domingo, 2 de noviembre de 2014

La Junta admite que en las agencias hay directivos que cobran más que Susana Díaz. Declara 'nulos de pleno derecho' los sueldos de directivos por encima del de Susana Díaz ....¿Pasan de cumplir las normas? ¿A quien saldrán......?

PRESUPUESTOS 2015 La presidenta cobrará el próximo año 63.808,20 euros 
  • Pedirá la devolución de 'cantidades indebidamente percibidas' por superar este máximo.


¿Las Agencias no cumplen las normas? ¿Van por libre?

La Junta admite que en las agencias hay directivos que cobran más que Susana Díaz


  • Declara 'nulos de pleno derecho' los sueldos de directivos por encima del de Susana Díaz

  • Pedirá la devolución de 'cantidades indebidamente percibidas' por superar este máximo

Los Presupuestos de la Junta de Andalucía para 2015 vuelven a declarar "nulos de pleno derecho" los acuerdos o contratos de directivos de empresas de su sector público que supongan un incremento en sus retribuciones o que establezcan un importe íntegro anual superior al que percibe la presidenta, Susana Díaz, fijado para el próximo ejercicio en 63.808,20 euros anuales, e incorporan como novedad la posibilidad de exigir la "devolución de las cantidades indebidamente percibidas" en caso de incumplimiento.

Así lo recoge el proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma para el próximo año en un artículo que regula el régimen económico del personal que ejerce funciones de alta dirección y del resto personal directivo de las entidades que integran el sector público andaluz, es decir agencias de régimen especial, agencias públicas empresariales, sociedades mercantiles, fundaciones y consorcios.

Dicho artículo establece en primer lugar que la "determinación y modificación de las condiciones retributivas" del personal directivo de las empresas públicas, "así como la de aquellos que mantengan una relación laboral asimilada a la de alta dirección basada en la recíproca confianza de las partes y que no se halle incluida en el ámbito del convenio colectivo", deberán ser "autorizadas por el titular de la Consejería a la que se encuentren adscritas" y requerirán el "informe previo favorable" de la Consejería de Hacienda y Administración Pública.

La Junta considera "funciones de alta dirección" de las entidades del sector público aquellos "puestos de trabajo determinados como tales en los estatutos o en las normas que cumplan una función análoga, en atención a la especial responsabilidad, competencia técnica y relevancia de las tareas asignadas".

En este sentido, el proyecto de Ley de Presupuestos establece que las retribuciones para directivos del sector público "no experimentarán incremento alguno" en 2015 y "serán las establecidas" en la Ley 3/2012 de septiembre, de Medidas Fiscales, Administrativas, Laborales y en materia de Hacienda Pública para el reequilibrio económico-financiero de la Junta, que determina que "en ningún caso las retribuciones salariales brutas anuales de ningún alto cargo de la Junta podrán superar las establecidas respecto del presidente de la Junta".

Indemnizaciones por extinción de contrato

Respecto a las indemnizaciones "que pudiesen corresponder" al personal directivo de empresas públicas por extinción del contrato, la nueva norma se remite a la normativa básica del Estado sobre la reforma laboral y recuerda que "en ningún caso" las cuantías de dichas indemnizaciones "podrán ser pactadas por las empresas y los órganos de dirección".

En la misma línea que ya reguló para el ejercicio en vigor, la Junta advierte de que "serán nulos de pleno derecho los acuerdos adoptados o los contratos suscritos en esta materia con omisión del informe previo favorable" de la Consejería de Hacienda y Administración Pública o que "determinen cuantías superiores a las fijadas" para el presidente de la Junta.

Como novedad, los Presupuestos para 2015 establecen que el "incumplimiento" de estas limitaciones en retribuciones y contratos "podrá dar lugar a la exigencia de responsabilidad prevista en el artículo 108 del Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, siendo objeto de devolución lascantidades indebidamente percibidas en los términos previstos en la legislación vigente".

Además incorpora una nueva disposición para dejar claro que "en ningún caso las retribuciones íntegras anuales por todos los conceptos dinerarios, incluida la productividad y cualquier otro incentivo o concepto, de los altos cargos y asimilados del sector público andaluz podrán superar las retribuciones establecidas" para la presidenta de la Junta excluyendo del cómputo "tanto la antigüedad como los complementos personales regulados en una norma con rango de ley".

Retribuciones de altos cargos

Otra novedad que la Junta recoge en los Presupuestos para 2015 es la exigencia a las entidades del sector público para que faciliten "información detallada sobre el conjunto de retribuciones de cualquier clase devengado en el curso del ejercicio por el personal que ejerce funciones ejecutivas de máximo nivel así como de su personal directivo".

La nueva regulación introducida por la Junta en los Presupuestos del próximo ejercicio sólo afecta "los contratos de investigador distinguido a los que se refiere el artículo 23 de la Ley 14/2011 de 1 de junio de la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación".

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