- Los acusados han perdido el aforamientos tras dejar de ser diputados
- El TSJA decide que no es el momento de sobreseer la causa
- Reitera que el caso se divida en varias piezas para continuar la investigación
Los acusados ya no
son aforados
El TSJA devuelve a
la juez Alaya la investigación de los ERE
- Los acusados han perdido el aforamientos tras dejar de ser diputados
- El TSJA decide que no es el momento de sobreseer la causa
- Reitera que el caso se divida en varias piezas para continuar la investigación
El Tribunal
Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha acordado este lunes remitir a la
juez Mercedes Alaya la causa de los ERE por la pérdida de aforamiento de cuatro
exconsejeros tras la formación del nuevo Parlamento andaluz (en el que los
acusados ya no son diputados) y le ha reiterado su petición de que la divida en
causas separadas.
En un auto hecho
público esta mañana, la Sala Civil y Penal del TSJA afirma que no procede
acordar el sobreseimiento y el archivo de la causa respecto de los tres
aforados que lo habían solicitado, en referencia a Francisco Vallejo, Carmen
Martínez Aguayo y Antonio Ávila, ya que Manuel Recio no lo pidió.
De esta forma,
Alaya podrá citar a los cuatro exconsejeros a declarar al juzgado de
instrucción 6 de Sevilla, aunque tres de ellos -Ávila, Vallejo y Aguayo- ya lo
hicieron en el TSJA.
Además, el TSJA
señala que "parece sumamente razonable y conveniente dividir la causa en
diferentes piezas separadas, permitiendo el tratamiento (y en su caso
enjuiciamiento) separado de los aspectos que presenten suficiente autonomía, como
son cada uno de los expedientes de concesión de las ayudas".
El tribunal indica
que también podría haber piezas separadas respecto a "la conformación y
mantenimiento del procedimiento específico y la atribución de sobrecomisiones a
determinadas aseguradoras, sindicatos y despachos de abogados
intervinientes".
El TSJA pidió en
una ocasión la división de la causa en piezas separadas, y recuerda que también
lo ha solicitado la Fiscalía Superior, la Sala Segunda del Tribunal Supremo y
la Fiscalía Anticorrupción en "numerosos informes".
Además, el
instructor de la causa en el TSJA, Miguel Pasquau, afirma que no ha podido
"alcanzar una convicción suficiente como para dictar un Auto de
transformación de las diligencias previas en procedimiento abreviado, con la
consiguiente inculpación de los encausados".
"Tampoco ha
podido alcanzar dicho grado de convicción para acordar su sobreseimiento, por
lo que no queda más opción de remitir la causa al órgano competente para la
prosecución de las diligencias", indica el instructor tras descartar un
"pronunciamiento precipitado".
El juez precisa que
no tiene suficiente grado de convicción para pronunciarse sobre "aspectos
controvertidos" de los que le acusa Alaya, como la concesión de ayudas
sociolaborales, subvenciones de empresa y pagos de sobrecomisiones del programa
31L (conocido como "fondo de reptiles") "con grave detrimento de
caudales públicos".
Pasquau agrega que
desde el 2 de marzo, cuando abrió un auto sobre los cuatro aforados, se han
hecho "diligencias que han supuesto la aportación e incorporación de
nuevos elementos a la causa".
Círculo vicioso
En su resumen de
las acusaciones contra los aforados, el juez señala que se habría creado un
"círculo vicioso" consistente en que la Intervención no controlara los
gastos debidamente y que, al no emitir informes de actuación, las autoridades
podrían invocar ignorancia, que sería "un deliberado cerrar los ojos para
no tener constancia oficial".
El juez apunta que
los imputados, en su defensa, explicaron que "no ha habido unas decisión
política adoptada en las altas esferas de la Administración andaluza
consistente en habilitar un espacio de arbitrariedad para la concesión de las
subvenciones y ayudas sociolaborales".
Los aforados
dijeron, según el juez, que hubo un "uso abusivo y desviado de la potestad
subvencionadora" por parte de la Consejería de Empleo que ellos
desconocían.
El instructor
indica que Vallejo explicó con "vehemencia" que se creó una
"ágil política de ayudas sociolaborales y subvenciones a las empresas en
crisis, y el modo de financiación escogido habría creado objetivamente el
riesgo de una utilización abusiva".
Sin embargo,
añadieron los imputados, ese sistema no se diseñó para una finalidad ilícita,
por lo que no debería comportar responsabilidad penal hacia ellos, resume el
juez antes de indicar que los aforados creen que su imputación se basa en
consideraciones "difusas e hipotéticas, de las que no resulta posible la
defensa por no hacer referencia a hechos concretos".
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