jueves, 3 de abril de 2014

La Audiencia Nacional ordena la readmisión de los 726 empleados de Tragsa afectados por el ERE...Conclusión: cuando se mezclan los ordenamientos jurídico-administrativo y laboral en las Administraciones Públicas, puede pasar cualquier cosa.....

La Sala de lo Social aprecia causa de nulidad por la forma en que se seleccionó a los trabajadores que iban a ser despedidos; versus.....La Sala recuerda que, en el caso de las administraciones publicas "es exigible una precisión mucho mas estricta que permita la determinación de los trabajadores afectados sin acudir a decisiones arbitrarios o discrecionales sin relación con los principios de mérito y capacidad".




En este supuesto "los criterios no han sido fijados en el periodo de consultas ni en su momento inicial ni en la decisión final, siendo totalmente imprecisos y permitiendo múltiples aplicaciones". La Sentencia es recurrible ante el Tribunal Supremo (Sala de lo Social).



http://www.abc.es/economia/20140401/abci-tragsa-audiencia-nacional-201404011305.html

La Audiencia Nacional ordena la readmisión de los 726 empleados de Tragsa afectados por el ERE

La Sala de lo Social aprecia causa de nulidad por la forma en que se seleccionó a los trabajadores que iban a ser despedidos

La Audiencia Nacional ha anulado el ERE de Tragsa, que afectó a 726 empleados, y ha ordenado la "inmediata readmisión" de los trabajadores despedidos, así como el abono de los salarios dejados de percibir.
La Sala de lo Social aprecia causa de nulidad por la forma en que se seleccionó a los trabajadores que iban a ser despedidos, sin respetar los criterios de mérito y capacidad de los empleados.
La Sala recuerda que, en el caso de las administraciones publicas "es exigible una precisión mucho mas estricta que permita la determinación de los trabajadores afectados sin acudir a decisiones arbitrarios o discrecionales sin relación con los principios de mérito y capacidad".
En este supuesto "los criterios no han sido fijados en el periodo de consultas ni en su momento inicial ni en la decisión final, siendo totalmente imprecisos y permitiendo múltiples aplicaciones".
De esta forma la Audiencia Nacional da la razón a los sindicatos que recurrieron el despido colectivo. La sentencia es recurrible ante el Tribunal Supremo.

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