martes, 3 de febrero de 2015

Seguimos sumando: La Fiscalía investiga a la Junta por enchufismo en una Agencia = todos sabemos que hay ¿unas 16?;¿sus gastos 5.000 millones de euros? + Nueva encomienda AGAPA : Inadmisible. Boletín número 22 de 03/02/2015: motivación jurídica: Art. Art. 105.1 LAJA = "razones de eficacia o cuando no se posean los medios técnicos idóneos para el desempeño»; Seguimos recaudando, para parar esto; son 20 euros; tu decides.



  • AGAPA duplico su plantilla en 10 años vulnerando los principios de igualdad, mérito y capacidad.
  • Directivos con sueldos mayores que el Presidente.




  •  Y mas.....BOJA  número 22 de 03/02/2015 

    http://www.juntadeandalucia.es/boja/2015/22/BOJA15-022-00003-1538-01_00062875.pdf

    Resolución de 15 de enero de 2015, de la Secretaría General Técnica, por la que se anuncia la formalización de la encomienda de gestión a la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, para la ejecución de actuaciones relativas a la administración de bienes y derechos de las extintas Cámaras Agrarias de Andalucía y la realización de actuaciones materiales y técnicas en el ámbito del procedimiento de liquidación de su patrimonio.



    ¿Travestísmo jurídico y Juntero, a base de disposiciones jurídicas "ad hoc" y Bojas?





    ¿Otra encomienda de gestión a la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía (AGAPA), ahora agencia de régimen especial,  y antes  Empresa Pública de Desarrollo Agrario y Pesquero, S.A.»? ¿Ahora estan más cubiertos? recuerda,  sólo aparentemente, estamos nuevamente en sede judicial....?

    Ver enlace: 

    Hemos iniciado una nueva recaudación, para la segunda Fase de la implantación de la reordenación; son 20 euros...



    Porque el diseño juntero contenido  en  la Ley de Reordenación del Sector Público  es inadmisible;  lo que es se ve, en esta Resolución, su texto, sin desperdicio. Lo dijimos en Agosto de 2010, hace ya mas de 4 años y van dictando disposiciones una tras otra cuyo Resultado es que termina haciendo lo que corresponde a la Consejería de Agricultura y Pesca.........por razones de eficacia o cuando no se posean los medios técnicos idóneos para su desempeño»;

    Esto lo recoge el tenor literal de la Resolución dictada: 

     "Visto el artículo 105.1 de la Ley 9/2007, 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía que establece que «La realización de actividades de carácter material, técnico o de servicios de la competencia de los órganos administrativos o de las entidades de Derecho Público podrá ser encomendada a otros órganos o entidades de la misma o de distinta Administración, por razones de eficacia o cuando no se posean los medios técnicos idóneos para su desempeño»; artículo modificado por la Disposición final 5.2 de la Ley núm. 18/2011, de 23 de diciembre de presupuesto, cuando estaba perfilando el sistema implantado por la Ley de Reordenación  que contiene un sin fin de  modificaciones de la Ley 9/2007, 22, de octubre,  para implantar en Andalucía un nuevo modelo de Administración "Laboral privada" de la Junta, que sustituye a la Administración constitucional y legítima.

    La Andalucía inadmisible:




    Dictan sus propias normas y  la cobertura jurídica para sus desmanes queda resuelta, ahora patalea y recurre...y así estamos; un proceso que dura ya más de 4 años y medio;  proceso que no han culminado, por las piedras que, los ciudadanos-empleados públicos y como "sociedad civil" le hemos hemos puesto en el camino;  y por eso, simplemente con paciencia y perseverancia, y mucho esfuerzo estamos ahora recaudando para, si es posible, acometer otro proceso judicial, depende de vosotros.



    Ver Documentos 1, 2 y 3 y enlaces.


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