separadas.

En un auto hecho público esta mañana, la Sala Civil y Penal del TSJA afirma que no procede acordar el sobreseimiento y el archivo de la causa respecto de los tres aforados que lo habían solicitado, en referencia a Francisco Vallejo, Carmen Martínez Aguayo y Antonio Ávila, ya que Manuel Recio no lo pidió.

De esta forma, Alaya podrá citar a los cuatro exconsejeros a declarar al juzgado de instrucción 6 de Sevilla, aunque tres de ellos -Ávila, Vallejo y Aguayo- ya lo hicieron en el TSJA.

Además, el TSJA señala que "parece sumamente razonable y conveniente dividir la causa en diferentes piezas separadas, permitiendo el tratamiento (y en su caso enjuiciamiento) separado de los aspectos que presenten suficiente autonomía, como son cada uno de los expedientes de concesión de las ayudas".

El tribunal indica que también podría haber piezas separadas respecto a "la conformación y mantenimiento del procedimiento específico y la atribución de sobrecomisiones a determinadas aseguradoras, sindicatos y despachos de abogados intervinientes".

El TSJA pidió en una ocasión la división de la causa en piezas separadas, y recuerda que también lo ha solicitado la Fiscalía Superior, la Sala Segunda del Tribunal Supremo y la Fiscalía Anticorrupción en "numerosos informes".

Además, el instructor de la causa en el TSJA, Miguel Pasquau, afirma que no ha podido "alcanzar una convicción suficiente como para dictar un Auto de transformación de las diligencias previas en procedimiento abreviado, con la consiguiente inculpación de los encausados".

"Tampoco ha podido alcanzar dicho grado de convicción para acordar su sobreseimiento, por lo que no queda más opción de remitir la causa al órgano competente para la prosecución de las diligencias", indica el instructor tras descartar un "pronunciamiento precipitado".

El juez precisa que no tiene suficiente grado de convicción para pronunciarse sobre "aspectos controvertidos" de los que le acusa Alaya, como la concesión de ayudas sociolaborales, subvenciones de empresa y pagos de sobrecomisiones del programa 31L (conocido como "fondo de reptiles") "con grave detrimento de caudales públicos".

Pasquau agrega que desde el 2 de marzo, cuando abrió un auto sobre los cuatro aforados, se han hecho "diligencias que han supuesto la aportación e incorporación de nuevos elementos a la causa".

Círculo vicioso


En su resumen de las acusaciones contra los aforados, el juez señala que se habría creado un "círculo vicioso" consistente en que la Intervención no controlara los gastos debidamente y que, al no emitir informes de actuación, las autoridades podrían invocar ignorancia, que sería "un deliberado cerrar los ojos para no tener constancia oficial".

El juez apunta que los imputados, en su defensa, explicaron que "no ha habido unas decisión política adoptada en las altas esferas de la Administración andaluza consistente en habilitar un espacio de arbitrariedad para la concesión de las subvenciones y ayudas sociolaborales".

Los aforados dijeron, según el juez, que hubo un "uso abusivo y desviado de la potestad subvencionadora" por parte de la Consejería de Empleo que ellos desconocían.

El instructor indica que Vallejo explicó con "vehemencia" que se creó una "ágil política de ayudas sociolaborales y subvenciones a las empresas en crisis, y el modo de financiación escogido habría creado objetivamente el riesgo de una utilización abusiva".

Sin embargo, añadieron los imputados, ese sistema no se diseñó para una finalidad ilícita, por lo que no debería comportar responsabilidad penal hacia ellos, resume el juez antes de indicar que los aforados creen que su imputación se basa en consideraciones "difusas e hipotéticas, de las que no resulta posible la defensa por no hacer referencia a hechos concretos".




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